El principio de reducción de daños se basa en varias razones:
Primero – Una razón económica que se ocupa de alentar a la víctima o al asegurado a tomar medidas que sean socialmente efectivas y que puedan reducir el daño social total. Cuando es posible reducir los daños en una tasa que excede los gastos necesarios para reducirlos, existe una justificación económica para incurrir en estos gastos. Por otro lado, evitar estos gastos es ineficaz desde el punto de vista económico (Daniel Friedman y Nili Cohen Contratos 726 (Vol. 4, 2011) (en adelante: Friedman y Cohen); Gabriela Shalev y Yehuda Adar Ley de Contratos – Medicación: Hacia la codificación del derecho civil 359-358 Y las referencias allí (2009) (En adelante: Shalev y Adar); Yaron Elías Derecho de Seguros 1002 (3ª ed., 2016), (Abajo: Elias)). En cuanto a los contratos de seguro, Burden La reducción del daño también proporciona una solución al problema del "riesgo moral" que caracteriza a los contratos de seguro: el propósito de un contrato de seguro es transferir el riesgo del asegurado al asegurado, debido al "odio al riesgo" del asegurado. Sin embargo, esta transferencia de riesgo puede significar que el propio asegurado no tendrá interés en reducir la responsabilidad por la realización del riesgo. La carga de reducir el daño proviene de mitigar este problema, ya que alienta al asegurado a tomar medidas para reducir el daño que habría sufrido si no se hubiera cumplido el contrato de seguro (Shahar Weller La Ley de Contrato de Seguro, 588"Un-1981 Volumen 2 235-236 (2005), (Abajo: Weller)).
Segundo – Una razón moral según la cual la carga de reducir el daño es una expresión concreta del principio de buena fe. Esto se debe a que una parte lesionada que podría haber reducido, con relativa facilidad, el daño por el que tiene derecho a una indemnización por el incumplimiento del contrato o el infractor o la aseguradora, y no lo hizo, está actuando de mala fe e injustamente. (Apelacion Civil 4431/17 Anónimo vs. Anónimo, apartado 3 de la sentencia del juez Y. Amit [Nevo] (3.10.2019); Apelacion Civil 7298/10 Hadar Insurance Company Ltd. v. Ahad Ha'am Food and Investments Ltd., apartado 45 de la sentencia del juez Y. Danziger [Nevo] (9 de julio de 2012) (en adelante: El asunto de Hadar); Weller, 236; Elias, 1003-1002; Shalev y Adar, 358).