Casos legales

Apelacion Civil (Tel Aviv) 3223-03-19 Yoar Elzo Investments Ltd. vs. Aura Israel – Development and Investments Ltd. - parte 24

July 14, 2025
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Interpretación del Acuerdo en cuestión – Generalidades

  1. En el párrafo 75 anterior, aclaré que en el caso que nos ocupa, el acuerdo incluía tres obligaciones impuestas al demandante: (1) llamar la atención de Aura sobre la oferta; (2) Acompañamiento y asesoría en la preparación de la oferta; (3) Coordinar todo el tema de la firma de los inquilinos que viven en el complejo del proyecto, acompañando el asesoramiento y la asistencia en todos los asuntos necesarios frente a los órganos y autoridades relacionados con la gestión, ejecución y promoción del proyecto. Estas tres obligaciones están incluidas en la cláusula 1 del acuerdo, y deben interpretarse a la luz del lenguaje del acuerdo, la lógica comercial y económica, el significado natural de las palabras, y todo lo detallado en la ley y la halajá.  Más adelante discutiré el alcance de los cargos, cuando determine mis hallazgos y conclusiones.

¿Y cuándo surgió el deber de los demandados (o de cualquiera de ellos) de realizar el pago acordado? Cuando se cumplen las condiciones mencionadas en la cláusula 1 del acuerdo (es decir, el demandante cumplió con sus tres obligaciones) y las condiciones adicionales mencionadas en el mismo.  Acepto la posición de los demandados de que el lenguaje claro de la cláusula a la cláusula 2 no muestra, como afirma el demandante, que la única condición para el pago de la contraprestación sea la aprobación del plan de zonificación que permite la construcción de 630 unidades de vivienda.  El lenguaje de la sección establece claramente que el pago se hará "en contraprestación" como se establece en la sección 1, y el final de la sección 2 tiene la intención de beneficiar a la demandante, de modo que no se vea privada de la contraprestación a la que tendrá derecho por su trabajo y molestia, dado que ha cumplido con sus obligaciones, solo sobre la base de que no se ha cumplido una de las muchas condiciones enumeradas en el preámbulo de la sección 2.  Y por una buena razón, ya que la redacción de los términos en el preámbulo de la cláusula 2 muestra que estos son términos que no están completamente bajo el control de las partes del acuerdo (y por lo tanto nos recuerdan los términos suspendidos / rescindidos en virtud de la sección 27 de la Ley de Contratos).

  1. Tres comentarios adicionales antes de pasar a la cuestión de si la demandante cumplió con sus obligaciones.  Primero, la demandante puso sus esperanzas en las dos primeras condiciones (conocer la oferta; asistencia en su preparación); Argumentó que no había duda de que se cumplían estas dos condiciones y trató de "empequeñecer" la tercera condición (ya sea reclamando el aviso de cese o alegando que las acciones que debería haber tomado fueron a petición de los demandados y por iniciativa de ellos).  No acepto este argumento.  Si se tratara realmente de un acuerdo de "corretaje", es decir, el pago por la creación misma de la relación y por ser un "factor eficaz" para ganar la licitación, no habría necesidad de la tercera condición.  Si tal acuerdo estaba realmente en duda, entonces desde el momento en que Aura ganó la licitación, Rami podría sentarse "con la pierna en el pie" y esperar el regreso.  Esta no es la redacción del acuerdo; La conducta de la demandante después de la terminación indica que comenzó a realizar ciertas acciones y, por lo tanto, solo cuando se cumplen las tres obligaciones, en su totalidad, la demandante tiene derecho a la consideracion completa (y como se evidencia, la demandante no solicitó "salarios adecuados" sino la plena ejecución del acuerdo, incluida la etapa B).
  2. Segunda nota: la demandante trató de interpretar sus obligaciones de manera estricta incluso a la luz del borrador del acuerdo que se adjuntó como Apéndice 4 a la declaración jurada de Rami.  Soy de la opinión de que no es posible atribuir una gran importancia interpretativa al borrador, por varias razones: primero, el Apéndice 4 es ilegible y parece haber sido copiado incorrectamente; En segundo lugar, no hay pruebas de que este documento se enviara a Atrakchi como se afirma, a pesar de que supuestamente se adjuntó un correo electrónico; En tercer lugar, el remitente del documento es Yoav y no Rami, quien se sentó en la sala del tribunal durante las audiencias probatorias pero optó por no presentar una declaración jurada, ni siquiera en apoyo de la afirmación de que se envió el borrador; En cuarto lugar, Atrakchi negó haber recibido este documento y a menudo lo llamó "trapo", véase su testimonio en la pág.  982, párrafos 30 y 34; pág.  984, párrafos 20 y 23.  Por lo tanto, coILSdero que no es posible basar las conclusiones en el proyecto de acuerdo en relación con el acuerdo celebrado y el alcance de los gravámenes en virtud del mismo.

Kahane, quien fue socia del Sr.  Peretz en la conducción de las negociaciones y la redacción del acuerdo, a pesar de que inicialmente estaba en la lista de testigos.  En mi opinión, esta evitación actúa de acuerdo con el deber del demandante (Apelación Civil 55/89 Koppel (Self-Driving) Ltd.  v.  Telcar Company Ltd., Corte Suprema Israel 44 (4) 595, 603 (1990)).  Este hecho tiene implicaciones principales en relación con el intento del demandante de señalar las intenciones subjetivas de las partes en el momento de la celebración del acuerdo, y su intento de demostrar, como ya he comentado anteriormente, que los borradores intercambiados entre las partes durante las negociaciones indican una reducción de las deudas del demandante en el acuerdo que se celebró hasta el punto de la pasividad y la asistencia solo cuando se requirió expresamente que lo hiciera desde Aura.

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