Casos legales

Apelacion Civil (Tel Aviv) 9677-08-20 Oded Weiss v. Harman International Industries, Incorporada - parte 29

September 11, 2025
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El argumento de Herman tiene fundamento en este contexto, y admitiré y no me avergonzaré de que en el curso de los testimonios, y en particular en los resúmenes del demandante, la conexión (como se indica explícitamente en el acuerdo) entre la arquitectura 5+1 y la solución del comprador se cortó cada vez más en mi conciencia, hasta el punto de que, gracias a los esfuerzos del demandante y al talento retórico de sus testigos y abogados, la solución del comprador se mantuvo gradualmente en mi conciencia como un producto separado, que no tenía nada que ver con la arquitectura 5+1, lo cual es contrario al acuerdo como se indicó anteriormente.

  1. Por lo tanto, en resumen, bajo el enfoque del demandante, soy de la opinión de que deberíamos tomar el camino de una lectura "simple" y directa del lenguaje del acuerdo. De hecho, es posible que el lenguaje del acuerdo en este caso cree dificultades.  Sin embargo, soy de la opinión de que la dificultad en este caso no se encuentra en el lenguaje del acuerdo per se, que no es vago en absoluto, sino más bien en la posibilidad de que la aplicación de este lenguaje cree contradicciones, repeticiones innecesarias, haga ostensiblemente que partes del acuerdo sean inaplicables e incluso pueda violar la intención de las partes tal como se estudia actualmente en los tribunales y en retrospectiva (y como se dijo, no me pronuncio sobre estos asuntos).  Sin embargo, como se ha señalado, incluso en tal caso, el enfoque de la jurisprudencia actual –con el que estoy respetuosamente de acuerdo– es que, salvo en casos extremos que no puedan resolverse de otro modo, prevalece el lenguaje del acuerdo.

De hecho, hoy en día, en los casos de un contrato comercial cerrado con una estipulación completa (como en nuestro caso), en la medida en que esto sea posible y no conduzca a un callejón sin salida o a una contradicción frontal que no pueda resolverse, el tribunal debe aplicar el lenguaje del acuerdo tal cual, sin considerar los argumentos de las partes y sin considerar si esta era la intención de las partes, si conduce a un resultado "lógico" según las partes, etc.  En otras palabras, las partes deben asumir el riesgo de errores en la redacción y el tribunal no reescribirá el contrato para las partes y no hará un esfuerzo interpretativo para que cada letra del acuerdo corresponda a la otra o a lo previsto en retrospectiva como la intención de las partes.

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