Casos legales

xp. (Tel Aviv) 21839-11-22 Anónima c/ Anónimo y otros - parte 6

November 25, 2025
Impresión

En ADN 1516/95 se sostuvo lo siguiente: "También es importante señalar que la dependencia absoluta del testador respecto al aspecto físico no es prueba suficiente de su dependencia hacia otros.  Es posible que su independencia intelectual-cognitiva oculte su dependencia física y conduzca a la conclusión de que la dependencia física no restó en absoluto su independencia (véase, por ejemplo, las palabras del juez Beinisch en CA 2500/93 Steiner contra The Mutual Aid Factory of the Organization of Central European Immigrants et al.").

ADN 1516/95 Marom contra el Fiscal General, IsrSC 52 (2) 813.

Por las pruebas y los testimonios que he escuchado, estoy convencido de que, en el momento de redactar el testamento, el fallecido era intelectual y cognitivamente independiente, de modo que su independencia intelectual-cognitiva ocultaba la dependencia física del fallecido.

Esto queda claro no solo por la opinión y el testimonio del Dr. Feldinger, ni solo por la del experto, sino también por el testimonio  de la trabajadora social Mary Linder, quien visitó al fallecido en el hospital el 14 de febrero de 2022 y describió su estado: "... Parece que es normal.  Quiero decir, estoy cansado.  Pero como siempre.  Quizá, quizá un poco, como una persona en el hospital, un poco cansada, pero normal.  no confundidos" (p. 141, líneas 27-28 del acta de la audiencia del 23 de marzo de 2025).

  1. Dependencia y ayuda:

Esta prueba se centra en la cuestión de si la relación existente entre el testador y el beneficiario se basaba en la prestación de la asistencia que el testador necesitaba.  Cuanto menos independiente es la mitzvá, más necesario es examinar el grado de su dependencia respecto al beneficiario y el alcance de la ayuda que este le presta, así como la cuestión de si el beneficiario es el único que le asiste o si también ha sido asistido por otros.

No cabe duda de que el demandante ayudó al fallecido en asuntos médicos, personales y de propiedad.  Pero este hecho no es suficiente; La norma es que incluso la mera existencia de cualquier dependencia entre el beneficiario y el testador no determina la existencia de una influencia injusta, e incluso la dependencia absoluta del testador respecto al beneficiario es una circunstancia importante, pero no la única razón para la existencia de una influencia desleal (CA 3828/98 Michakashvili contra Makhakashvili, IsrSC 55 (2) 337).

Parte previa1...56
7...10Próxima parte