| Tribunal de Magistrados de Kfar Saba |
| Caso Civil 43860-02-24 Caspi contra Salma
Carcasa exterior: |
| Antes | El Honorable Juez Itay Regev
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Demandante |
Matti Caspi por el abogado Amit Horowitz |
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Contra
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| Demandado | Avraham Salama por los abogados Ronen Reddy y Zvi Hershkovitz | |
Sentencia
- Antes de una reclamación monetaria por un importe de 300.000 ILS.
En la declaración de demanda, se argumentó, en resumen, lo siguiente:
- El demandante es un creador, cantante, compositor, arreglista y productor musical muy conocido que posee los derechos de autor y la moralidad de sus obras. El acusado es candidato a alcalde de Netanya. Se alegó que el demandado utilizó una obra musical familiar del demandante ("buena razón") como parte de una campaña electoral, sin obtener permiso ni dar crédito, e incluso modificó la melodía y la letra.
- Según la demanda, la obra fue regrabada con cambios en la letra y la melodía, e incluso el acusado la interpretó él mismo durante la grabación de un vídeo de campaña. El vídeo se difundió ampliamente públicamente en redes sociales, se vio cientos de miles de veces y recibió mucha exposición. Esto creó la impresión de que el demandante apoyaba políticamente al demandado, dañó su reputación y creó una identificación forzada con mensajes políticos.
- El demandante alega que esto supone una infracción de sus derechos de autor propietarios y morales; que el uso se realiza con fines políticos y comerciales sin el consentimiento del creador; que la infracción también incluye la distorsión y alteración de la obra, lo que constituye una violación del derecho moral. El demandante se refirió a sentencias anteriores en las que se determinó que el uso de canciones en campañas políticas sin permiso constituye infracción de derechos de autor, y solicita que el demandado le compense con daños legales sin prueba de daños por la suma de hasta 100.000 ILS por cada infracción, además de delitos comerciales, enriquecimiento improcedente y daños a la reputación, de modo que en total la reclamación asciende a 300.000 ILS junto con los gastos legales y los honorarios de abogado.
En la declaración de defensa se argumentó lo siguiente:
- No existe una rivalidad real entre las partes, porque el demandante no demostró que fuera el titular de los derechos de autor sobre la obra, y aunque existieran derechos, el demandado no actuó conscientemente para infringirlos.
- El acusado, candidato a alcalde de Netanya, pidió usar una recreación de una canción familiar durante la campaña electoral. El 5 de septiembre de 2023, se realizó una solicitud ordenada al representante de ACUM. En la carta se aclaraba que se trataba del uso de una nueva versión de la canción, con el fin de una campaña limitada en el tiempo. En respuesta, la oficina de ACUM dijo que "ya estaba en tratamiento" y que el acusado creía que se había dado consentimiento o que el asunto se había resuelto.
- A la luz de lo anterior, el demandado alega que actuó de buena fe y plena fe en que el uso está permitido; Porque no tenía intención de infringir los derechos de autor ni de obtener un beneficio comercial. Según su posición, habría aceptado la oferta de organizar el pago de regalías si hubiera sido necesario.
- El acusado añadió que el uso de la canción en realidad terminó a finales de septiembre de 2023, y que la campaña se detuvo completamente tras el inicio de la guerra en octubre de 2023. Al recibir la carta de advertencia (18 de diciembre de 2023), el vídeo fue retirado inmediatamente de todos los medios.
- Por lo tanto, el demandado busca aplicarle la defensa de "infracción inocente" bajo el artículo 58 de la Ley de Derechos de Autor, ya que creía de buena fe que el uso estaba permitido. Alternativamente, incluso si se determina que ha habido una infracción, solo se debe conceder una compensación mínima, ya que es un uso limitado del tiempo, sin intención comercial ni daño intencionado. El demandado niega los daños alegados por el demandante (daño a la reputación, ganancias económicas, identificación política forzada, etc.).
- El intento de negociar entre las partes fue infructuoso (según consta en el acta de la vista del 13 de octubre de 2024), pero las partes lograron llegar a un acuerdo procesal adecuado y apropiado en las circunstancias de la disputa, según el cual la sentencia se dictaría en base al material del expediente y después de que presentaran sus resúmenes.
El asentamiento otomano [versión antigua] 1916