Casos legales

Apelación Civil 4628/93 Estado de Israel contra Apropim Housing and Development (1991) Ltd. ISRSC 49(2) 265 - parte 19

April 6, 1995
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De hecho, la etapa inicial del proceso interpretativo es el lenguaje del contrato, pero cuando la interpretación literal estrecha conduce a un resultado inconsistente con el contexto general, es necesario avanzar y examinar otras posibilidades interpretativas.  En esta etapa, es necesario referirse al contrato en su conjunto, así como al propósito y propósito que lo subyace.

En este sentido, las palabras del presidente Shamgar son apropiadas en Other Municipal Applications 327/85 Kugler contra Israel Lands Administration [12], en la p . 102:

"La directriz interpretativa formulada en la jurisprudencia de este tribunal es, por tanto, que cuando se encuentra dificultad para comprender o ejecutar una disposición de un contrato, primero se debe examinar todo el contrato para conocer el propósito y la finalidad que hay detrás de él, y luego volver a la disposición endurecida y darle el significado que será coherente con los puntos principales del contrato previamente identificados."

  1. En mi opinión, tanto la interpretación de la cláusula en cuestión como parte del contexto en el que aparece como su interpretación como parte del contrato en su totalidad, y a la luz del propósito del contrato, su espíritu y el contexto de su conclusión, requieren que se interprete como una sanción por retraso en la finalización de la construcción respecto a proyectos del segundo tipo. Permítanme aclarar: el sistema de "sanciones" establecido en las cláusulas 6(g) y 6(h) del contrato del programa debe considerarse como un todo, y la cláusula 6(h)(3) debe interpretarse como parte de él. Este sistema se divide en "sanciones" por retrasos en la finalización de la construcción y "sanciones" por retrasos en la presentación de la solicitud para el cumplimiento del compromiso.

Los artículos 6(h)(1) y 6(h)(2) tratan sobre el retraso en la presentación de la solicitud de realización y hablan en general sobre los dos tipos de proyectos.  Uno limita el pago de intereses solo hasta el final del periodo de ejecución (incluso cuando se presentó la solicitud de realización posteriormente), el otro estipula una reducción del 2% mensual sobre el precio del apartamento, cuando la solicitud se presenta más de un año y medio después del final del periodo de ejecución.

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