Casos legales

Apelación Civil 4628/93 Estado de Israel contra Apropim Housing and Development (1991) Ltd. ISRSC 49(2) 265 - parte 28

April 6, 1995
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"No existen palabras 'claras' como tal.  De hecho, no hay nada menos claro que la afirmación de que las palabras son 'claras', observó acertadamente el juez Traynor: Las palabras sencillas, como las personas sencillas, no siempre son tan claras como parecen que el significado de una ley no es claro, siempre que no sea coherente con un propósito legislativo claro

 

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La sensación de claridad que surge cuando la ley comienza a leerse es solo preliminar y momentánea.  Desaparece gradualmente cuando queda claro que este significado 'claro' no cumple el propósito de la legislación" (Tribunal Superior de Justicia 47/83 Tor Air (Israel) en Tax Appeal v. Chairman of the Antimonopoly Supervisory Council et al. [20], p. 176).

Estas palabras estaban destinadas a la interpretación de la legislación.  Sin embargo, no se limitan únicamente a la interpretación de la ley.  Mi colega, el juez D. Levin, señaló acertadamente que:

"Básicamente, no importa si es una interpretación de la legislación, de un contrato o de cualquier otro documento, incluida una póliza de seguro.  Las reglas básicas en las leyes de interpretación, que se formularon y formaron parte de la jurisprudencia aceptada por nosotros, se expresaron, entre otras cosas, en la sentencia integral del juez Barak en el Tribunal Superior de Justicia ... 47/83" (Apelación Civil 631/83 [15], p . 570).

De hecho, el contrato es la ley entre las partes (cf. sección 1134 del Código Napoleónico), y las concepciones interpretativas básicas, que se basan en la idea de que el lenguaje del texto debe interpretarse según su propósito y que el propósito del texto se aprende de cualquier fuente fiable y se formula según la discreción del intérprete respecto al peso relativo de los propósitos que surgen de las diversas fuentes, estos conceptos se aplican a la interpretación de todos los textos jurídicos en su conjunto.

La línea límite entre las dos fases está difusa

  1. Además, la transición de la primera a la segunda etapa no está nada clara. La línea límite en sí está difusa. El juez Cheshin señaló acertadamente que:

"...La línea límite entre el 'contrato' y las 'circunstancias' de la redacción del 'contrato' puede ser la más delgada, y los dominios se separan entre sí.  En la interpretación de un contrato, no nos ocupamos únicamente con la investigación lingüística, y sabemos que la interpretación se dirige a las intenciones de las partes.  Sin embargo, la opinión de las partes no es un concepto abstracto ni teórico, y es, entre otras cosas, el producto de las circunstancias en las que se celebró el contrato.

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