"...La disposición del artículo 39 de la Ley de Contratos (Parte General) es una disposición 'real' multifacética. A veces impone deberes que no se mencionan explícitamente en el contrato entre las partes..." (Sentencia 2Tribunal Superior de Justicia 1683/93 Yavin Plast en Tax Appeal et al. contra el Tribunal Nacional del Trabajo en Jerusalén et al. [32], en p. 708).
En este marco, y como uno de sus aspectos, el principio de buena fe se percibe como un complemento ausente al contrato. Además de estos tres aspectos (interpretativos), el principio de buena fe tiene efectos adicionales en la vida del contrato (véase discrecionalidad jurisdiccional bajo el nuevo código civil, a. S. Hartkamp 554, 551(1992). Sí. J. Comp. L 40" de los Países Bajos). Así, por ejemplo, tiene la facultad de provocar un cambio en el
lenguaje explícito del contrato, "mientras modifica la propia obligación contractual" (caso Ata [1], en la p. 300) o de limitar el uso de un derecho contractual. Es apropiado distinguir cuidadosamente entre estas diversas consecuencias, algunas de naturaleza decisiva y otras de naturaleza coherente según el principio de buena fe. Un buen ejemplo de una distinción adecuada entre los distintos aspectos del principio de buena fe es la evaluación sobre la que mi colega, el juez Matza (Civil Appeal 479/89 [8], supra). Mi colega señaló en el mismo caso que un contrato puede evaluarse, en virtud del principio de buena fe, mediante la interpretación (en el sentido estricto). Así es como se hizo esto en Parashat Ata [1]. Las reglas de evaluación pueden moldearse según el principio de buena fe como principio de interpretación complementaria (rellenando los vacíos – interpretación en sentido amplio). Así se hizo en otras solicitudes municipales 479/89 [8] supra. Una tasación puede producirse en virtud del principio de buena fe como principio "externo" al contrato, careciendo de naturaleza interpretativa, pero expresando su poder convincente para modificar el contenido del contrato.
- En segundo lugar, el principio de buena fe, según el cual el tribunal cubre una deficiencia en el contrato, cumple el papel que en las estipulaciones implícitas pasadas desempeñaban durante la vigencia del contrato. Este asunto surgió en uno de los casos, donde el juez H. Cohen señaló:
"...Desde la entrada en vigor de la Ley de Ventas, 5728-1968, y de la Ley de Contratos (Parte General), 5733-1973, me temo que ya no llamamos cláusulas implícitas a contratos – o al menos ya no las llamamos cláusulas implícitas" (Civil Appeal 627/78 Weizmann contra Abramson et al. [67], en p. 298).