Casos legales

Audiencia Civil Adicional 2045/05 Asociación de Horticultores Asociación Cooperativa de Agricultura en el caso contra el Estado de Israel - parte 9

May 11, 2006
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Véase también y compare: D. Friedman, "Interpretación de contratos," en D. Friedman y N. Cohen, Contracts (Vol . 3, 2003), 245 (Friedman, Contracts); M. Mautner, "Intervención judicial en el contenido del contrato y la cuestión del desarrollo continuo de la ley contractual israelí," Iyunei Mishpat 29(1) (septiembre de 2005), 17, 51-55 (Mautner).

  1. Este fue el caso, en nuestra opinión, en el caso que tenemos ante nosotros (Apelación Civil 2553/01 Organización de Productores de Hortívoras – Asociación Agrícola Cooperativa en Apelación Fiscal contra el Estado de Israel, 59(5), 481), en el que la mayoría de los miembros del panel intentaron implementar el espíritu de la regla Apropim  – una norma que no fue controvertida – pero su aplicación llegó al punto de llevar a una intervención severa en el contrato celebrado por parte de las partes y sus intenciones, como se desprendía del lenguaje del contrato y de las pruebas externas presentadas ante el tribunal (comparar:  Mautner, ibid., 53, 77).  Así ocurrió, y el lenguaje del contrato, el lenguaje que apoyaba la reclamación de los demandantes, se volvió poco claro; Las declaraciones juradas firmes y claras presentadas en nombre de los productores en apoyo de su postura fueron canceladas de forma casual; Y un propósito objetivo se convirtió en la principal herramienta interpretativa —la única, de hecho— que inclinaba la balanza.
  2. Así, cuando se me presentó ante mí la solicitud del demandante para una audiencia adicional en la sentencia en la apelación, cambié bastante de opinión. Todos sabíamos que la audiencia adicional estaba destinada a una nueva resolución legal, y me pregunté cuál era el sentido de desviarme de nuestra práctica esta vez y arrojar luz sobre la existencia de otra audiencia en un lugar donde es dudoso que se haya dictado una nueva sentencia. Pero luego miré las escrituras; He prestado atención a la aplicación de la regla Apropim por parte de los tribunales, especialmente en su formulación original – una formulación amplia; y surge ante mis ojos la imagen de que poco a poco ha surgido un nuevo y radical patrón de interpretación en el derecho contractual.  Es cierto que desde  la sentencia Apropim es posible que no se haya emitido ninguna nueva sentencia, pero el significado de  la sentencia Apropim es que  el funcionario fue más allá, y cada caso en el que se aplicó la sentencia añadió una nueva capa a la sentencia original que amplió el poder y las facultades del tribunal en el momento de la interpretación de un contrato.  De este modo, las canchas se apilaron unas sobre otras mientras erigían un muro alto que se eleva más allá de la doctrina originalmente creada  por la Regla Apropim.  En estas circunstancias, me he dicho a mí mismo, es apropiado que nos detengamos y consideremos seriamente la continuación de nuestro curso cuando se trata de la interpretación de un contrato ante nosotros.  Esto fue lo que dije en mi corazón, y ordené que se tuviera otra discusión:

Formas de interpretar un contrato – el lenguaje de un contrato escrito; las circunstancias de la conclusión de un contrato y la evidencia oral sobre dichas circunstancias; propósito subjetivo y propósito objetivo; Todo esto y todo lo que hay entre medias, en general y en relación con la interpretación del contrato en cuestión.

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