Casos legales

Caso civil (Be’er Sheva) 7137-09-18 Netanel Attias contra Alon Goren - parte 22

November 16, 2025
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Al finalizar el examen de lo anterior, surgirán y surgirán la esencia y el fondo de la demanda, lo que requerirá el supuesto daño de los demandantes, tanto en el contexto de los remedios solicitados como en el contexto de las conclusiones extraídas en relación con las circunstancias específicas que son únicas de cada caso del demandante.

Antes de que las cartas convergan en la extensión de nuestro viaje para responder a estas preguntas, es necesario que primero revisemos el aspecto normativo que rige nuestra materia, ya que sus puntos principales flotarán por encima del análisis casuista que lo acompaña, de acuerdo con los capítulos mencionados anteriormente.  Debe enfatizarse.  Este aspecto legal normativo constituye el principio, si no el final, del análisis de las cuestiones legales necesarias para nuestro caso, y el Mishkan está en la parte superior de la redacción según el caso.

Antes de entrar en la sala, retiraremos la reclamación de los demandados respecto al plazo de prescripción.

Discusión y decisión

Plazo de prescripción

Los demandados argumentaron que la demanda debía ser desestimada debido a su plazo de prescripción.  Según la demanda, los contratos se celebraron con los demandantes durante el mes de agosto de 2011, mientras que la reclamación se presentó el 5 de septiembre de 2018, más de siete años después de la firma de los contratos.

Este argumento merece ser rechazado.

El artículo 10(c) de la Ley de Interpretación, 5741-1981, establece: "En el conteo de días de un periodo, también se incluirán días de descanso, receso o sabático según la legislación, salvo si son los últimos días del periodo." La jurisprudencia sostuvo que cuando expira el plazo de prescripción para presentar una reclamación durante el receso de los tribunales, en virtud del artículo 10(c) de la Ley de Interpretación, el plazo de prescripción se pospone hasta el primer día laborable después del receso (Apelación Civil 3141/99 Migdal Insurance Company en Tax Appeal v.  Pondminsky, IsrSC 55(5) 817 (2001)).  En nuestro caso, los contratos firmados por los demandantes se concluyeron entre el 28 y el 10 de agosto de 2011.  Por tanto, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10(c) de la Ley de Interpretación, el plazo de prescripción se pospone hasta el 6 de septiembre de 2018, el primer día de la semana siguiente al receso.  Dado que la reclamación se presentó el 5 de septiembre de 2018, en cualquier caso, no hubo prescripción para su presentación (en el párrafo 16 de los resúmenes de los demandados 1 y 4 ya no discutían su reclamación en este asunto, sino que solo argumentaban un retraso que, por regla general, no constituye motivo para la expropiación del derecho a demandar y, en cualquier caso, no se han probado las condiciones para la aplicación de la excepción según la jurisprudencia).

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