En segundo lugar, según los demandantes, en el momento en que se firmaron los contratos, se les informó de que el vendedor exigía que los contratos registraran sumas significativamente menores que las que realmente debían pagar. El demandante nº 4, que trasladó la sede de la audiencia de Ariel Cohen, declaró en este contexto: "Reconozco que la exigencia de no registrar la cantidad total en el contrato me molestó mucho en ese momento, por decir lo menos... Sin embargo, fue solo en el momento de la reunión cuando me dejaron claro que la cantidad que se registraría en el contrato era solo de 20.000 ILS. Me sorprendió la demanda, ya que suponía una reducción significativa respecto al importe real de la compra, pero entendí que no era posible obtenerla porque era una condición de principio que el vendedor pretendía, y simplemente no teníamos otra opción que aceptarlo" (párrafo 10 de su declaración jurada). Cohen argumentó además que la transferencia del lugar de la audiencia era "una condición necesaria impuesta por el vendedor y sus agentes, pero dado que queríamos ejecutar la transacción porque creíamos en su viabilidad económica a la luz de la expectativa de un deshielo, no teníamos otra opción si queríamos llevar a cabo la operación" (ibid., párrafo 11).
El demandante nº 5, Avishai Junger, también afirmó en su declaración jurada: "Reconozco que la exigencia de no registrar el importe total en el contrato me resultó muy angustiante (en la subestimación). Cabe señalar que la demanda previa de una transacción en efectivo me pareció extraña. Sin embargo, fue solo en el momento de la reunión cuando me dejaron claro que la cantidad que debía constar en el contrato era solo de 30.000 ILS. Me sorprendió un poco, porque es una reducción muy significativa respecto al importe real de la compra y no estoy acostumbrado a este tipo de métodos de trabajo, pero no quería estropear el trato unos minutos antes de la ceremonia de firma" (párrafo 10 de su declaración jurada). Junger añadió también que los demandantes no querían informar a las autoridades fiscales de una transacción que no estuviera de acuerdo con la cantidad real pagada, "pero realmente queríamos la transacción porque creíamos que habría un acuerdo..." (ibid., sección 11; Véase también el párrafo 8 de la declaración jurada del Sr. Benya Sidon; Párrafo 3 de la declaración jurada de la Sra. Carmit Shimoni Cohen; Párrafo 9 de la declaración jurada del Sr. Elia Shimoni Cohen).