Casos legales

Caso civil (Jerusalén) 46640-02-22 Yarden Medici vs. Barzili Dafna Gilad & Boaz – Firma de contabilidad - parte 28

December 24, 2025
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También se desprende de los testimonios que durante la obra se pidió al contratista que hiciera cambios en los planos del edificio (véase el testimonio del Sr. David en la página 77 de la transcripción de la audiencia del 10 de septiembre de 2025, líneas 33 a 78, línea 13, así como el testimonio del Sr. Rachmin en las páginas 64, líneas 28-32 y en las páginas 60, líneas 34-35).  También se reveló, como se indicó, que en algún momento se emitió una orden para detener ciertos trabajos, lo que obligó al contratista a continuar con otros trabajos (véanse los párrafos 77-78 arriba).  Es difícil evaluar las implicaciones de estos asuntos en el calendario para la finalización de las obras, y esta dificultad sigue siendo una prioridad para los demandados, pero es razonable suponer que al menos los cambios en los planes tuvieron algunas consecuencias, y pueden explicar cierto retraso en la finalización.

  1. En cualquier caso, de las fechas mencionadas , se deduce que el principal retraso en la finalización del proyecto no se debió al retraso en la finalización de las obras, sino al retraso en la obtención de la aprobación de ocupación durante casi dos años. No hubo disputa entre las partes sobre si este retraso se debía a la exigencia del municipio de llevar a cabo trabajos de desarrollo ambiental en la zona de servicios públicos cercana, de acuerdo con el plan preliminar por el cual se estableció el proyecto (véase el testimonio del Sr. Rachmin en la página 62 de la transcripción de la audiencia del 10 de septiembre de 2025, línea 20, y el testimonio del Sr. David en las páginas 78-79 de esta transcripción).  La disputa recae en quién se encuentra la falta de realización de estos trabajos con antelación.
  2. Los demandantes alegan que, según el tercer acuerdo, la responsabilidad de llevar a cabo las obras de desarrollo ambiental era del contratista, y que solo quedaba organizar su consideración. Los demandados alegan que el contratista no fue responsable de la ejecución de las obras según el acuerdo, y que se trataba de una "situación teórica e hipotética que no se materializará" (los resúmenes de los demandados en la página 16 de la transcripción de la audiencia del 18 de septiembre de 2025).
  3. En mi opinión, una revisión de las disposiciones del tercer acuerdo conduce a la conclusión de que la responsabilidad de que las obras de desarrollo ambiental no se realizaron con antelación recae tanto en el contratista como en los miembros del grupo.

En el marco de Igual Acuerdo El contratista se comprometió a llevar a cabo las "obras" (cláusula 3(a) del segundo acuerdo).  Este término se definió en la cláusula 1 del acuerdo, incluyendo una serie de trabajos que se realizarán conforme a los planos adjuntos al contrato, incluyendo "la emisión de un Formulario 4 de proyecto y un certificado de finalización".  Sin embargo, en la misma definición, se aclaró que

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