Casos legales

Apelación Laboral (Nacional) 51985-01-25 Club de Fútbol – Maccabi Netanya (2016) Ltd. – Daniel Amos - parte 21

January 7, 2026
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"Añadiremos que, incluso si las afirmaciones del demandado de que el demandante no aceptó continuar con las condiciones previas y solicitó un aumento son correctas, el testimonio del Sr. Cohen muestra que cuando el demandante ya había aceptado continuar —incluso bajo las condiciones anteriores— el propietario del grupo ya no accedió a hacerlo."

  1. Sin embargo, en nuestra opinión, cuando Maccabi Netanya ofreció a Amos la renovación del contrato en los mismos términos, aunque en una fecha posterior a la establecida en el artículo 9(b) de la Ley de Indemnización, y cuando Amos no rechazó esta oferta por motivos de acción basándose en el entendimiento de que el acuerdo no se renovaría (por ejemplo, y sin agotarlo, porque ya había firmado un acuerdo con otro equipo), más aún cuando en años anteriores las renovaciones del acuerdo se realizaron en una fecha posterior a los tres meses mencionados, el defecto del retraso en la oferta se solucionó. En tal caso, la no renovación del acuerdo tiene su raíz en el propio Amos, que insistió en subir su salario.

En este sentido, nos dirigiremos a las circunstancias del jugador del Hapoel Be'er Sheva Shlomo Iluz, tal como se presenta en la primera sentencia en su caso[37]: Iluz jugó al fútbol profesional durante muchos años con el equipo del Hapoel Be'er Sheva.  Al final de la temporada 1995/96, con 37 años, Hapoel Be'er Sheva le informó de que no podría ser jugador de once y le ofreció el puesto de entrenador asistente para el periodo del 1.8.1996 al 30.5.1997, oferta que Iluz aceptó.  Tras su primera temporada como entrenador asistente, los equipos se separaron.  En 2002, Iluz presentó una reclamación por indemnización debido a su tiempo como actor.  Como parte del proceso, Iluz alegó que cuando no se le ofreció renovar su contrato como jugador tres meses antes del final de la temporada 1995/96, fue despedido y, por tanto, tenía derecho a reclamar indemnización por el periodo de su empleo como jugador.  El Tribunal Regional desestimó la demanda por razones que no son necesarias en nuestro caso.  En el marco de la apelación aceptada, este tribunal dictaminó que, en las circunstancias del caso, el derecho a la indemnización debe examinarse teniendo en cuenta los hechos ocurridos al finalizar el contrato como entrenador asistente.  Este tribunal consideró oportuno abordar la reclamación del autor (Iluz) de que una violación  del artículo 9(b) de la Ley de Indemnización por Despido es suficiente para establecer una causa, y sostuvo lo siguiente:

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