Casos legales

Autoridad de Apelaciones Civiles 42119-02-25 Gonen Kestenbaum vs. Shai Yaacobi – Desarrollo Inmobiliario y Corretaje Ltd. - parte 7

January 21, 2026
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El tribunal señaló que su razonamiento jurídico difería ligeramente del del Tribunal de Magistrados.  El Tribunal de Distrito dictaminó que la obligación de Kestenbaum de pagar las comisiones de corretaje Deriva de ser Socio de Koffler en el momento del acuerdo de corretaje, aunque no fuera en el momento de la compra de la propiedad.  En este contexto, el Tribunal de Distrito se basó en las determinaciones del Tribunal de Magistrados según las cuales Kestenbaum y Koffler "Sé socio en todo lo relacionado con tus intenciones de comprar la propiedady la clara posición de Kestenbaum y la empresa que posee en el marco del recurso cuando enfatizaron repetidamente que Kestenbaum era "Se presume que es socio y no como representante" por Koffler.  El Tribunal de Distrito dictaminó que esta sociedad obliga a todos los socios a pagar las comisiones de corretaje, en virtud del acuerdo de corretaje, en la medida en que la propiedad sea adquirida.

 

El Tribunal de Distrito señaló que enApelación Civil 3384/16 Mizrahi contra Berkowitz [Nevo] (5 de julio de 2018) (en adelante: Asunto Mizrahi) Se enfatizó que debe tomarse cuidado para que el requisito escrito sea flexible respecto a los acuerdos de corretaje.  Sin embargo, el Tribunal de Distrito dictaminó que en el Mizrahi Esto se refiere a alguien que se unió como socio de una de las partes del acuerdo de corretaje, después de que se concluyó, mientras que en el momento de la firma del acuerdo no existía una relación de sociedad o misión.  El Tribunal de Distrito dictaminó que, en nuestro caso, en el momento de la conclusión del acuerdo de corretaje, Koffler y Kestenbaum eran socios, por lo que no hay razón para no obligar a Kestenbaum y a la empresa que posee a pagar las obligaciones del acuerdo de corretaje.

Al mismo tiempo, el tribunal rechazó la afirmación de Kestenbaum y de la empresa que posee de que Kestenbaum no tenía conocimiento de la cantidad de las comisiones de corretaje, ya que este argumento contradice las determinaciones fácticas del Tribunal de Magistrados basadas en las pruebas presentadas, incluidos los testimonios de las partes, y por tanto no hay margen para interferir en ellas.  También se rechazó el argumento de Kestenbaum y la empresa que posee, que afirmaba que el acuerdo de corretaje estaba condicionado a la cantidad de contraprestación a pagar por la propiedad, ya que este argumento constituye una extensión de la fachada y contradice otras reclamaciones hechas por Kestenbaum y la empresa que posee, así como los hallazgos fácticos determinados por el Tribunal de Magistrados.  En este contexto, el tribunal señaló que, a la luz del conocimiento de Kestenbaum del acuerdo de corretaje, podría haber estipulado explícitamente las comisiones de corretaje bajo cualquier condición, pero no lo hizo.  Además, el tribunal rechazó el argumento de Kestenbaum y la empresa que posee de que es poco probable que se les cobren comisiones de corretaje y comisiones (acumuladas) a razón de 1.000.000 NIS, cuando la cantidad de contraprestación es de 2.500.000 NIS.  Esto se debió a que estos datos eran conocidos por Kestenbaum, y aun así decidió entrar en este acuerdo, aparentemente porque lo consideraba un acuerdo suficientemente valioso.

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