Una sentencia en las peticiones examinó la decisión del gobierno a la luz de los estándares aceptados del derecho administrativo, y en particular a la luz de los motivos de consideraciones ajenas y los motivos de razonabilidad. Más Dictaminé que el gobierno no proporcionó suficiente infraestructura para aliviar la carga de la prueba que se le imponía, y por tanto no hay más remedio que aceptar las peticiones.
Mi colega, el juez Mintz Él cree, como se ha dicho, y sus razones están con él. No hay fallo en una disputa judicial de este tipo; Al contrario, la existencia de tales disputas está en la base de nuestro sistema jurídico. Mi colega, por supuesto, es libre de discrepar conmigo sobre la naturaleza de las consideraciones sustantivas ante el Gobierno; O argumentar que la base fáctica no justifica trasladar la carga de la prueba al gobierno. Pero desde aquí hasta la descripción de la opinión mayoritaria como basada en un "razonamiento justificable" o como creadora de una situación en la que "Con un simple movimiento, los principios básicos serán pisoteados"En nuestra opinión – Rav Muy La distancia.
- En este sentido, también me referiré a Según mi colega que "El tribunal debe actuar de acuerdo con las normas existentes establecidas en nuestra jurisprudencia y tener cuidado de no convertirlas en tales que puedan ser modificadas y moldeadas de acuerdo con las circunstancias que se le presenten" (en el párrafo 149 de su opinión). Por supuesto, no discuto la premisa de esta afirmación, pero admito que me desconcertó la conclusión, que parece socavar una de las funciones más básicas y naturales del tribunal. Mi compañero elogia, y con razón, las consideraciones relacionadas con la estabilidad y la certeza jurídica. Pero en la jurisprudencia se aclaró consistentemente que el tribunal está autorizado e incluso está obligado Mirar directamente a la realidad —sin cerrar los ojos— y adaptar la interpretación de la ley a los cambios en las circunstancias si hay justificación para ello. Por ejemplo, pasaré a las palabras del presidente M. Shamgar Eso se dijo hace unos 30 años:
"La ley no es estática, porque la vida no es estática, ni la del individuo ni la del colectivo. Surgen y surgen problemas nuevos o de nuevo cada día, y el tribunal debe recurrir a ellos y resolverlos, si se traen a través de sus puertas. La legislación o el precedente legal no cubren de antemano todas las áreas del derecho, porque son los cambios de tiempo y las circunstancias nuevas y renovadas las que requieren, más de una vez, una reexaminación de la ley relevante" (Tribunal Superior de Justicia 5364/94 Welner contra el Presidente del Partido Laborista Israelí, IsrSC 49(1) 758, 776 (1995); énfasis añadido – 10).