(-) Práctica y jurisprudencia: El método de nombramiento con el que estamos tratando ahora es coherente con el método que se ha practicado con nosotros durante más de 30 años, durante los cuales – hace unos 15 años – incluso se rechazó una petición en la que se intentó atacar por extrema irracionalidad: Tribunal Superior de Justicia 2699/11 El Movimiento por un Gobierno de Calidad contra el Gobierno de Israel [Nevo] (17.5.2011). En este contexto, opino que incluso el compromiso con la conducta y los precedentes pasados se considera contrario a nuestra intervención, y que las razones presentadas en esa sentencia no se escaparon para rechazar los argumentos más cerrados planteados por los demandantes allí.
(-) El mecanismo atacado en las peticiones: Debe recordarse exactamente cuál es la decisión administrativa que se está atacando: Anónimo Un nombramiento directo del gobierno, sin límites ni restricciones, sino un nombramiento que será examinado por un comité de nombramientos, compuesto por un juez jubilado y dos representantes públicos, elegidos según una rotación gestionada por la Comisión de Servicio Civil; Un comité independiente cuya función es examinar aspectos de profesionalidad, integridad y falta de afiliación política con el órgano que lo nombra (en cuanto a las otras características del comité, véanse las palabras de mi colega, el juez Mintzen los párrafos 2 y 106). Es decir, también existen mecanismos para garantizar la integridad del nombramiento.
- Dada la norma mencionada, me resultó difícil —y aún me cuesta— encontrar justificación para nuestra intervención en las decisiones del gobierno en cuestión, en virtud de algunos de los motivos que conocemos en el derecho administrativo. Por lo tanto, también opino que la sentencia objeto de la audiencia adicional debe ser anulada.
"Sabe de dónde vienes y hacia dónde vas" (Mishná Avot 3:1) - El procedimiento a partir de una visión general
- Aunque no veo la necesidad de profundizar en el fondo del asunto, como se ha dicho, parece que el litigio de los dos procedimientos que tenemos ante nosotros, que ahora está llegando a su fin, plantea una serie de consideraciones generales; respecto a ellos, opino, hay margen para profundizar más. "He pecado" en el contexto de la sentencia que es objeto de más discusión (véase ídem., párrafos 75-80; para análisis sugeridos por otros, véase: Elad Gil, "Hero-Ball en el Tribunal Supremo: Comentarios sobre el Tribunal Superior de Justicia del Comisionado de la Función Pública" Blog ICON-S-IL (26 de mayo de 2025); Sagiv Barhoum, "Tras la Estela del Tribunal Superior de Justicia del Comisionado de la Función Pública: Revisión Judicial Contextual y sus Problemas" ICON Essays: Essays in Public Law (2025)); Sin embargo, me parece que la etapa actual del procedimiento 'se establece una bendición' a sí misma y demuestra otro aspecto que merece atención. Y aunque parte de lo que se expondrá a continuación sea una repetición de lo que ya he dicho, parece que la importancia del asunto justifica una mayor repetición y experimentación (véase y compare: Talmud babilónico, Jagiga 9:2).
- Así, la "saga" de determinar el método de nombramiento del Comisionado de la Función Pública, en cuyo caso comenzó el proceso legal hace aproximadamente un año y medio, llega a su fin en agosto de 2024, aproximadamente un mes después del final del anterior mandato del Comisionado Permanente. Durante ese periodo, se amplió el mandato del actual Comisionado; fue nombrado oficial en funciones, por un periodo de 3 meses; El puesto sigue vacante; Y Dios no lo quiera, vuelve al regreso del anterior comisionado al cargo, esta vez como comisionado interino. Todo esto, con un nombramiento permanente aún no previsto. Por tanto, la situación está lejos de ser ideal en cuanto a la capacidad de funcionamiento de la Comisión y del servicio civil que depende de ella (respecto al problema de abstenerse de nombramientos permanentes en puestos superiores, véase: Tribunal Superior de Justicia 7180/20 The Movement for Moral Integrity v. Government of Israel [Nevo] (10 de diciembre de 2020); Tribunal Superior de Justicia 3056/20 El Movimiento por un Gobierno de Calidad en Israel contra El Fiscal General, párrafos 50-54 [Nevo] (25 de marzo de 2021); Tribunal Superior de Justicia 34680-08-24 El Movimiento por un Gobierno de Calidad en Israel contra el Ministro de Comunicaciones, párr. 39 [Nevo] (14 de octubre de 2024) (en adelante: el caso de las Minas)).
- De hecho, este retorno al punto de partida, en lo que respecta a la ocupación del puesto, es también compatible, en gran medida, con el péndulo en el que ahora nos encontramos, a nivel preliminar y de principios: determinar el método de nombramiento para el puesto en el que gira la disputa que tenemos delante. Así, desde el principio, el gobierno buscó cambiar el método de nombramiento que se había practicado, con pequeños cambios, durante más de 30 años: pasar de la ayuda de un comité de nombramientos a la asistencia de un comité asesor (respecto a los tipos de comités, véase el párrafo 2 de la opinión de mi colega, el juez Mintz). El gobierno revocó esta decisión tras comentarios realizados en la audiencia celebrada el 15 de octubre de 2024; En ese momento, el gobierno determinó que el nombramiento sería examinado por un comité de nombramientos, de manera coherente con la forma en que se hizo el nombramiento anterior en 2018. Sin embargo, este regreso al punto de partida, al formato de nombramiento que ha sido habitual en nosotros durante más de una generación, no satisfizo a los peticionarios; El fiscal general también permaneció a su lado. Por ello, las peticiones fueron enmendadas y, en esta fase, se atacó la última decisión del gobierno. A lo largo del proceso, se aceptaron las mismas peticiones enmendadas, por mayoría de opiniones; Se determinó que el nombramiento debía hacerse mediante un procedimiento competitivo (señalando que no debía alcanzar el nivel de un comité de búsqueda, con todos sus detalles y matices). En este punto, el péndulo se mueve hacia el polo opuesto. Y ahora, como ya se ha señalado antes, la sentencia en el procedimiento actual nos detrae, en gran medida, a donde estábamos incluso antes de que las partes empezaran a 'tirar de la cuerda': el nombramiento será examinado por un comité de nombramientos, de acuerdo con las decisiones gubernamentales mencionadas.
- En la sentencia que es objeto de la audiencia adicional, señalé, en referencia al cambio que el gobierno inició al principio, cosas que creo que siguen siendo relevantes, también en relación con la fase actual del litigio: "Las peticiones en cuestión demuestran la dinámica que puede desarrollarse a la luz de tal intento de cambio: al final, el solicitante del cambio puede encontrarse 'en el fondo', y cuando el cambio que realmente ocurrió es lo opuesto al que intentaba promover. Vemos que, aparte de las muchas virtudes de un enfoque moderado, de cautela frente a cambios y choques, que pueden promover concesiones y compromisos tan necesarios en nuestros distritos y que podrían haber evitado la espiral en la que nosotros, y con nosotros la Comisión de Servicio Civil, entramos hace más de seis meses, la petición de cambio también conlleva un riesgo considerable: que se encuentre como promotora del cambio cuando finalmente lleguen las 'alas de mariposa'. a un cambio que es lo opuesto al que emprendió en su camino" (párrafo 63; una crónica algo cercana, que también puede ilustrar lo anterior, puede encontrarse en la "trilogía" de actos del jefe del Shin Bet, que ha llegado recientemente a su fin: Tribunal Superior de Justicia 54321-03-25 El Movimiento por un Gobierno de Calidad en Israel contra el Gobierno de Israel [Nevo] (21 de mayo de 2025); Tribunal Superior de Justicia 18133-06-25 Guili contra el Fiscal General Adjunto (Derecho Público-Administrativo) [Nevo] (15 de julio de 2025); Tribunal Superior de Justicia 427-10-25 El Movimiento por un Gobierno de Calidad en Israel contra el Gobierno de Israel [Nevo] (28 de diciembre de 2025)). "Sed moderados en el juicio", nos instruyeron los miembros de la Gran Asamblea en la Mishná que abre el Tratado Avot, y las cosas son tan bellas entonces como ahora.
- Parece, entonces, que la dinámica es clara; su final, sus etapas posteriores y sus futuras expresiones en el futuro: ¿quién podrá hacerlo? Mientras tanto, la capacidad de funcionamiento de la Comisión se ha visto afectada, y con ella todo el servicio público; Desde una perspectiva más amplia, un tallit en el que dos personas lo sostienen mientras cada uno tira en su dirección, puede romperse de una manera que no beneficiará a quienes lo sostienen (véase y compare: 1 Reyes 3:16-28). De hecho, los cambios, incluso radicales y generalizados, a veces son necesarios y beneficiosos; Pero siempre es necesario, y más aún en el delicado periodo en que nos encontramos, tener gran cautela con ellos, tanto en lo que respecta a la elección de promoverlos como en cuanto a su alcance y la forma en que se llevarán a cabo. Para usar el mundo de imágenes al que mis amigos han recurrido: cuando el barco ya navega en aguas tormentosas, hay que tener doble de cuidado antes de hacer otro fuerte sacudón. "Una revolución puede impactar, incluso hundir el barco. Debemos llevarla a un lugar seguro, no hundirnos en las profundidades" (Tribunal Superior de Justicia 5658/23 El Movimiento por un Gobierno de Calidad en Israel contra Knéset, párr. 182 de mi opinión [Nevo] (1 de enero de 2024)). Todo esto, aún más intensamente, teniendo en cuenta la perspectiva que nos ofrece el procedimiento actual: es dudoso que los Sabios siquiera logren hacer realidad los cambios, e incluso llevarlos a una conclusión; pero los precios que ya están incluidos en acelerar ese cambio tan brusco también se pagarán.
Sobre los límites de la ley y la representación de la posición del gobierno en los procedimientos
- En la sentencia que es objeto de la audiencia adicional, traté extensamente la brecha entre la posición expresada en el pasado por el Fiscal General respecto al asunto en cuestión, y la posición expresada por su personal en el presente procedimiento, así como las etapas administrativas que lo precedieron (véase ibid., párrafos 58-62 y 75-80 de mi opinión; véase también, en este contexto: el caso Mines, párrafo 37); mi colega, el juez Mintz, también abordó el asunto y expresó una postura cerrada (véase sus palabras en los párrafos 145-146). Por lo tanto, también en este asunto, me abstendré de repetir los detalles; Pero debido a la importancia del asunto y con una visión de futuro, no se puede escapar a un comentario.
- Como es bien sabido, según la ley vigente en nuestros distritos, es el asesor legal del gobierno quien refleja la ley del poder ejecutivo, dentro de sus límites, siempre que un tribunal competente no haya dictaminado lo contrario. Posteriormente, cuando la Autoridad no acepta la posición del Asesor Legal respecto a esas fronteras, el Asesor Legal del Gobierno puede comparecer ante el tribunal y solicitar una sentencia contra la Autoridad (véase: Tribunal Superior de Justicia 6198/23 The Movement for Quality Government in Israel v. Minister of Defense, párrafos 84-85 [Nevo] (25 de junio de 2024) y sus referencias). Este no es el lugar para debatir estos temas fundamentales; En el momento actual, y limitándonos solo a las circunstancias del caso en cuestión, basta señalar que en esta etapa surge una conclusión clara: los límites de la ley son considerablemente más amplios que los presentados al Gobierno por el Asesor Jurídico del Gobierno, y a los que el Asesor Jurídico también argumentó en los procedimientos ante nosotros (en este contexto, cabe señalar que incluso dos de mis colegas, que consideraron oportuno obligar al Gobierno a llevar a cabo un procedimiento competitivo, dejaron claro que no era una obligación establecer un comité de búsqueda; ciertamente no en la composición defendida por el Asesor Jurídico del Gobierno).
- En el pasado, he señalado "la retroalimentación relevante, en mi opinión, sobre la decisión respecto a la negativa a representar, en la etapa posterior a la dictadura de la sentencia: si se decide que un determinado procedimiento es uno de los casos 'bastante excepcionales' en los que el asesor legal no representó la posición de la autoridad administrativa [...] - Se espera que este sea un caso en el que la decisión del tribunal sea completamente o casi idéntica a la posición del abogado, y sea unánime o muy cercana a ella. Si este no es el caso, el abogado debe tomarlo en serio, reexaminar si fue correcto, en primer lugar, abstenerse de representar la posición de la autoridad administrativa; y sacar una lección con una visión de futuro" (Tribunal Superior de Justicia 31238-09-24 Ministro de Seguridad Nacional contra el Fiscal General, párr. 39 [Nevo] (9 de marzo de 2025)). Dado lo anterior, opino que el resultado de la retroalimentación en nuestro caso es claro e inequívoco. Por tanto, se requieren las mismas lecciones, "de acuerdo con la obligación de representar al Estado incluso en situaciones difíciles, y no siempre en asuntos que identificamos con las decisiones. Los abogados no son responsables políticos, y por tanto, si tuviéramos una ventaja legal, cumplimos con nuestro deber de argumentar tanto como fuera posible y de forma adecuada" (Dorit Beinisch, "Los procedimientos legales relacionados con la deportación de activistas de Hamás al Líbano en diciembre de 1992," Roots in Law 469, 473 (Dina Zilber, ed. 2020)).
Conclusión
- Mi postura sigue siendo la misma: no hay justificación legal para obligar al gobierno a llevar a cabo un procedimiento competitivo antes de la ejecución del nombramiento en la agenda; El nombramiento del próximo comisionado del servicio civil también será examinado por un comité de nombramientos, como ha sido costumbre desde hace siglos. Cabe recordar que el mencionado método de nombramiento está muy lejos de un nombramiento directo por parte del gobierno, libre de restricciones. Se presume —lo cual también está respaldado por la experiencia pasada— que el Comité de Nombramientos hará su trabajo fielmente y examinará adecuadamente el nombramiento que se llevará a su puerta. Al mismo tiempo, aunque al final todos los intentos de cambiar el método de nombramiento fueron infructuosos, de una forma u otra, y de hecho precisamente por ello, mi esperanza es que esos intentos que fracasaron, y los desarrollos que siguieron, puedan impulsar otro cambio, más amplio e importante, respecto a las dinámicas descritas arriba, que caracterizan muchas de las cuestiones que nos entusiasman. Que así sea.
Noam SohlbergVicepresidente |