Esto es por lo tanto, como sugiere la propia cita, en lo que respecta a abrir oportunidades para citas y no solo para compromisos relacionados con productos y servicios. La igualdad es igualdad, sea cual sea el objetivo del compromiso.
- Para ser más preciso, añadiré una aclaración sobre lo que creo que es evidente. Ninguna posición ni licitación está abierta a todos sin distinción, ya que es natural que siempre se cumplan ciertas condiciones. Está claro que el principio de igualdad no exige que toda persona pueda presentarse a cualquier cargo. Como se explicó antes:
"El principio de igualdad es, en teoría y en la práctica, un principio maestro, no sea que se diga: el principio madre. Cuando lo combinamos con una ley particular, el principio de igualdad se adapta a su entorno y, al mismo tiempo, influye en su entorno. Al fin y al cabo, el principio de igualdad en el derecho electoral no es el mismo que el principio de igualdad en el derecho de licitaciones, ni el principio de igualdad en el derecho de licitaciones para el alquiler de servicios o bienes es el mismo que el principio de igualdad en licitaciones para obtener un puesto en la esfera pública" (Tribunal Superior de Justicia 2671/98 The Women's Lobby in Israel v. Minister of Labor and Welfare, IsrSC 52(3) 630, 651 (1998)).
En un proceso competitivo, la igualdad se garantiza proporcionando igualdad de oportunidades a todos los candidatos que cumplen los requisitos previos. La intención es llevar a cabo un proceso justo para examinar todas las candidaturas y seleccionar al candidato más adecuado.
- También señalé en mi opinión original que la aplicación del principio de igualdad es especialmente importante desde la perspectiva de promover a las poblaciones subrepresentadas en la función pública. En este contexto, establece Sección 15A(a) La Ley de Nombramientos establece el principio de la representación adecuada, según el cual:
"Entre los empleados de la función pública, en todos los rangos y profesiones, en todos los ministerios y en todas las unidades auxiliares, se dará la expresión adecuada, en las circunstancias, de miembros de ambos sexos, de personas con discapacidad, de miembros de la población árabe, incluidos drusos y circasianos, de quienes hayan nacido o nacido en Etiopía, de miembros de la población ultraortodoxa y de nuevos inmigrantes."