Al respecto, véanse también las palabras del Honorable juez Y. Cohen, Other Municipal Applications 340/76 Gard v. Land Appreciation Tax Administration, Civil Case (párrafo 3 de su sentencia):
"Cuando la legislatura definió un 'derecho en bienes raíces', eligió como prueba no la duración del periodo en que la persona realmente posee la tierra ni las expectativas del comprador respecto al futuro, sino más bien el derecho legal del propietario del derecho, ya sea un derecho de derecho o un derecho de honestidad."
Véase también: La sentencia en la apelación que es objeto de la Comité de Apelaciones 13864-04-18 Yehoshua Weiss et al. contra la Administración de Impuestos Inmobiliarios (Centro) (10 de agosto de 2020) en el párrafo 42.b. Al juicio.
- De ahí la aplicación de la ley a los hechos del caso que tenemos ante nosotros:
Como se ha indicado, la postura del demandado se basa en que el apelante firmó el contrato de arrendamiento en el que el periodo de "arrendamiento" se fijó en 98 años con opción de 98 años adicionales.
Sin embargo, las disposiciones del contrato de arrendamiento se retiran en caso de contradicción con las disposiciones del Apéndice de Condiciones Especiales y con las disposiciones del contrato de construcción.
Por tanto, es necesario examinar si el contrato de construcción y el anexo de las condiciones especiales contienen disposiciones que contradigan el periodo de arrendamiento en el contrato de arrendamiento y limiten la duración del plazo a menos de 25 años.
- Comenzaré señalando que, a partir del acuerdo contractual que el apelante firmó tras ganar las ofertas de "Precio de Comprador", que son objeto de apelaciones en este caso, se deduce que el Apelante ni siquiera tenía control o discreción sobre el periodo de tiempo durante el cual podía poseer el terreno objeto de las mencionadas ofertas de "Precio de Comprador".
Como se ha descrito detalladamente anteriormente, el apelante se comprometió, en el marco de las licitaciones de "Precio del Comprador", a construir los apartamentos a "Precio del Comprador" dentro del plazo definido y preciso establecido en el contrato de construcción y en el anexo de las condiciones especiales, y a transferir los apartamentos a los compradores elegibles.