Esto también ocurre con las declaraciones hechas en la declaración jurada del Sr. Barak respecto a las garantías bajo la Ley de Venta de Apartamentos, cuando argumentó que tales garantías se otorgan "solo por una persona que vende un derecho sobre la tierra" (véase el párrafo 35 de su declaración jurada).
- Cuando el Sr. Barak fue confrontado en su contrainterrogatorio con la opinión del perito contable presentada en nombre del apelante, el CPA Shmuel Marco (véase página 162, líneas 18-23, página 163 en su totalidad, página 164 en su totalidad y página 165, líneas 1-8), no obtuvo respuestas satisfactorias a las preguntas que le fueron planteadas, y al final, cuando se le pidió que dijera cuál era la base de los argumentos que planteó, su respuesta se resumió en el hecho de que basaba sus respuestas "De la cima de mis años de experiencia" (línea 8 en la página 165 de la transcripción del 2 de noviembre de 2022).
Incluso cuando el señor Barak fue confrontado en su contrainterrogatorio con instrucciones La Ley de Venta (Apartamentos) Y con la definición de "vendedor" en dicha ley, que también incluye a una persona que vende un apartamento que construyó en el terreno de otra persona (véase página 165, líneas 9-23, página 166, líneas 1-18), él dio respuestas evasivas.
- Durante todo su contrainterrogatorio, el Sr. Barak evitó proporcionar respuestas sustantivas a las preguntas planteadas por el abogado del apelante. Así, por ejemplo, cuando se le pidió que confirmara que el demandado también estaba corrigiendo evaluaciones por un error legal, y solo después de que el comité le exigiera una respuesta, argumentó que era una cantidad pequeña."Ni siquiera una mano" (Véase la transcripción del 2 de noviembre de 2022, página 161, líneas 16-23 y página 162, líneas 1-12).
Más allá de que las pruebas adicionales presentadas como parte de la declaración jurada de la Sra. Baruch de Shmuel Baruch ponen en duda esta versión del Sr. Barak, el Comité de Apelaciones en cuestión, debido al número de apelaciones que se le han escuchado, es plenamente consciente del alcance de las enmiendas de evaluación realizadas y, con frecuencia, por el demandado 1, utilizando el fundamento del artículo 85(a)(3) de la Ley, y esto no es una cantidad nada pequeña. Desde luego, no la cantidad de "una mano".
- Esta conducta del Sr. Barak no permitió que se diera un peso real a su testimonio, especialmente porque, como se ha indicado antes, el demandado no explicó en absoluto cuál era la relación del Sr. Barak respecto a la decisión sobre las solicitudes de enmienda y la cuestión de las ofertas de "Precio de Comprador", ya que no fue él quien discutió las solicitudes Lo mencionado anteriormente No se decidió por ellos.
Quiero enfatizar que no basta con presentar una declaración jurada en nombre del demandado y que algún testigo de su oficina la lleve a declarar, pero sí se requiere que sea el funcionario de las oficinas del demandado quien examinó y celebró una audiencia sobre las mociones para enmendar la evaluación, ejerció su discreción, basándose en argumentos y documentos que tenía ante sus ojos, y decidió sobre la solicitud de enmienda —una decisión que se basa en las apelaciones en este caso y que el comité de apelaciones está obligado a examinar.