"La prueba establecida en otras solicitudes municipales 614/82 para examinar el verdadero significado de un compromiso entre el propietario de la tierra, por un lado, y la persona que realmente realiza la construcción, por otro, es una prueba flexible, cuyo propósito, como se ha dicho, es examinar el alcance y la proporción de las competencias asignadas al contratista bajo el contrato respecto a la construcción en sí y la venta de los apartamentos"; Cabe señalar que estamos tratando con el poder delegado en el contrato, es decir, el examen necesario es el estado legal de las cosas en el momento de la celebración del contrato y conforme a él. El retraso de las partes que no esté conforme al contrato, o el incumplimiento de cualquiera de las partes de sus plenos derechos contractuales, no lo aumenta ni lo disminuye. Nos ocupamos de examinar el compromiso inicial entre las partes, que se expresó en el contrato que celebraron entre ellas."
Véase también la sentencia del Tribunal Supremo en Other Municipal Applications 75/79, Real Estate Appreciation Tax Administration v. Avivit in a Tax Appeal (13 de diciembre de 1979), donde se estableció la conocida norma desde tiempos inmemoriales según la cual:
"Cuando el tribunal debe tratar la cuestión de la responsabilidad de la transacción con impuestos, los términos utilizados por las partes del acuerdo y la vestimenta con la que vistieron el acuerdo constituyen prueba prima facie de la naturaleza de su contenido, y nada más; y si el contenido del acuerdo muestra que la transacción es diferente en su esencia real del título o la vestimenta que le dieron en el acuerdo, el tribunal no suspenderá ese título o vestimenta, y discutirá el asunto según la verdadera naturaleza de la transacción tal como se refleja en la esencia del acuerdo según su verdadero contenido."
Otra sentencia, que trató sobre la manera en que se determina la naturaleza de una transacción a efectos del derecho fiscal, se encuentra en la sentencia del Honorable Presidente A. Barak Otras Solicitudes Municipales 6722/99, Administración del Impuesto sobre el Valor Añadido de Tel Aviv contra Mishkenot Clal Mediterranean Towers Ltd., IsrSC 58(3) 341, en el párrafo 9: