Este es el lugar para abordar un argumento que la demandante ha planteado repetidamente, a saber, que ya ha pagado su deuda con la empresa por sus condenas, y que no es posible que su pasado sea una fuente constante de problemas.
Apropiado para esto, las palabras escritas por la Honorable Jueza Yardena Seroussi en la Moción de Apertura (Distrito de Tel Aviv) 43782-08-20 Roy Hayoun contra Bank Leumi Le-Israel en una Apelación Fiscal (20 de julio de 2021), párrafo 46, son las siguientes:
"Cabe destacar en este contexto que la referencia al pasado del solicitante no significa que esté siendo detenido como criminal de forma permanente. El solicitante ha pagado su deuda con la empresa y no debe ser utilizado en su contra al considerar todas las circunstancias del asunto. Sin embargo, en la acumulación de las indicaciones iniciales y a la luz del estatus del demandado, no hay impedimento para que el demandado exprese una preocupación inicial sobre recibir fondos de una fuente desconocida en la cuenta del solicitante. El solicitante deberá entonces explicar el origen de los fondos y demostrar su legitimidad. Si el solicitante demuestra el origen de los fondos y su "validez", ya no hay margen para relacionarse con el pasado, pero si se abstiene de hacerlo, no habrá más opción que tener en cuenta todas las circunstancias relevantes para la transferencia, es decir, será posible también tener en cuenta el pasado del solicitante como una indicación que aumenta el miedo del demandado. Sin embargo, en la medida en que se elimine esta preocupación, su pasado ya no debe tenerse en cuenta."
Como se ha indicado, el demandante no eliminó la preocupación de ninguna manera.
Específicamente, antes señalé las razones por las que es suficiente desestimar la demanda y determinar que la decisión del demandado fue razonable, y solo más tarde y además de esto el hecho de las condenas de la demandante, su naturaleza y el ocultamiento de la información relativa incluso después de que surgieran y se le preguntara al respecto, fueron una "señal de alerta" y una capa adicional a las preocupaciones mencionadas.
- Mientras no se haya probado la vinculación de los fondos y la empresa con el fallecido, no está nada claro que esta suma le pertenezca realmente a él y que se deba al demandante en virtud de su orden de herencia, y en este asunto solo vivimos de su boca sin la más mínima indicación de evidencia que lo respalde.
La mera afirmación de que la sucursal de Singapur está dispuesta a transferir el dinero a Israel no está respaldada por ninguna prueba, y es posible que estemos ante una demanda puramente teórica.