Además, incluso si hubiera sido la avería lo que habría provocado la cancelación del vuelo, dada la excepción legal debida a la profanación del sábado o festivo, ya no tiene sentido en la práctica si se podría haber evitado. Aunque teóricamente se puede decir que es posible y que este es un avión antiguo y por tanto el desgaste es mayor y la probabilidad de que la pieza se rompa es mayor y si mantendrá correctamente el avión o si hubiera una tripulación más capacitada, porque entonces no habría cargado todo el equipaje debido al peso (y entonces surge otra cuestión cuando se divide conscientemente el equipaje sin el conocimiento del pasajero y las consecuencias de esto) de tal manera que tal fallo no habría ocurrido y entonces habrían partido sin necesidad de profanar el Shabat (una reclamación que, por cierto, no se reclamó), Sin embargo, si, para ilustrar, el piloto volvía cansado tras estar borracho y no pudieran alcanzarlo durante aproximadamente una hora y media, habríamos llegado al mismo resultado, por escandaloso que parezca. En otras palabras, esto no puede separarse del concepto general de la Ley de Servicios de Aviación, que incluso si se produjera un fallo esperado y que podría haberse evitado, a pesar de las molestias que conllevaban, el demandado podría haber "disfrutado" de un periodo de tiempo hasta que se viera obligado a recibir algún beneficio, y por tanto la diferencia se debe únicamente al día y no a la naturaleza del fallo ni si se esperaba o no, y por tanto la conclusión obvia es que, incluso si se afirma que no logró mantener la aeronave de tal forma que pudiera haberse despegado de no haber sido por la avería que se podría haber previsto ( Y los demandantes, como se ha dicho, no afirman esto en absoluto en su declaración de demanda y no tratan el fallo ni la capacidad de solucionarlo, sino solo el motivo de la cancelación debido al Shabat, cuando no hubo disputa de que se intentó repararlo, pero cuando el factor tiempo había pasado antes de aterrizar en el festivo, el vuelo fue cancelado) - entonces no puede considerarse obligatorio solo porque es una víspera festiva o Shabat, cuando en un día normal no se habría juzgado positivamente sin diferencia en la naturaleza del fallo. No es posible imponerle derechos especiales para las vísperas de Shabat y festivos de tal manera que la inspección del mantenimiento de la aeronave se considere sometida a un deber de cuidado incrementado en lugar del deber de cuidado del resto de la semana, cuando la ley permite retrasar la salida hasta 5 horas sin conceder ningún beneficio al pasajero (siempre que, por supuesto, haya cumplido la obligación de informar sobre el aplazamiento de la fecha de un vuelo, no en virtud de la Ley de Servicios de Aviación sino también en virtud del contrato con el pasajero). Por lo tanto, y como se ha dicho, por difícil que sea el resultado, el demandado en realidad no necesita demostrar esfuerzos conforme a la disposición del artículo 6(e)(1) de la Ley, y cualquier distinción que le obligue a presentar esfuerzos es un asunto que el legislador debe debatir para evitar que situaciones que en ciertas circunstancias, y no determino que sea así, sean un uso cínico de las disposiciones de la ley cuando se demuestra negligencia.
- Como se ha señalado, la cuestión legal bajo esta demanda es si los demandantes tienen derecho a una compensación según la Ley de Servicios de Aviación (Compensación y Asistencia debido a Cancelación de Vuelo o Cambio en sus Condiciones), 5772-2012 por la cancelación del vuelo LY008, que estaba programado para despegar a las 23:35 (hora de Nueva York) y que debía aterrizar en Israel a las 16:50 hora de Israel, unos 50 minutos antes del inicio de Simjat Torá en Israel, pero debido al retraso expresado de una hora y media, se vio obligada a cancelar el vuelo debido a su alegación de una excepción en la ley establecida en el artículo 6(e)(3) de la ley, ya que la cancelación del vuelo tenía como objetivo evitar la profanación del sábado y los días festivos. No hay disputa en que un retraso de una hora y media por sí solo no habría supuesto una cancelación de vuelo ni siquiera un retraso en la salida del vuelo y, por tanto, teóricamente, el vuelo podría haberse volado y los pasajeros podrían haber llegado a su destino una hora y media tarde, y toda la reclamación habría sido superflua. Sin embargo, debido a la situación en la que se encontró el demandado al fijar la hora de aterrizaje unos 50 minutos antes del inicio de las vacaciones, un retraso inferior a la definición legislativa de retraso en el despegue mínimo que otorga algún tipo de beneficio (un retraso de dos horas proporciona alimentos, bebidas y servicios de comunicación según el artículo 7(a) de la Ley, pero un retraso de cinco horas y menos de ocho horas también otorga la restitución de la contraprestación o de un billete de avión alternativo, y más de ocho horas también otorga una compensación legal). Ya habría provocado la cancelación de un vuelo por aterrizar en un festivo o Shabat, y dado que se presenta como observante del sábado, canceló el vuelo y se aferra a la exclusión legislativa del derecho de los pasajeros a una compensación por parte del operador u organizador de vuelo, por lo que está exenta de proporcionar una compensación legal.
Y para ser precisos; Hay fundamento en el argumento implícito de los demandantes de que, inherentemente, existe una situación en la que casi cualquier retraso relacionado con un determinado fallo en el avión provocará una profanación y, como resultado, el demandado cancelará el vuelo, de modo que la cancelación supuestamente se convierte en "automática", así como la exención de la compensación legal por la restricción del sábado, cuando vende billetes sabiendo que el aterrizaje es menos de una hora antes del inicio de un Shabat o festivo, y al mismo tiempo se promociona como observante del sábado para atraer a una multitud de pasajeros como parte de la competencia económica. Según ellos, esta conducta es una "injusticia" "con la autoridad de la Torá" porque la ley está de su lado, cuando, según ella, su responsabilidad termina al aterrizar, incluso si implica profanar el Shabat o festivo al llegar a Israel, dado el ajustado calendario con el aterrizaje 50 minutos antes del inicio del festivo, cuando hay que pasar por la burocracia al salir del aeropuerto, incluso si hay un aeropuerto activo en Shabat o festivo, y sigue habiendo servicio, ya que esto no le corresponde, sino que el vuelo no tendrá lugar en festivo ni en Shabat, según el horario Los vuelos están fijados para que sea una empresa que observe el Shabat tal y como se promociona en cuanto a sus limitaciones y no todas las aerolíneas que vuelan a Israel, incluidas las israelíes, dado que el aeropuerto opera en Shabat pero puede vender billetes sabiendo que al final del día el pasajero puede profanar el Shabat debido a la hora del aterrizaje y que no habrá compensación por la cancelación del vuelo debido a la prevención de la profanación del Shabat. El problema es que, aunque el espíritu de los Sabios no se sienta cómodo con él, la cuestión al final del día es si violó la Ley de Servicios de Aviación al no proporcionar una compensación legal, dado que las leyes de equidad no se aplican.