Casos legales

Caso civil (Petah Tikva) 38258-01-25 D. Niv Construction and Development Ltd. contra Habonim A.M. - parte 7

January 21, 2026
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  1. La sentencia también determinó que, durante la conducción del procedimiento, el juez puede Y como él, el árbitro El juez, expresar su opinión sobre las cuestiones en disputa, mientras que solo en casos excepcionales se considerará que las declaraciones son de naturaleza clara y decisiva que indican que el panel ha "cerrado" su opinión de una manera que genera un temor real a la parcialidad. También se sostuvo que el temor a dañar la apariencia de justicia no es suficiente para destituir a un árbitro de su cargo en virtud de Sección 11(1) a la Ley de Arbitraje.(Ver: Apelación Civil 8916/20 Anónimo vs.  Anónimo [Nevo] (21.2.2021); Apelación Civil 820/19 Bayit Balev en Tax Appeal contra la Asociación de Residentes de Residencias Asistidas en Israel [Nevo] (7.2.2019); "La Materia del Arte B" supra, párrafo 118; Sobre las circunstancias extremas en las que está justificado dar peso a la prueba de la apariencia de justicia incluso cuando no se aplica la prueba de un temor genuino a la parcialidad, véase: Autoridad para apelar un laudo arbitral 10349/08 Estado de Israel contra Ganama (Nevo, 20 de julio de 2009), donde se discutió un caso, entre otros, la junta de libertad condicional en una conversación judicial con el fiscal del estado sin la presencia de la parte contraria (en adelante: "El Caso Ganama").
  2.  Se sostuvo además que:

"Una decisión que ordene la destitución de un árbitro de su cargo entra dentro del alcance de la excepción, que está reservada para circunstancias extremas, ya que puede perjudicar a la institución arbitral en su conjunto, así como al honor y buen nombre del árbitro.  Por tanto, debe hacerse un uso cuidadoso y moderado de esta disposición, por respeto a la dignidad de los árbitros y la necesidad de evitar el abuso de las alegaciones de parcialidad o de anular la decisión de un árbitro cuyo resultado sea indeseable [véase Uri Strozman, Book of Arbitration 113 (2001); Autoridad de Apelación Civil 1651/99 R.R.  Parking Lots in Tax Appeal v.  The New Histadrut of Workers in Israel (Nevo, 16 de mayo de 1999); Autoridad de Apelación Civil 9812/04 Ivri contra el Consejo Local de Ramat Yishai (Nevo, 15 de noviembre de 2004).  (Schechter, arriba, párrafo 44).

  1. Una parte que reclama la existencia de una causa de inhabilitación debe demostrar con pruebas objetivas que existe una preocupación real de parcialidad, ya que una determinación judicial sobre la destitución de un árbitro de su cargo por pérdida de confianza lo es, por tanto, Sección 11(1) La Ley de Arbitraje debe hacerse con cuidado y basarse, en palabras del Tribunal Supremo, en "Una base fáctica clara y sólida".  (Autoridad de Apelación Civil 3159/12 Musa & Co.  en Tax Appeal contra Amiron Construction and Investment CompanyApelación fiscal (Nevo, 10 de julio de 2012).
  2. Además, se sostuvo que las decisiones procesales relacionadas con la conducción del procedimiento de arbitraje, que están a discreción del árbitro, no establecen motivos para descalificar al árbitro. (Véase, por ejemplo: Autoridad de Apelación Civil 6188/05 Ensaladas secundarias (1997) en un recurso fiscal contra Ra Gad en un recurso fiscal (Nevo 23.3.2006 y las referencias en ellas; Autoridad de Apelación Civil 9535/07 Yair Sharbat contra Shalom Sharbat (Nevo, 17 de enero de 2008).
  3. También se determinó que, dentro del marco de las consideraciones que deben tenerse en cuenta al solicitar la destitución de un árbitro de su puesto, se debe considerar, entre otras cosas, la razonabilidad del tiempo transcurrido, la conducta del árbitro, la conducta de las partes y el daño que se causará si el arbitraje se termina a la luz del beneficio de su continuidad. El tribunal también examinará si se ha causado un error judicial a la parte que busca terminar el arbitraje, incluyendo consideraciones de justicia.  (Ver: "La Materia del Arte B" supra, párrafo 101 de la sentencia).
  4. Además, se dictaminó que no se debía aceptar un argumento en un caso en el que se presentó y rechazó una solicitud para destituir a un árbitro por los motivos prescritos En la sección 11 Según la Ley de Arbitraje, en cualquier caso, surgieron motivos para destituir al árbitro de su cargo. Véanse las palabras del Honorable Juez Danziger al respecto"Lo de la serie B del arte" arriba, párrafo 103 de la sentencia:

            "En el mismo asunto, señalé que, incluso si la parte que presentó la solicitud puede sentir cierta incomodidad durante el litigio ante el árbitro tras haber solicitado su destitución y su solicitud sea rechazada, esta inconveniente en sí misma no constituye motivo para destituir al árbitro de su puesto, ya que esto puede conducir a un incentivo negativo por el cual una parte del arbitraje solicite al tribunal la destitución del árbitro sin tener una razón justificable para hacerlo, con el fin de utilizar la propia solicitud ante el tribunal como motivo para destituir al árbitro (véase: Autoridad de Apelación Civil 5462/08 Sofer contra S.I.Z.H.  Building Company en una apelación fiscal ([publicado en Nevo], 15 de septiembre de 2008) en el párrafo 13; y Ottolenghi, supra, en pp.  500-501)".

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