Casos legales

Caso civil (Tel Aviv) 51721-03-20 Dr. Shlomo Ness contra Kost Forer Gabbay Consolidación de reclamaciones Kassirer - parte 23

February 19, 2026
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Q:             Vale.

A:             No tiene derecho a acudir al productor y decirle: 'La cosecha no es suficiente, me debes dinero, devuélveme el equipo.'

Q:             Tiene un acuerdo con el cultivador sobre cómo devolverá el dinero.

A:             Tiene un acuerdo de que el cultivador lo devolverá con una cosecha.

Q:             Vale.  Ahora, los anticipos se hicieron a costa de futuras responsabilidades, y ella redujo los pagos que le correspondían a los agricultores.

A:             Así es. 

Q:             No estaba en Agrexco.

A:             Así es.

Q:             Y a diferencia de Agrexco, todas estas cosas se presentaron en los informes. 

A:             Así es."

  1. Además, acepto el argumento de los demandantes en sus resúmenes (ibid., en los párrafos 106-108) de que la adquisición de la cartera de clientes de Eliyahu Insurance por parte de Migdal constituye una transacción clara de una "combinación de negocios", lo cual es diferente de nuestro caso en el sentido de "comparar manzanas con naranjas". Acepto el argumento de que, a diferencia de nuestro caso, en el caso de una fusión empresarial, existe una presunción que permite el reconocimiento de activos intangibles (como una cartera de clientes) que han sido adquiridos, como excepción a las normas habituales de las normas contables, y este reconocimiento está sujeto a normas contables únicas de la industria aseguradora, que se regulan según otro estándar, y a la exigencia de control como se mencionó antes condicionada a la obligación del cliente, condiciones que no fueron debidamente demostradas en la opinión del profesor Eden y que no recibieron una respuesta satisfactoria en los resúmenes del demandado.
  2. Y más. También tiendo a estar de acuerdo con la opinión del Dr.  Ronen (párrafos 194-202 de la opinión Ronen) respecto a la comparación del profesor Eden entre Agrexco y su competidor, Mehadrin (párrafo 10 de la opinión Eden 2012), aquí también, por la sencilla razón de que los préstamos que Mehadrin concedió a agricultores y empresas de empaquetado están anclados en acuerdos legales explícitos, mientras que los pagos especiales de Agrexco no estaban fundamentados en acuerdos similares.  La propia Agrexco también distinguió en sus informes los préstamos a proveedores (Nota 5 a los informes de Agrexco de 2008, en la p.  203 del informe del investigador), que estaban fundamentados en acuerdos legales, y esos pagos especiales.  Esto es lo que Eden respondió en su interrogatorio sobre la elección misma de Mehadrin como caso de comparación (Protocolo, p.  686, preguntas 2-5):

A:             No hay muchas empresas agrícolas que tengan estados financieros públicos.  El ejemplo que más se me veía era el mehadrin, lo traje yo.  Hay cosas similares, hay cosas diferentes, pero si miras la esencia y no la forma legal, verás que es lo mismo.  "

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