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Caso civil (Tel Aviv) 51721-03-20 Dr. Shlomo Ness contra Kost Forer Gabbay Consolidación de reclamaciones Kassirer - parte 31

February 19, 2026
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El alcance del deber de diligencia requerido al auditor

  1. El Tribunal Supremo ha dictaminado más de una vez que el deber de cuidado incluye dos componentes principales que están entrelazados: un deber conceptual de cuidado y un deber concreto de cuidado. El deber conceptual de diligencia de un auditor respecto a la empresa auditada por él deriva del Reglamento 4 del Reglamento de Contables (Método de Operación de un Contable), 5733-1973 (en adelante: el "Reglamento de Contables"), que establece que "un contable realizará la auditoría con el debido cuidado profesional".  Este deber se expresa en la obligación de examinar cuidadosamente cada detalle e información e investigar sospechas reales, y obliga al contable auditor a esperar que el cliente pueda resultar perjudicado si se realiza un trabajo de auditoría negligente.  El deber concreto de diligencia se examina según las circunstancias específicas del caso, como representar al cliente ante las autoridades fiscales o realizar una auditoría anual (Apelación Civil 4024/13 Tikva - Pueblo para la Formación Profesional en Giv'ot Zeid en Tax Appeal v.  Aryeh Pinkovich, párr.  79 [Nevo] (29 de agosto de 2016) (en adelante: "el caso Tikva"); Caso Civil (Distrito Central) 18337-08-10 Shankol Marketing (1937) en Tax Appeal v.  Somekh Chaikin, párrafos 58-60 (10 de febrero de 2019) (en adelante: "el caso Shankol"); Caso Civil (Distrito de Tel Aviv) 53621-05-11 Hananya Gibstein contra Kesselman & Kesselman Registered Partnership, párr.  15 [Nevo] (13 de octubre de 2016)).
  2. La prueba para examinar la negligencia de un auditor es una prueba objetiva de un "contable razonable" en las circunstancias del caso. El contable no está obligado a tener el nivel de habilidad de un "contable perfecto" y no garantiza que los informes estén completamente libres de errores.  Su deber es tomar únicamente precauciones razonables, y un error honesto al ejercer su juicio profesional no constituye, por lo general, la responsabilidad en responsabilidad civil (Apelación Penal 494/76 Anonymous contra Anonymous, 31(3) 38, 50-51 (1977) (en adelante: "Caso Anónimo"); Acción colectiva (Económica) 61115-01-12 Mibel Investments in Tax Appeal contra Aurora Fidelity Trust Company Ltd., párr.  139 [Nevo] (27 de octubre de 2013) (en adelante: "Mabel Investments");Caso Civil (Distrito de Haifa) 1009/00 Israel Discount Bank en Tax Appeal v.  Broida & Co., Accountants, párr.  52 [Nevo] (22 de junio de 2008) (en adelante: "el caso Broida")).
  3. El auditor forma parte de un grupo de entidades profesionales externas a la corporación conocidas como "Guardianes de la Puerta". Su función principal es garantizar el interés del público inversor en obtener información fiable y precisa sobre la situación financiera de la sociedad, utilizando su amplio conocimiento profesional en derecho fiscal y contable (Apelación Civil 3506/09 Shlomo Sayig contra Kesselman & Kesselman Accountants, párr.  21 [Nevo] (4 de abril de 2011) (en adelante: "el caso Sayig"); Assaf Hamdani, "La responsabilidad de los guardianes en el mercado de capitales," Mishpat Ve-Business 5, nº 38 (2006)).  Más allá del examen técnico, el contable actúa como supervisor y auditor frente a los directivos y órganos de la empresa.  El propósito de la firma contable en una sociedad moderna es supervisar el consejo de administración en nombre de los accionistas, por lo que debe mantener total independencia respecto al organismo auditado (caso Tikva, párrafo 79; Ley de Sociedades Brutas Yosef 763 (2015) (en adelante: "Bruto")).
  4. Como parte de su papel de portero, el contable no puede conformarse con un examen mecánico de referencias. Debe abordar el trabajo de auditoría con "gafas exploratorias", examinar cuidadosamente cada detalle e información, investigar cualquier sospecha real que surja respecto a la entrada en los libros y llegar a la raíz de la situación financiera de la entidad auditada para asegurar una coincidencia entre la situación real y lo que se presenta en los informes.  Si existe alguna duda sobre la corrección de las declaraciones, debe hacer comentarios o dejar constancia en su opinión (Criminal Appeal 2910/94 Ernest Yefet contra el Estado de Israel, 5(2) 353, 445-446 (1996) (en adelante: "el caso Yefet"); El caso Hirshberg, párrafos 245-246; Apelación Penal 709/78 Estado de Israel contra Personas Desconocidas, 34(3) 673, 680 (1980) (en adelante: "Caso de Personas Desconocidas"); Apelación Civil 7406/22 Binyamin Dardor contra Shlomo Levy, párr.  13 [Nevo] (9 de agosto de 2023) (en adelante: "el caso Dardor"); La cuestión de la esperanza, versículo 79; la cuestión de Shankol, en el versículo 58; Caso Civil (Distrito de Tel Aviv) 1492-07 y Forget Ltd.  contra Porat Weksler Kodenchik & Co., CPA, párrafos 21-22 [Nevo] (27 de septiembre de 2010)).
  5. Más allá de la Sección 4 del Reglamento de Contables, el deber de diligencia también está fundamentado en la legislación. El artículo 170 de la Ley de Sociedades establece la responsabilidad del Contralor hacia la Compañía y sus accionistas:

"170.  (a) El contable auditor es responsable ante la Compañía y sus accionistas de lo que se expone en su opinión respecto a los estados financieros.

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