La sección 94 de los Estatutos de la Compañía estipula que "la Compañía no generará beneficios, y si se generan excedentes en la Compañía, por cualquier motivo u origen, estos se añadirán a la contraprestación debida a los proveedores de productos agrícolas por su producto, como parte de la contraprestación." De este precio, la empresa obtiene la contraprestación a la que el productor tendrá derecho por cada producto, de acuerdo con el precio de venta."
En otras palabras, se trata de una cláusula legal que define un "objetivo" que, en esencia, se acerca más a una institución sin ánimo de lucro que a una empresa que opera para maximizar sus beneficios (artículo 11 de la Ley de Sociedades; Sección 1 de la Ley de Asociaciones, 5740-1980). Por tanto, surge la cuestión de si un auditor razonable puede y debe esperar que el registro de los pagos especiales como activo sea susceptible de crear una presentación de estabilidad financiera a ojos de los inversores en bonos que invirtieron en Agrexco - una empresa que "no generará beneficios", o si las decisiones de inversión se basarán principalmente en la percepción de la empresa como una especie de brazo del Estado, de manera que rompa la supuesta conexión causal legal.
- Esta situación "única", en la que opera una empresa sin ánimo de lucro, se describe en la opinión de Barlev (pp. 15-16):
"D... De hecho, en los estatutos de la empresa, antes de su enmienda en diciembre de 2010, se determinó que la empresa no generaría beneficios, y si se generaban excedentes en la empresa, por cualquier motivo u origen, estos se sumarían a la contraprestación debida a los proveedores de productos agrícolas por sus productos, como parte de dicha contraprestación. Esta determinación, tomada de acuerdo con la política establecida por el Estado, sentó las bases para la conducta y el sistema de toma de decisiones de la empresa, que no eran comerciales en absoluto.
Cabe señalar que, a la luz de esta política, como parte de las obligaciones de la Compañía con los tenedores de bonos, la Compañía se ha comprometido a registrar un beneficio neto anual de al menos 10 millones de ILS, y que el patrimonio neto de la Compañía no será inferior a 40 millones de ILS. Como se muestra en retrospectiva, este compromiso no se cumplió y, por otro lado, la compañía continuó con su política original, tal como se había establecido en el momento de su fundación.