Del general al individuo
- En el presente caso, durante la mayor parte del periodo de empleo del demandante, el demandado no presentó informes de asistencia debidamente preparados.
- Mordechai afirmó que el registro de las horas de trabajo se realizó a lo largo de los años de diversas maneras: al principio los empleados informaban manualmente del número de horas realizadas, pero debido a quejas del cliente del servicio sobre inexactitudes, posteriormente se les exigía que los empleados informaran de asistencia mediante una solicitud (que indica la ubicación del empleado en el momento de la firma), pero como los empleados no siempre se presentaban desde el lugar de trabajo, más tarde se les exigía firmar la asistencia en el reloj de asistencia en la página web del demandado 2 (usando una huella dactilar) y aun así "olvidaban" firmar en la entrada o salida (Artículos 31-39 de la declaración jurada de Mordechai en la demanda de Mehri. Véase también el testimonio de Mardoqueo en las páginas 30-31 de Perú).
- A partir de una revisión de los informes de asistencia preparados en Excel para los meses 9/2020 - 12/2021 (inclusive), el horario laboral se indicó como horario de ronda (por ejemplo, 7:00 - 15:00) y no según el horario exacto, lo que pone en duda la fiabilidad de la inscripción. Estos informes no están firmados por ninguna de las partes. Mordechai declaró, como se indicó, que durante el periodo en que las horas se registraron en función de las horas reportadas por los empleados, estas se registraron en un informe de Excel que el demandado preparó y transfirió al proveedor de servicios para el pago de las horas (párrafos 33 y 38 de la declaración jurada de Mordechai en la demanda de Mehri). Según él, a veces el cliente se negaba a pagar alegando que el informe era incorrecto. Esto significa que estos son informes Excel que fueron preparados manualmente por el empleador (el demandado), sobre la base de un informe del empleado que no fue presentado (párrafo 38 de la declaración jurada de Mordechai).
- Para el mes de 1/2022 no se presentó ningún informe de asistencia.
- En los meses 2/2022 - 4/2022 (inclusive), el demandante declaró las horas trabajadas mediante una solicitud; durante este periodo, hay (en su mayor parte) una coincidencia entre el número de horas reportadas en el recibo y el número de horas reportadas en el informe de asistencia (excepto en el mes de 2/2022, para el cual se presentaron dos informes de asistencia , de los cuales solo uno coincide con lo indicado en la nómina). Como se indicó anteriormente, Mordechai alegó que la dificultad de este sistema era que los empleados no cooperaban: el demandante firmaba la solicitud sentado en casa o firmaba en la salida cuando ya estaba en su segundo trabajo (párrafo 34 de la declaración jurada del demandado). De hecho, una revisión de los informes de esos meses muestra que en algunos casos el demandante no estuvo presente en la reunión cuando informó de su presencia en la solicitud.
- Durante los meses de 5/2022 y 6/2022, se presentaron informes de Excel con horas de ronda.
Durante el mes de julio de 2022, no se presentó ningún informe de asistencia.
- Según los informes de asistencia, de agosto de 2022 a marzo de 2023, el demandante comenzó a informar estampando un reloj de asistencia en la página web del demandado 2. Algunos de estos informes carecen de datos sobre la hora de entrada o de salida. Mordechai argumentó que esto se debía a que el demandante "olvidó" firmar, y parece que esto explica la discrepancia entre el número de horas en las nóminas y los informes de asistencia de los meses 8/2022, 10/2022, 11/2022 y 12/2022 (el número de horas en la nómina supera al número de horas en el informe). Para el mes de septiembre de 2022, se presentaron dos informes de asistencia. En los meses 23/1 - 23/3 hay una coincidencia entre el número de horas registradas en el informe y el número de horas registradas en el papel.
- Además, algunas de las nóminas (correspondientes a los meses de 11/2020, 9/2021, 4/2022 y 5/2022) contienen pagos por diferencias salariales, sobre las cuales Mordechai testificó que esto se hizo basándose en la declaración de los empleados (párrafos 35, 37-39 de la declaración jurada de Mordechai). En su testimonio, Mordechai no pudo explicar por qué la nómina de 11/2020 contenía diferencias salariales de 30 horas respecto al mes anterior, que no fueron reportadas en el informe de octubre de 2020 (véase su testimonio en p. 42, párrafos 7-24 de Perú). Posteriormente declaró que completaría horas para no perder empleados.
De esto se deduce que la propia demandada admitió que el registro en los informes de asistencia no corresponde necesariamente a las horas realmente realizadas (de lo contrario, no habría habido necesidad de pagar diferencias salariales por aquellas horas que no aparecen en los informes y que se suman a lo que se indica en ellos).
- Además, en algunos casos, la clasificación de las horas según lo indicado en el informe - regular, adicional con un valor del 125% o 150% no corresponde a las horas reales que aparecen en la nómina. Además, en algunos meses, el demandante recibía un pago de horas extra valorado en el 125% y no en el 150%, aunque según las horas indicadas en el informe de asistencia, se suponía que debía recibir un pago por un valor del 150%. Esto significa que no es posible determinar con certeza que la entrada en las nóminas refleje con precisión las horas reales de trabajo que el demandante ha trabajado (el total de horas y su valor).
- En vista de lo anterior, en relación con los informes que se prepararon manualmente (para los meses 9/2020 - 12/2021 y para los meses 5/2022 y 6/2022), desde el momento en que la notificación en ellos se basa en horas de ronda, y no son firmados por el empleado ni por el empleador, y en algunos casos también se encontraron inexactitudes o discrepancias entre el registro en el informe y el registro de las horas en la nómina, la carga de la persuasión pasó al demandado para demostrar los días y horas laborales del demandante. Esto también es cierto respecto a los meses en los que no se presentaron informes (meses 1/2022 y 7/2022).
Sin embargo, en cuanto a los meses en que se realizó la notificación mediante la solicitud (2/2022 - 4/2022 (inclusive)) o mediante el reloj de asistencia en la web del Demandado 2 (meses 8/2022 - 3/2023), estamos convencidos por la revisión de los informes de que el propio demandante causó el daño probatorio, tanto porque en algunos casos no informó en el sistema desde el lugar de trabajo como porque en otros no cumplió su obligación de firmar la asistencia, y por tanto la carga sigue recayendo sobre los hombros del demandante.