Casos legales

Conflicto laboral (Tel Aviv) 44232-09-22 Woldemariam Mahari – Limpieza Brillante M.B. Clean Ltd. - parte 47

February 23, 2026
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A continuación se presenta una tabla comparativa entre las sumas a las que tenía derecho el demandante y las cantidades pagadas:

 

  Antimonopolio por pago en ILS Antimonopolio pagado en un resguardo ILS (regular, extra y sábado) Diferencia en ILS
Ago-21 6,275.4 6,246 -29.4
Sep-21 7,596.7 8,445 848.3
Oct-21 6,348.2 6,246 -102.2
Nov-21 6,275.4 6,246 -29.4
21 de diciembre 6,581.1 6,538 -43.1
22 de enero 3,640.0 3,494 -146.0
22 de febrero 5,428.0 5,275 -153.0
22 de marzo 6,586.6 6,616 29.4
Abr-22 4,357.1 4,208 -149.1
Mayo-22 6,411.5 6,712 300.5
Antimonopolio 59,499.8 60,026 526.2

 

  1. Sobre la base de lo anterior, determinamos que, a pesar de los errores en la clasificación de las horas, Ayoub recibió el pago completo (y aún más) y, por tanto, no tiene derecho a las diferencias respecto al trabajo extra y el descanso semanal, por lo que la reclamación debe ser desestimada.

Pago por convalecencia

  1. Como se ha indicado anteriormente, hemos determinado que la versión del demandante, según la cual la entrada en las nóminas refleja solo la multiplicación de las horas trabajadas con el salario por hora que él reclamó, es incorrecta, y por tanto su argumento de que el pago en los recibos de nómina por la convalecencia no debe ser tenido en cuenta puede ser rechazado. Sin embargo, contrariamente a la afirmación del demandado, existen diferencias en el pago, y lo explicaremos.
  2. Para el periodo del 8/2021 al 5/2022 (inclusive), el demandante tenía derecho a 5,83 días de convalecencia (= 10/12 meses * 7 días) * ILS 423 por día = ILS 2.467. En la práctica, recibió 2.298 ILS en las nóminas correspondientes al periodo mencionado.  Por lo tanto, el demandante tiene derecho a una diferencia de 170 ILS.

Redención de las vacaciones anuales

  1. El demandante solicita el pago de la redención de vacaciones, alegando que durante el periodo de empleo no tomó permiso remunerado y que, incluso al final del empleo, no recibió vacaciones, basándose en el siguiente cálculo - 12 días * 8 horas * 37 ILS = 3.552 ILS.
  2. Por otro lado, el demandado alega que le pagó la suma de 2.330 ILS en este componente durante el periodo de empleo y, por tanto, no quedaba saldo por pagar.
  3. Dado que el demandante trabajó durante 10 meses, su derecho debe calcularse conforme al artículo 3(c) de la Ley de Vacaciones Anuales, teniendo en cuenta su antigüedad y el número real de días trabajados. Por lo tanto, el número de días de vacaciones por los que el demandante tiene derecho a la redención debe calcularse de la siguiente manera:

Para los meses de 8/2021 al 30.12.2021, en los que el demandante trabajó efectivamente durante 131 días, tiene derecho a un redende de 131/240 * 14 días de vacaciones = 7,64 días de vacaciones, y tras deducir días parciales - 7 días de vacaciones.

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