Casos legales

Apelación de una demanda colectiva (Nacional) 5797-10-24 Itay Pinkas Arad – Servicios de Salud de Maccabi - parte 9

March 12, 2026
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Los programas complementarios se encuentran en el segundo nivel, que se sitúa en el medio entre el nivel público-universal (que es el primer nivel) y el nivel privado (que es el tercer nivel), y aparentemente existe una fusión entre estas dos dimensiones.  La dimensión privada se expresa en la naturaleza voluntaria del estrato, es decir, unirse a él es resultado de la elección del asegurado y no está obligado a unirse.  Este, a diferencia del primer nivel, es el público universal, donde la membresía es obligatoria (artículo 4 de la ley).  La dimensión pública deriva principalmente de la esencia de los servicios de salud y su conexión con el derecho constitucional a la vida, y está plasmada en las diversas disposiciones del artículo 10 de la ley, que imponen mayores obligaciones a los planes de salud hacia sus asegurados.  Así, por ejemplo, el plan de salud está obligado a añadir a todos los miembros al programa, independientemente de su situación financiera o médica, sujeto a un periodo uniforme de cualificación para todos los miembros del programa (sección 10(c)); La cuota de membresía es uniforme para cada grupo de edad, en contraposición a su determinación individual según las características personales (sección 10(e)); El programa está comprometido con la igualdad entre los becarios, sujeto a las disposiciones de las secciones 10(c) y 10(d)); El plan constituye un acuerdo de "equilibrio mutuo únicamente", y ampliaremos esto a continuación (sección 10(b)); Al Ministerio de Sanidad se le conceden amplios poderes de supervisión y control similares a los que le otorgan en relación con el nivel público universal (sección 10(g)); También se le conceden poderes adicionales relacionados con la aprobación del plan y cualquier cambio en el mismo (10(a)) y el aspecto de la información financiera (sección 10(g)).  El tejido de estas disposiciones da expresión a la dimensión pública que domina este plan, que en nuestra opinión tiene un peso considerable."

También se dictaminó en el  caso Kfir Sapir que:

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