Casos legales

Tribunal Superior de Justicia 1898/06 Ministerio del Interior contra Tribunal Nacional de Trabajo de Jerusalén – Administración de los Tribunales - parte 15

March 24, 2008
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No creo que el deber de "actuar con autocontrol" equivalga a dar una interpretación restrictiva al concepto de empleado, o a dictar una interpretación restrictiva del término "trabajador" mientras se adhiere al principio de una definición rígida dentro de su alcance.  Precisamente porque este es un tribunal único diseñado para ofrecer solución a problemas en el ámbito de las relaciones laborales y la protección de los empleados, el énfasis debe estar en ofrecer una solución para todo tipo de trabajadores, sin dejar fuera a ciertos empleados de la cerca.  IIAudiencia del Tribunal Nacional Laboral 45:3-96 Departamento de Construcción del Kibutz Artzi - AbedEn Pidgin 29 151, el presidente Adler dijo lo siguiente:

"En ausencia de legislación que proteja a los trabajadores -empleados en complejas relaciones laborales, que incluyen varios órganos jurídicos- es deber de jurisprudencia liberarse de un enfoque formal, esforzarse por garantizar los derechos garantizados a los empleados en las leyes protectoras del derecho laboral y promover los objetivos de dichas leyes" (p.  161).

Aunque las circunstancias allí eran diferentes, la razón detrás del asunto también es relevante para nuestro caso.  IIApelación Laboral 300245/97 Asulin contra la Autoridad de Radiodifusión, PD 66 689 (2001) (en adelante: El asunto Asulin) el tribunal dijo que "La tendencia de este tribunal es preferir el compromiso real sobre el formal en casos en los que tratamos patrones laborales inusuales.".  Exponer el "compromiso real" ahí equivale a determinar la "verdadera" naturaleza de la relación laboral entre el cargo electo y la autoridad local (o el estado en nuestro caso), quizás sea otro de los "patrones laborales inusuales" tras los cuales se oculta la relación entre empleado y empleador.  En el asunto Leibowitz A la que se refirió el Estado, hubo una disputa entre los jueces del panel sobre si las reclamaciones derivadas de la relación trabajador-empleador deben excluirse del marco legal, "cuando una o ambas partes del procedimiento no son el empleado o el empleador en sí, sino sus supervivientes o albacea de su patrimonio." El juez minoritario opinó que la legislatura no tenía la intención de excluir estas reclamaciones del marco legal y que aceptar la opinión opuesta sería ilógico y contradecería el propósito general de la ley e incluso otras partes de la misma "...  Estamos tratando con una ley social que debe interpretarse de forma liberal para no frustrar el claro propósito de la legislatura".  La opinión mayoritaria (a la que se refirió el Estado) también aceptó que, cuando sea cuestión de interpretación en un sentido u otro, el tribunal agotará todos sus poderes.  Me parece que, para nuestros propósitos, el agotamiento de todos los poderes es compatible con el reconocimiento de la autoridad del tribunal para conocer el asunto.

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