Casos legales

Autoridad de Apelación Civil 6607/19 Estado de Israel – Policía de Israel contra Moti Yakubov - parte 7

February 12, 2020
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Opino que, aunque la suma reclamada está dentro de la jurisdicción exclusiva del Tribunal de Magistrados y es un ataque indirecto que técnicamente está dentro de la jurisdicción del tribunal, el tribunal debería haber "levantado el telón" sobre la reclamación y tenido en cuenta su esencia, así como el hecho de que el solicitante no agotó primero el procedimiento administrativo (ibid., 2, párrafo 4).

  1. El demandado ni siquiera puede basarse en el hecho de que no buscó revocar una de las decisiones administrativas que atacó, sino que afirmó que estas establecen su derecho a daños contractuales y por responsabilidad civil. Aceptar este argumento conducirá a la conclusión de que "...  En cada asunto, será posible eludir la autoridad sustantiva del Tribunal Administrativo o del Tribunal Superior de Justicia, añadiendo una 'etiqueta de precio' a la 'petición' que se presentará.  Plantear la alegación de que se causó un daño económico como resultado del supuesto incumplimiento, y reclamar un alivio económico, planteará cuestiones claras de política gubernamental, por ejemplo, que se escuchen ante los tribunales civiles" (caso Golan, en el párrafo 3 de mi opinión).  Por lo tanto, asignar un precio a una reclamación no es una varita mágica que cambie la naturaleza de la reclamación ni los asuntos sustantivos que aborda.  Una reclamación que es esencialmente administrativa seguirá siendo así, incluso si se solicita un alivio económico al principio.  Cabe señalar que en nuestro caso no tratamos decisiones relacionadas con la política gubernamental que sean atacadas por el demandado en su demanda, sino que hay consideraciones de la Policía de Israel, que es el organismo responsable de mantener el orden público y proteger al público en lo que respecta al reclutamiento, colocación y despido de un agente de policía.  Estas consideraciones no se refieren solo al demandado, sino a todos los que sirven en la Policía de Israel en diversos cargos y rangos.  La legislatura determinó que los asuntos relacionados con estas consideraciones serían remitidos al Tribunal de Asuntos Administrativos.  Esto no debería eludirse tan fácilmente declarando que el demandante no está interesado en volver al servicio policial, sino que solo busca recibir una compensación.  No es el número en forma de demanda financiera lo que cuenta.  El resultado será que muchas demandas que la legislatura ha definido como administrativas serán juzgadas ante los tribunales civiles (para más información, véase: Justice Dr.  Yaakov Shaked, Indirect Assault in Criminal and Civil Proceedings, 270-280 (2020)).

El foco aquí está en la conducta de la administración y no en una disputa civil.  El Tribunal Administrativo es el panel que está familiarizado con este tipo de reclamaciones.  Cabe señalar que el Tribunal Administrativo está destinado a proporcionar una solución al proceso, cuyo núcleo está la relación entre el individuo y el Administrador.  De hecho, es posible que un caso que involucre a un ministerio gubernamental que incumpla un contrato de construcción, por ejemplo, sea juzgado en un tribunal de magistrados o distrito, según el alivio económico.  Pero hay dos pisos en nuestra carnicería.  La primera planta es que estamos tratando una relación laboral entre un empleador y un empleado.  La segunda planta es que es una reclamación que trata un caso en el que el empleador es un órgano administrativo - La Policía de Israel.  Esta naturaleza del procedimiento se vuelve dominante.  Parece que la audiencia de la reclamación económica del demandado se centra en los aspectos administrativos de su empleo por parte de la policía.  Si este es el caso, no es posible eludirlo mediante una reclamación monetaria, sino que debe examinarse la naturaleza del procedimiento y la intención del legislador respecto a la cuestión de la jurisdicción sustantiva.  El mero hecho de que el objetivo final del demandado sea el dinero no quita la autoridad del tribunal administrativo.

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