Casos legales

Conflicto laboral (Be’er Sheva) 57632-01-25 Dvir Alon – Estado de Israel – Policía de Israel - parte 3

August 3, 2025
Impresión

El Demandado reiteró que el trasfondo de la reclamación es el despido, pero que se trata de una reclamación económica debido al prolongado acoso del Solicitante.  El Demandado argumentó además que el Demandante no alegó falta de autoridad sustantiva en el procedimiento que tuvo lugar en la solicitud de una orden cautelar por parte del Demandado, y que, como prueba, el rechazo de la orden no se debió a una falta de autoridad sustantiva.

Discusión y decisión

El marco normativo

  1. Los Reglamentos 44 y 45 del Reglamento del Tribunal Laboral (Procedimientos) 5752-1991 (en adelante: los "Reglamentos") permiten al Tribunal Laboral ordenar la desestimación o desestimación de la reclamación en línea de plazo, por las siguientes razones:

"44.  Eliminación de una declaración de reclamaciones in limine

El tribunal puede, en cualquier momento, a petición de una parte o incluso sin tal petición, eliminar de inmediato una declaración de reivindicaciones por uno de los siguientes motivos:

(1)       La escritura no muestra una causa;

(2)       Por la declaración de reclamaciones, parece inquietante o molesta;

(3)       El litigante está obligado, en virtud del artículo 18(d) de la Ley, a actuar en relación con una declaración de reclamaciones que presentó y que no la realizó a tiempo

  1. Rechazo sin control

(a) El tribunal podrá en cualquier momento, a petición de una parte o incluso sin tal solicitud, desestimar de plano una acción contra un demandado por una de las siguientes razones:

(1)       El acto del tribunal;

(2)       falta de autoridad;

  1. (3) Cualquier otra razón por la cual el tribunal crea que la demanda respecto a ese demandado puede ser desestimada en primer lugar..."
    La regla es que "Eliminar una reclamación o desestimarla in limine es una medida tomada sin elección, y resolver la disputa, por sus méritos, siempre es preferible." (Apelación Civil 693/83 Shemesh contra el Registro de la Propiedad, IsrSC 40(2) 668, 671 (1986)), aún más en los tribunales laborales; Como se determinó - "El remedio de la desestimación in limine lo ejerce el tribunal con la mano cerrada y con moderación, y en los tribunales es aún más breve." (Audiencia del Tribunal Nacional de Trabajo (Nacional) 51/3-195 Máquinas de traducción de software en apelación fiscal - Amichai Segal, PDA 23 275, 277 [Nevo] (1991)).
  2. En nuestro caso, el Demandante solicitó la desestimación de la demanda in limine debido a la falta de jurisdicción sustantiva del Tribunal, debido a la jurisdicción exclusiva conferida al Tribunal de Asuntos Administrativos conforme al Artículo 93A de la Ordenanza de Policía.
  3. La autoridad del Tribunal Laboral está regulada en el Artículo 24 de la Ley de los Tribunales Laborales. El artículo 24(a)(1) de la Ley establece que un tribunal regional tendrá jurisdicción única para resolver -

"En reclamaciones entre un empleado o su sustituto y el empleador o su sustituto derivadas de una relación empleado-empleador, incluyendo la cuestión relativa a la propia existencia de una relación empleado-empleador, y con la excepción de una acción que surgió enla Ordenanza de Responsabilidad Civil"

  1. La jurisdicción del Tribunal de Asuntos Administrativos está regulada en la Sección 5 de la Ley de Tribunales de Asuntos Administrativos, 5760-2000, que establece lo siguiente:

"Un tribunal para asuntos administrativos escuchará lo siguiente:

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