Casos legales

Caso civil (Tel Aviv) 41953-01-17 Eliyahu Knefler contra Avi Nehemia - parte 32

February 8, 2026
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La prueba decisiva en este sentido es la existencia de una "afinidad excedente", que se suma al interés ordinario del accionista en aprobar la transacción.  Y como señaló el Honorable Juez, como se le describió en su momento, Amit "una conexión excesiva por parte de una parte interesada no es suficiente por sí sola para establecer un 'interés personal' para él, y 'el peso de la conexión excesiva en relación con la transacción en cuestión, en el contexto de las demás circunstancias del caso', siempre debe examinarse" (Vardnikov en el párrafo 32).

Y en la medida en que se encuentre tal conexión, y en la medida en que desde el punto de vista del Sr.  Nehemiah las transacciones en cuestión con el Sr.  Knepfler y el Grupo Dayan fueran tales que él tuviera un interés personal en ellas, se aplicarán a ellos las disposiciones del artículo 270 de la Ley de Sociedades, y deberán realizarse conforme a los procedimientos especiales prescritos en la ley.

  1. No hay disputa en que, en nuestro caso, no se cumplieron los procedimientos especiales prescritos para aprobar las transacciones de una parte interesada. Para continuar el análisis, asumiré a favor del Sr. Knepler y en detrimento de los demandados que tales transacciones fueron realmente discutidas desde el punto de vista del Sr.    Cabe enfatizar que no estoy determinando que esto sea realmente así, pero supongo que es así.  Como veremos más adelante en el análisis, esta suposición no cambia la conclusión de que la reclamación debe ser desestimada.

También es importante enfatizar que todos los elementos del interés personal que el Sr.  Knepler afirma eran abiertos y conocidos.  Se revelaron en los informes y reportes de la empresa.  No hay disputa en que los directores eran conscientes de las garantías personales del Sr.  Nehemiah, su control sobre las empresas relevantes, su salario y su interés separado en aliviar la precaria situación financiera de la empresa.

Para efectos de análisis, asumiré que los demandados no tienen la defensa de la "regla del juicio empresarial"

  1. Las partes discrepan sobre la cuestión de si los demandados tienen derecho a defender la "regla del juicio empresarial".

Como señaló el Honorable Juez, como se le describió en su momento, como colega en el caso Verdnikov , "En esencia, esta norma otorga al funcionario una especie de 'inmunidad' frente al ejercicio de una revisión judicial sustantiva del contenido de la decisión empresarial tomada, cuando se cumplen tres condiciones: primero, que la decisión no se tome por un conflicto de intereses; La segunda es que la decisión se tomó de buena fe (subjetiva); y la tercera - la decisión fue 'informada', es decir, tras revisar los datos y sopesar las consideraciones relevantes (decisión informada)" (párrafo 69 [énfasis en el original]).  Quienes cumplen las condiciones disfrutan, por regla general, de una presunción de corrección, lo que llevará a que un tribunal no examine la acción empresarial por su fondo.

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