Casos legales

Caso civil (Tel Aviv) 41953-01-17 Eliyahu Knefler contra Avi Nehemia - parte 54

February 8, 2026
Impresión

De hecho, no se puede decir que este argumento sea insignificante ni que la violación de las normas de gobierno corporativo no tenga significado en la medida en que se hayan violado.  Pero la cuestión es si él valora su peso en la relación entre la contrademandante y los directores.  Este asunto podría afectar mucho la relación entre el señor Nehemia y la empresa.  En la medida en que incumplió su deber de confianza hacia ella, y no determino que así fuera, puede que tenga que devolver los beneficios que generó como resultado a la empresa (véase la discusión en el caso Deri, en el párrafo 102).  Sin embargo, todo lo anterior se aplica a la relación entre el Sr.  Nehemia y la empresa.  No trata la relación entre el Sr.  Nehemia ni los directores y un tercero como el Sr.  Knefler.  Este asunto en sí mismo no afecta a la relación entre ellos, ni establece una relación de vecindad en responsabilidad civil ni responsabilidad por el delito de causar un incumplimiento de contrato.

  1. Este conjunto de consideraciones lleva a que, incluso si partimos de la estricta suposición de que la transacción fue discutida por una parte interesada, las circunstancias del presente caso no conducen a la imposición de responsabilidad personal a los directores. Como se ha señalado, la cuestión de la validez de la transacción con el Grupo Dayan no está sujeta a examen en absoluto y, desde un punto de vista material, la falta de realizar el procedimiento relevante no perjudicó a la empresa, a sus accionistas ni al interés personal directo del Sr.   Por tanto, este asunto no cambia la conclusión que se está formando.

Resultado provisional

  1. La demanda contra los demandados 2-4 queda desestimada. Aunque no existe base para imponer responsabilidad a estos demandados, no es necesario examinar las disputas relativas a los daños que constituyen la base de la reclamación contra ellos.

Las reclamaciones sobre la responsabilidad del Sr.  Nehemiah

  1. Ha llegado el momento de dirigir nuestra mirada hacia el señor Nehemías.
  2. El caso del señor Nehemiah es diferente al de los otros directores. Como accionista mayoritario y gestor de la empresa, fue el "espíritu viviente" en las negociaciones con el Sr.   Él mismo le presentó las distintas representaciones relacionadas con el acuerdo.  Acompañó personalmente los acontecimientos y los resúmenes intermedios.  Por lo tanto, aumenta la posibilidad de establecer las relaciones de vecindad necesarias para el establecimiento de responsabilidad en daños o en la misma rivalidad directa, en la medida en que se determine que cometió engaño o actuó de mala fe subjetiva, lo que también puede establecer una conducta que está inmersa en consideraciones ajenas que a su vez pueden establecer responsabilidad por el delito civil de causar un incumplimiento de contrato.
  3. Al examinar el asunto de los directores, se rechazaron las afirmaciones del Sr. Knepfler de que le habían engañado a la luz de las representaciones hechas en el marco del acuerdo con él. Estas conclusiones también son relevantes para el señor Nehemías.

De hecho, el señor Knafler afirma que la imagen que le presentó el señor Nehemías, al principio, era demasiado optimista y, por tanto, engañosa.  Sin embargo, también reconoce que ya se enteró de la problemática situación de la empresa en la fase de la debida diligencia realizada por la Fundación Tamir-Fishman (véase arriba en los párrafos 136 en adelante).  Según él, esta es la razón por la que se hicieron cambios a su favor en el borrador de acuerdo que se está formulando con la empresa.  Por tanto, la presentación optimista del señor Nehemías al principio del viaje no puede establecer su responsabilidad personal.

Parte previa1...5354
55...69Próxima parte