| Tribunal de Magistrados de Nazaret | |||
| Caso Civil 61279-01-22 Anonymous contra la Policía de Israel/División de Policía Fronteriza y otros.
Carcasa exterior: |
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| Antes | El Honorable Juez Elad Tal | ||
| Demandante | Anónimo por abogado | ||
| Contra | |||
| Demandados | 1. Policía de Israel/División de Policía de Fronteras por el Fiscal General
2. Ami Nidam por abogado |
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| Estado. Designación de terceros | |||
Decisión
Ante una moción para desestimar la demanda in limine.
- Nuestro asunto en la reclamación según La Ordenanza de Responsabilidad Civil [Nueva versión] (En adelante: "La Ordenanza de Responsabilidad Civil"), por lesiones corporales y mentales causadas al demandante durante su trabajo para el demandado 1, cuando el demandado 2 era el comandante directo del demandante. Según la demanda, el demandante comenzó su servicio regular con el demandado 1 en 1994. A partir de noviembre de 2018, empezó a sufrir un trato humillante por parte del acusado 2, quien incluso lo boicoteó y le excluyó de yeshivot y de un grupo de WhatsApp que se abrió, le quitó sus poderes, hasta que se volvió inútil en el trabajo. La conducta de su comandante directo, tal como se detalla en la declaración de la demanda (párrafos 14-16), que incluso pretendía provocar la terminación del contrato del demandante, le causó problemas físicos y mentales que afectaron su funcionamiento y necesitó tratamiento mental, lo que provocó el brote de una enfermedad autoinmune en su esposa. Dadas las circunstancias, el demandante tomó una baja médica prolongada y, a su regreso, no volvió a su puesto, lo que le hizo perder la confianza en el sistema, y se retiró de la baja el 1 de enero de 2020 y se retiró del servicio el 31 de mayo de 2020. El 17 de enero de 2021 comenzó a trabajar como subdirector de operaciones en el municipio de Afula, pero se vio obligado a dejar el cargo tras 5 meses debido a su estado mental. El 17 de febrero de 2021, un comité médico del Consejo de Seguridad Nacional determinó que el demandante tenía una discapacidad médica permanente del 10% (no se adjuntaron documentos del comité, no está claro para qué cláusula de discapacidad). Según el demandante, los demandados fueron negligentes con él, le acosaron y no se comportaron como lo habría hecho un empleador razonable ante su malestar mental, por lo que deben compensarle por los daños que le causaron.
- Antes de presentar una declaración de defensa, los demandados presentaron esta moción.
- Según los demandados, a pesar de que el demandante eligió formular la demanda como una reclamación monetaria, esta es una reclamación que es esencialmente una relación laboral entre las partes, cuando en la declaración de demanda se alegaba contra el demandado 1 que no se comportó como un empleador razonable, que no le proporcionó condiciones laborales adecuadas, que el demandado 2, su comandante directo, le maltrató y fue destituido ilegalmente de su puesto. Además, el acusado 1 violó sus derechos en lo que respecta a la provisión de apoyo emocional. Todos estos son motivos encontrados por el Tribunal de Asuntos Administrativos, y este panel carece de jurisdicción sustantiva para conocer la reclamación.
- En su respuesta, el demandante alegó que estaba solicitando una compensación por lesiones corporales sufridas durante su trabajo, y que no estaba atacando directa o indirectamente una decisión administrativa ni intentando cambiar dicha decisión. El demandante se jubiló de su puesto por iniciativa propia y no exige compensación por ello. La conducta del Demandado 2 hacia él no es exclusiva del lugar de trabajo y no constituye una decisión administrativa. La decisión de destituirlo se tomó tras su regreso de una larga baja por enfermedad, y su daño ya había empezado a formarse. Por lo tanto, la moción de desestimación es legal.
Discusión y decisión
- Tras revisar los argumentos de las partes, descubrí que la solicitud debía ser rechazada.
- Como es bien sabido, la autoridad sustantiva suele determinarse según la prueba de remedio (Autoridad de Apelación Civil 3749/12 Bar-Oz contra Sater [Publicado en Nevo] (Publicado el 1 de agosto de 2013)). Sin embargo, existen situaciones en las que la jurisdicción sustantiva se examinará no en función del remedio solicitado, sino también en relación con la causa de la acción o la identidad de los litigantes. Según los demandados, este también ocurre en este caso, cuando la identidad de las partes es suficiente para determinar que este panel no tiene jurisdicción para conocer la reclamación, ya que existe un en la que un ataque indirecto al acto gubernamental pertinente, y en el 93A La Ordenanza de Policía tiene un sistema único que otorga al Tribunal de Asuntos Administrativos jurisdicción exclusiva para juzgar.
- En la medida en que la decisión del tribunal exige examinar la conducta de las partes responsables de los términos de servicio del demandante y la forma de su empleo, incluyendo un examen de sus consideraciones profesionales y de otro tipo, todo ello en el marco del desempeño de sus funciones, la autoridad exclusiva para conocer estos asuntos corresponde al Tribunal de Asuntos Administrativos, incluso si se presentaron en el marco de la reclamación bajo el pretexto de una reclamación por responsabilidad civil. La jurisprudencia trata casos en los que sería apropiado establecer excepciones únicamente a la prueba de remedio. Se sostuvo que el hecho de que el demandante eligiera adjuntar a sus reclamaciones una demanda de pago para convertir su reclamación en un 'asalto indirecto' permitido en el tribunal civil no debe considerarse como " En estos casos, es necesario aclarar la naturaleza de la reclamación: ¿es civil o administrativa? ¿Es esto un ataque indirecto real o es un ataque directo "disfrazado"? (Véase, por ejemplo Autoridad de Apelación Civil 88/17 Golan contra el alcalde de Tel Aviv - Ron Huldai, [publicado en Nevo] publicado el 9 de mayo de 2018 (en adelante: el caso Golan), en los párrafos 2-3). Con esta claridad, el remedio buscado puede servirnos como ayuda, como indicación. Pero el alivio no lo es todo ... Asignar un precio a una reclamación no es una varita mágica que cambie la naturaleza de la reclamación ni los temas sustantivos que aborda " (ר' Autoridad de Apelación Civil 6607/19 Estado de Israel - Policía de Israel contra Moti Yakubov [Publicado en Nevo] (Publicado el 12 de febrero de 2020)).
- Una revisión de la declaración de demanda muestra que el marco procesal con el que tratamos es el delito delictivo de negligencia, es decir, una causa de acción. Cuando Para imponer responsabilidad extracontractual al empleador por el delito de negligencia, el demandante debe señalar el deber de cuidado del empleador hacia él, que consiste en un deber conceptual y concreto de diligencia; En negligencia que constituye una violación del deber de cuidado Lo anterior; y la existencia de una conexión causal fáctica y jurídica entre el incumplimiento del deber de cuidado y el daño causado (Apelación Civil 145/80 Vaknin contra el Consejo Local de Beit Shemesh, IsrSC 37(1) 113, 122 (1982)); Apelación Civil 3580/06 Yosef contra el Estado de Israel ([Publicado en Nevo]). En otras palabras, el tribunal estaba obligado a considerar la cuestión de si existían fallos en la conducta de los demandados hacia el demandante y si constituían negligencia, ya que supuestamente eran conscientes de su estado mental.
- Los Tribunales de Derecho de Asuntos Administrativos, תש"ס - 2000 Afirma:
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- El Tribunal de Asuntos Administrativos escuchará lo siguiente:
(1) Una petición contra una decisión de una autoridad o un organismo suscrito al Primer Anexo en materia de suscriptor del Primer Adenda, y con la excepción de una petición en la que el principal recurso solicitado se refería a la promulgación de reglamentos, incluyendo la derogación de los reglamentos, la declaración de su nulidad o la emisión de una orden para promulgar reglamentos (en adelante - petición administrativa);