Casos legales

Reclamación organizativa (entre el sindicato de empleados y los trabajadores) (Jerusalén) 3166-07 Ronen Shweig contra Hapoel Jerusalem Football Club - parte 8

August 21, 2011
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Además, los demandados presentaron otras reclamaciones relacionadas con el periodo de empleo y la terminación del mismo, y también las examinaremos en relación con cada demandante.

Método de cálculo de la compensación y su tarifa

  1. En cuanto al cálculo de la indemnización por despido, existe una disposición específica en los acuerdos de todos los demandantes que establece que, en una situación en la que se determine el derecho a la indemnización, el salario determinante para fines de cálculo será el salario mínimo según la Ley del Salario Mínimo.

El salario mínimo es una cantidad determinada según una disposición legal que se actualiza oficialmente en la Colección de Publicaciones.  Por lo tanto, no se puede decir que un acuerdo que haga referencia a esta ley sea injusto.  Los demandantes fueron interrogados y confirmaron que firmaron los acuerdos por voluntad propia.  El argumento de los demandantes de que las primas y bonificaciones por puntos también deberían incluirse en el salario no debe ser aceptado, en primer lugar, ya que son componentes que dependen del asunto y no son automáticos ni ficticios; en cualquier caso, los demandantes no demostraron que sean componentes que deban incluirse en la compensación exigida por la jurisprudencia.  En esencia, los componentes constituyen un suplemento condicional que no está incluido en la base de indemnización, tal y como se establece en el Reglamento de Indemnización por Despido y en la jurisprudencia relativa a los suplementos condicionales.

y segundo, estas adiciones no constituyen una base para la indemnización por despido, ya que no hay ninguna disposición positiva en el acuerdo respecto a su inclusión en dicha indemnización.  Concluimos que la cláusula 10B del acuerdo es razonable, que cumple con el requisito de proporcionalidad, se refiere a las disposiciones de la ley y ha recibido la aprobación de su organismo profesional discrecional, es decir, la Asociación Israelí de Fútbol y su Autoridad de Control Presupuestario.  El tribunal no intervendrá en el contenido del contrato ni en esta cláusula a la luz de lo anterior.

  1. La sentencia en el caso de C.A.  3298/06 Shlomo Iluz contra Debe examinarse Hapoel Be'er Sheva (Nevo), en el que se determinó que "el salario será el 75% del total de los pagos que le pagará el grupo".  Esto se debe a que cambió su puesto a entrenador asistente y sus circunstancias específicas no coinciden con los hechos y acuerdos que tratan de este procedimiento, en el que solo participan jugadores de fútbol americano.

Ya se ha señalado anteriormente que se preguntó a los demandantes si firmaron voluntariamente el contrato y entendieron lo que estaba escrito y confirmaron que así era.  Por esta razón, lo que se establece enla línea de transferencia del lugar de la audiencia Davidiana no se aplica, cuando el tribunal planteó una verdadera duda sobre el conocimiento del demandante de la cláusula contractual allí.

  1. Un examen de los acuerdos de los demandantes para la última temporada de H.H.  Schweig, Gola y Avrahami recauda sumas cercanas al salario mínimo durante ese periodo de manera proporcional.  El salario mínimo en 1/03 era ILS 3335.  Por ejemplo, Dado Dahan en 2001/2002 ganó 3.400 ILS al mes, Eyal Avrahami en 2001/2002 ganó 3.700 ILS, por lo que en ese momento los contratos eran realistas y justos en relación con la estipulación del salario mínimo como base para la indemnización.

En relación con el acuerdo de Ohayon de mayo de 2006, que se retrasó tres años, se discutió la suma de ILS 11.000 al mes; en ese momento el salario mínimo era de ILS 3.456, pero cuando en cualquier caso el cálculo de la indemnización en su declaración jurada no tiene ninguna relación con esta suma mensual y su cálculo no es legalmente correcto ni de otro modo (párrafo 7 de su declaración jurada), En cualquier caso, la cantidad del salario mínimo no es importante en su caso.

  1. En la sentencia en el asunto de apelación laboral 300250/08 Uri Isaac contra La Autoridad Israelí de Planificación del Agua, en una Apelación Fiscal (publicada en Nevo) (Plugata 4), dictaminó que, para determinar las relaciones entre las partes, el camino debe ser tanto "completo" como "bidireccional" para conceder derechos.  No existe disputa sobre el estatus de los demandantes.  En cuanto a la disputa sobre la tarifa fijada para los derechos, no hay motivo para desviarse de lo que establece el contrato escrito que se celebró con ellos según su consentimiento explícito.
  2. En el caso Yanai Cohen, se sostuvo que, dado que los jugadores son empleados temporales que trabajaron bajo contratos de trabajo por periodos fijos, y cuando su contrato no fue renovado, tienen derecho a indemnizaciones.  Los demandantes trabajaron allí durante 8 meses durante la temporada baja y durante el receso no hubo actividad en el grupo; como empleados temporales, se determinó que, dado que trabajaron más de dos años seguidos, tienen derecho a indemnización según la porción relativa en la que cada uno trabajaba cada año.  En conclusión, la base para pagar la indemnización es el salario mínimo de acuerdo con la proporción relativa del empleo real.
  3. Ahora discutiremos desde el general hasta el individuo en relación con cada demandante: el periodo de su empleo y las circunstancias de su contratación y finalización.

Ronen Schweig

  1. Este demandante reclamó indemnización por indemnización por el periodo del 1 de enero de 2000 al 31 de mayo de 2003, 3 temporadas y 6 meses por la suma de ILS 35,500.

En su contrainterrogatorio, le preguntaron:

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