De ahí la solicitud de permiso para apelar ante nosotros.
Los argumentos de las partes
- Según el solicitante, la decisión del Tribunal de Distrito, que se basa, entre otras cosas, en la interpretación limitada del artículo 8 dela Ley de Sucesiones, anula completamente las disposiciones del artículo que prohíben la ejecución de una transacción en una herencia futura y la adquisición de bienes en el momento del fallecimiento que no estén en el marco de un testamento. Por lo tanto, el Demandante argumenta que el Tribunal de Distrito cometió un error al determinar que la carta de compromiso es válida a pesar de ser un acuerdo relativo a la herencia de una persona, y que es un acuerdo que es esencialmente nulo y sin efecto. El Demandante basa este argumento, entre otras cosas, en el uso de la frase "una hora antes de mi muerte" en el marco de la carta de compromiso de contrato; sobre las decisiones del Tribunal de Familia; y el poder notarial irrevocable firmado al mismo tiempo que la carta de compromiso.
- Además, el Demandante argumentó que el Tribunal de Distrito cometió un error al determinar que al Demandante se le impidió vender la granja durante su vida sin la aprobación previa de los Demandados; y que la determinación del Tribunal de Distrito de que existe estoppel judicial en el caso del Demandante también es errónea. El solicitante argumenta además que, incluso si la carta de compromiso tuviera validez legal, el derecho del solicitante a hacer lo que quiera en la granja durante su vida sigue siendo. Por lo tanto, el solicitante argumenta que, como mucho, la carta de compromiso que firmó constituye un compromiso de dar un regalo -que, según él, puede ser retirado cuando se cumplan las condiciones establecidas en la Ley. Finalmente, el Demandante sostiene que la sentencia del Tribunal de Distrito también es errónea porque la carta de compromiso es nula porque contradice la ley aplicable a la transferencia de derechos en las explotaciones agrícolas conforme a las disposiciones del acuerdo de la tragamonedas moshav. Sobre la base de lo anterior, el Solicitante solicita que consideremos la solicitud ante nosotros como apelación, que anulemos la sentencia del Tribunal de Distrito y que restablezcamos la sentencia del Tribunal de Familia.
- Por otro lado, los demandados alegan que la solicitud de permiso para apelar del solicitante no cumple los criterios para su aceptación según lo determinado por este tribunal, ya que esta solicitud no plantea ninguna cuestión jurídica fundamental que se desvíe de los intereses individuales de las partes ni indique una injusticia. En cuanto al fondo del asunto, los demandados se basan en la sentencia del Tribunal de Distrito y argumentan, entre otras cosas, el silencio judicial que se aplica al solicitante a la luz de sus argumentos contradictorios en los distintos procedimientos; y pruebas que demuestren, según ellos, la existencia de las deudas que surgieron en la granja y que fueron pagadas por el demandado y le otorgaron los derechos reclamados en ellas. Los demandados argumentan además que los argumentos del solicitante en los distintos tribunales carecen de fundamento y son contradichos por otras pruebas; y que el solicitante mintió sobre cuestiones materiales para ganar la ley, una razón que en sí misma justifica el rechazo de la solicitud en este caso.
- Además, los demandados argumentan que los argumentos del solicitante sobre la aplicabilidad del artículo 8 de la Ley de Sucesiones son irrelevantes para nuestro caso, ya que el Tribunal de Distrito -contrariamente a los argumentos del demandante- sostuvo, entre otras cosas, que no se trataba de conceder bienes en el momento de la muerte, sino de un compromiso que debía cumplirse durante su vida; que el compromiso entre las partes era claro respecto al sistema contractual general entre ellas; y que la expresión "una hora antes de mi muerte" usada en el marco de la carta de compromiso es un defecto en los acuerdos entre las partes y nada más. Además, los Demandados argumentaron que no se aportó ninguna prueba ni prueba para las posiciones contradictorias del Solicitante; Por lo tanto, la determinación del Tribunal de Distrito respecto al silencio judicial que se aplica en el caso del solicitante es correcta, tal como se determina en la sentencia; que un resultado similar puede alcanzarse incluso en virtud de las leyes de enriquecimiento y no por la ley; y que los argumentos del solicitante respecto a las disposiciones del Acuerdo de Ranura Moshav carecen de fundamento. A la luz de todo esto, los demandados solicitan que rechacemos la solicitud de permiso para apelar ante nosotros.
Discusión y decisión
- Tras revisar los escritos que las partes presentaron ante nosotros, y en vista de la injusticia causada al solicitante como resultado de la sentencia del Tribunal de Distrito, considero correcto considerar la solicitud en cuestión como un recurso dentro del marco de nuestras competencias bajo los Reglamentos 149(2)(b), 149(2)(c) y 138(a)(5) del Reglamento de Procedimiento Civil, 5779-2018. En cuanto al fondo del asunto, sugeriría a mis colegas que se acepte la apelación, que se anule la sentencia del Tribunal de Distrito y que se restablezca la sentencia del Tribunal de Familia.
Voy a enumerar mis motivos.