“… inversores institucionales... tener responsabilidad fiduciaria hacia los mismos inversores a los que la demanda colectiva de valores está diseñada principalmente para ayudar. La capacidad del mecanismo de acción colectiva para otorgar reparación a inversores con pérdidas demasiado pequeñas para justificar litigios individuales ha sido durante mucho tiempo una de las principales justificaciones para el uso de acciones colectivas en casos de la Regla 10b-5... Inversores institucionales... que es responsable de invertir el dinero de los empleados estatales, representa precisamente este tipo de interés" (In re California Micro Devices Sec. Litig., 168 F.R.D. 257, 275 (N.D. Cal. 1996)).
Por lo tanto, opinamos que los apelantes son demandantes para obtener representaciones apropiadas que gestionen la reclamación.
- En cuanto a la conducción del procedimiento, durante la audiencia ante nosotros, tomamos nota al abogado de los apelantes sobre errores que, en nuestra impresión, se habían cometido en la conducción del procedimiento hasta ese momento. Es evidente que estos errores dificultaron que el tribunal de primera instancia llevara a cabo la audiencia de manera sencilla y rápida, e incluso, como recordará, llevó a la conclusión de que la moción para certificar la acción colectiva debía ser rechazada. El abogado de los apelantes demostró efectivamente gran destreza en el extenso material que tenía ante ella. Sin embargo, el hacinamiento de los problemas y la mezcla de causas dificultaban distinguir las principales y relevantes. Por lo tanto, para gestionar la reclamación de manera adecuada y eficiente, consideramos hacer uso de la autoridad que nos fue otorgada En la Sección 8(c)(1) para dar instrucciones sobre la representación y gestión de los intereses de los miembros de la clase, y para ordenar la incorporación de un representante con experiencia en la conducción de dicho procedimiento entre los abogados de los apelantes.
Hacia el final
- Después de escribir estas palabras, leí los comentarios de mi colega, el Vicepresidente, A. Rivlin. Mi colega opina que la conducción de un procedimiento colectivo también debería ser aprobada en relación con los motivos de incumplimiento del deber de cuidado y del deber fiduciario conforme a la Secciones 96-9628 al mando. En las circunstancias del caso, dada la artificialidad del intento de desconectar entre el comportamiento discriminatorio y la violación de los deberes de confianza y cuidado de los funcionarios, consideré oportuno unirme a su posición. Sin embargo, debe recordarse que la aprobación de un procedimiento colectivo en estas causas de acción plantea cuestiones adicionales que deben considerarse. Esto se debe a que una acción colectiva solo puede presentarse sobre las causas personales de los accionistas, y no por ingravios cometidos contra la empresa. Por regla general, el deber de lealtad y el deber de cuidado de los directivos son hacia la propia empresa, y no hacia los accionistas, y por tanto su incumplimiento dará lugar a una reclamación derivada y no a una reclamación personal. Al mismo tiempo, las cláusulas mencionadas (así como Secciones 252(b) y254(b) 30Derecho de sociedades Hoy en día) no descartan la existencia de una obligación paralela hacia "otra persona", incluyendo un accionista específico o un grupo de accionistas. Sin embargo, las circunstancias en las que surgió tal obligación hacia los accionistas aún no han sido plenamente definidas en la jurisprudencia (véase, Apelación Civil 741/01 Meir Kot contra la herencia de Yeshayahu Eitan z"l, Piskei Din 57(4) 171 (2003); עניין Cuenca de Makhteshim, párrafo 3). En las circunstancias del presente caso, debido a las razones que enumeré en el párrafo 39 de mi opinión, opino que una acción colectiva puede ser aprobada por incumplimiento del deber de cuidado y del deber fiduciario, y por tanto coincido con la opinión de mi colega.
Conclusión
- En vista de todo lo mencionado anteriormente, se acepta la apelación. La moción para certificar la acción colectiva se concede utilizando la autoridad que nos fue concedida En la sección 13 30Ley de Acciones Colectivas Aprobar una acción colectiva con cambios y la autoridad que se nos concede En la sección 10(c) La Ley de Acciones Colectivas define una subclase si se determina que surgen cuestiones de hecho o derecho respecto a algunos de los miembros de la clase, que no son comunes a todos ellos. También hemos visto el uso de la autoridad permanente En la Sección 8(c)(1) dar instrucciones con el fin de garantizar la representación y gestión de los asuntos de los miembros de la clase de manera adecuada, como se detalla arriba. Por tanto, el procedimiento se devuelve al Tribunal de Distrito para que se escuche como una acción colectiva.
- El abogado de los apelantes deberá notificar al Tribunal de Distrito en un plazo de 45 días a quién hayan elegido unirse como representante, y también notificará a cada uno de los apelantes si, teniendo en cuenta sus participaciones en las acciones de Elsynt en las fechas relevantes del litigio, es apto para actuar como demandante de clase para uno o ambos grupos. Tras recibir el aviso, el Tribunal de Distrito redactará, basándose en las determinaciones de nuestra sentencia, un aviso detallado al Director de los Tribunales para su registro en el Registro de Acciones Colectivas (según se requiera En la sección 14(b) a la ley). Como se indicó anteriormente, los grupos en cuyo nombre se llevará a cabo la acción colectiva son aquellos que poseían acciones de Elsynt antes del 25 de febrero de 1999 (fecha de firma y notificación del acuerdo de venta del control), excluyendo a los demandados, y aquellos que poseían acciones de Elsynt antes del 9 de septiembre de 1999 (fecha de firma e informe de las transacciones hoteleras y marinas), excluyendo a los demandados. Cabe señalar que la fecha de la venta de las acciones por cada accionista no es relevante para la cuestión de su pertenencia al grupo representado en el procedimiento (véase el párrafo 43 arriba). Sin embargo, puede ser importante a la hora de evaluar la magnitud del daño causado. Las causas de acción que tratará la acción colectiva son la discriminación de los accionistas minoritarios de Alcinet de las siguientes maneras: la venta de control corrupto y la realización de transacciones que están manchadas por el interés personal del accionista controlador, evitando la distribución de un dividendo. Además, la demanda examinará la alegación de que los agentes de Elcinet violaron el deber fiduciario y el deber de cuidado impuesto por su conducta. El remedio reclamado en la acción es la compensación económica por los daños causados, según la demanda, a los apelantes y a los demás miembros de los grupos. Tras redactar el aviso, el Tribunal de Distrito dará instrucciones a las partes sobre la publicación de notificaciones a los miembros de los grupos de acuerdo con elSección 25(a)(1) a la ley. El cargo de gastos impuestos a los apelantes en el tribunal de primera instancia es nulo, y los grupos demandados asumirán los gastos de los apelantes y los honorarios de sus abogados por la suma de 50.000 ILS cada uno.
El Presidente (Retirado)