Casos legales

Caso civil (Tel Aviv) 45944-12-20 Helen Travis contra Global Guardianship Technologies (2010) Ltd. - parte 10

June 23, 2025
Impresión

En cuanto a la alegación de que el demandante intentó ensanchar la fachada, se argumentó que se trataba de una reclamación falsa.  Además, en cuanto al intento de poner en duda la fiabilidad de Skype, se argumentó que debía ser rechazado porque la correspondencia de Skype estaba respaldada por la declaración jurada del demandante, ya que los propios demandados se basaban en ella y podrían haberla comprobado usando la copia que poseían.  En cuantoal aspecto probatorio, se argumentó que la acusación no se basa en un solo testimonio del demandante, sino en muchas pruebas, incluidos los testimonios de los acusados y sus confesiones.

A la luz de todo lo anterior, se argumentó que la reclamación debía ser aceptada.

Discusión y decisión;

  1. En las fechas probatorias anteriores - 7/11/24 - el demandante testificó y el 18/7/24 - Shabat y Avisror testificaron a favor del demandado. Tras completar la audiencia de los testimonios, las partes presentaron sus resúmenes y, tras revisar todos estos y todas las pruebas presentadas en el proceso, examinando las cuestiones de admisibilidad y peso, se dictó esta sentencia.
  2. En el centro de la audiencia del procedimiento se encuentra ante las reclamaciones de la demandante de que fue engañada por los demandados o por cualquiera de ellos. Una discusión sobre el fraude del demandante pone bajo su ala una serie de cuestiones - primero, cuestiones sobre la identificación de los implicados en el fraude, incluyendo si Avisror es realmente Stephen Collins, quien actuó con la demandante, según ella, y si Global constituye solo una empresa de comercialización, y de hecho la demandante contrató con otra empresa a través de la cual se llevó a cabo el intercambio.  Además, es necesario examinar -como base para la cuestión de la existencia de fraude- qué declaraciones falsas se presentaron al demandante, si las hubo, por quién y si existe una conexión causal entre dichas representaciones y el daño al demandante.  Finalmente, es necesario examinar si existe margen para responsabilizar el Shabat por los daños del demandante, ya sea mediante la herramienta de levantar el velo o mediante la herramienta que gira en torno a la imposición de responsabilidad personal.  Las respuestas a estas cuestiones se basan en la base fáctica que se ha demostrado en el procedimiento.  En otras palabras, qué hechos se demostraron en el procedimiento y, sobre la base de esto, qué pruebas admisibles se presentaron en el procedimiento como base para demostrar los hechos, su fiabilidad y peso.
  3. Como ya he detallado arriba, además de su testimonio, la demandante presentó - en apoyo de sus reclamaciones - correspondencia por Skype entre ella y Stephen Collins, correos electrónicos, impresos que indicaban retiradas de su cuenta y documentos relacionados con procedimientos legales en el extranjero y en Israel. Los acusados, por su parte, testificaron y fueron interrogados.  Según se desprende de los resúmenes de las partes, ante todo, los demandados niegan la admisibilidad del mensaje impreso por Skype presentado por el demandante.  Dado que esta impresión constituyó un volumen significativo de pruebas en el procedimiento, considero que ante todo es necesario abordar su admisibilidad.

Admisibilidad de la correspondencia por Skype -

  1. En apoyo de sus afirmaciones sobre el contenido de las representaciones presentadas por Stephen Collins, la demandante presentó una nota al pie que supuestamente documentaba las conversaciones por Skype que tuvieron lugar entre ella y Stephen Collins. Los demandados, como se ha dicho, negaron la admisibilidad de este resultado, dado que, según su enfoque, no se presentó legalmente, y se argumentó que el formato en que se presentó -como documento "word"- era tal que no permitía rastrear la autenticidad de la correspondencia, ya que estaba expuesta a cambios irreconciliables.  Tras examinar estos argumentos de los demandados, concluí que el contratista y, en consecuencia, determiné que la correspondencia por Skype en el formato en que se presentó como prueba admisible no debía ser aceptada.  En esta determinación -como detallaré más adelante- no perdí de vista la sentencia sobre la transferencia de paralelismos al peso en las leyes de la prueba, así como la regla sobre la erosión de la aplicabilidad de la mejor norma probatoria, que se estableció en el contexto de la admisibilidad de una grabación.  Al mismo tiempo, opino que, dado que la correspondencia por Skype constituye una salida digital, que puede ser manipulada y modificada, entre otras cosas, dado que, a diferencia de una grabación, su contenido en sí mismo no conduce a la identificación directa del corresponsal, opino que debería haber reglas másestrictas como condición para su envío, incluyendo que la fuente de la correspondencia debe ser presentada y al menos una copia (en lugar de una copia de la misma).  Está claro que este resultado puede presentarse con consentimiento, especialmente cuando ambas partes tienen acceso a la correspondencia de Skype y, por tanto, cada una puede comparar la copia enviada con la correspondencia que tiene en su mano.  El problema es que en el caso ante los demandados objetaron la presentación y, además, alegan que no tienen correspondencia por Skype entre ellos y el demandante (ya sea por la pérdida de material a lo largo de los años o a la luz de un argumento - presentado por Shabbat - según el cual los empleados de Global no usaron este formato para las conversaciones en absoluto).  Por lo tanto, ninguna de las partes tiene la oportunidad de examinar la autenticidad del contenido del expediente tal como se presenta.
  2. Y con más detalle -

La correspondencia por Skype es evidencia o información digital: "La información digital consiste en código binario-es decir, una serie de ceros y unidad-que es incomprensible para la mayoría de la gente...  Por lo tanto, para leer la información digital, usamos "intermediarios" en la sangre de los ordenadores y su software.  Estas "traducen" la información digital a un formato comprensible para el usuario.  Esta traducción se denomina en la legislación israelí como "Pellet".  (Yaniv Vaki, Leyes de la Evidencia (Vol.  2, 2020), 1105 (en adelante: "Vaki")).

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