Dictado hoy, 14 de agosto de 2025, en ausencia.
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Tamar Avrahami, jueza
Tamar Avrahami
[1] Los productos listados en el Apéndice A eran cinco sistemas de capucha (tipos: WCK6, WCK 9, WCK 16, WCK 20, WCK26, todos "de acuerdo con UL300") y "sistema de bus conforme a SI 6218".
[2] La carta se refería originalmente a tres distribuidores específicos. En su declaración de defensa, Lehavot alegó que posteriormente se acordó excluir a distribuidores adicionales. En sus resúmenes, las partes no hacen referencia a la distinción entre los distribuidores en este asunto, sino que se centran en la cuestión del consentimiento a la exclusión.
[3] La exposición, que también se adjuntó como M/143, supuestamente lleva la fecha del 31 de enero de 2018, pero esto es un asunto técnico derivado de la impresión del documento; No hay disputa de que se trata de una carta fechada el 18 de julio de 2017 (p. 216, s. 27 - p. 217, s. 3), que se menciona en una carta fechada el 20 de julio de 2017 de Lehavot (M/114).
[4] Aunque una pregunta del abogado en una de las audiencias supuestamente incluía la afirmación de que esta actividad habíacesado en enero de 2017 (pp. 36, 6-7).
[5] Este anexo también lleva técnicamente la fecha 31.1.2018, pero no es la fecha correcta. Esta es una carta enviada tras el aviso de rescisión del contrato (20.7.2017) y que, aparentemente, precedió a la carta del 17.9.2017.
[6] En el contexto del argumento de sorpresa, véase la sección 73 anterior. Cabe señalar también que en una carta enviada dos días antes del aviso de despido, el abogado de Danan escribió que esperaba que su carta recibiera una respuesta sustantiva y que el "espíritu conciliador" de la carta "no se traduzca en debilidad" sino "como una mano extendida para la paz" (M/133, párrafo 7). Para enseñarte que Danan ha tenido en cuenta las posibilidades de la acción de las llamas.
[7] Véase también: "No hay nadie que desvíe la vía." Hay quienes creen que cuando tal frase se incorpora en una declaración de reclamación, es más probable que sea el mismo asunto en la cuestión disputada (comparar: Ran Lustigman y Michal Aharoni y Adv. Portrait of Legal Hebrew in Israel 237 (Rubik Rosenthal, ed. 2016)).