Casos legales

Caso Penal (Centro) 4577-07-24 Autoridad de Competencia contra Yaron Peretz - parte 10

October 24, 2025
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El argumento del abogado de los demandados 23-24 de que no hay margen para combinar las sumas no está claro, ya que el segundo anexo a la ley, antes y después de la enmienda, instruye a examinar si se llevó a cabo una acción o si se llevaron a cabo varias acciones, en la cantidad mínima dentro del periodo especificado.  Por tanto, es posible sumar todos los fondos con los que se llevaron a cabo las acciones durante un determinado periodo, ya sea que se originaran en una sola licitación o en varias licitaciones.

En cualquier caso, el lugar para aclarar este asunto está dentro del marco del proceso probatorio, en la medida en que se lleve a cabo, y actualmente no justifica la cancelación de la acusación ni de parte de ella.

Protección frente a la justicia - Circunstancias personales

  1. El abogado del acusado 11 argumentó que no había motivo para presentar una acusación formal en su contra, debido a la condición mental y de salud de su hijo, y a las circunstancias personales del acusado como consecuencia. El hijo del acusado es autista, con un bajo nivel de funcionamiento, está en cuidados de enfermería, con trastornos de conducta y sufre convulsiones epilépticas.  El acusado es su principal cuidador y mantiene una relación especial con él.  Su presencia física es importante para el hijo cuando se resiste al tratamiento o sufre convulsiones, y su presencia también es relevante para el estado mental del hijo.  Llevar a cabo el procedimiento requerirá mucho tiempo y recursos por parte del acusado, y preferirá dedicarlos a su hijo.  Su solicitud de suspensión del procedimiento fue denegada.
  2. La fiscalía, por su parte, argumentó que, sin tomar a la ligera la condición médica del hijo y las dificultades que afronta la familia, esto no establece una reclamación de protección frente a la justicia. La reclamación de protección frente a la justicia debido a tales circunstancias rara vez se acepta, y ni siquiera se trata de un perjuicio para el propio acusado como resultado de la conducción del procedimiento, sino para su hijo.
  3. El principal objetivo de la defensa de la justicia es garantizar que los procedimientos penales sean justos, equitativos y adecuados. En general, esto constituye una violación de la equidad del procedimiento derivada de la conducta de la autoridad o una violación del sentido de justicia como resultado de circunstancias que no dependen de la autoridad, pero basan "la conclusión de que en el caso dado no será posible garantizar al acusado un juicio justo, o que la conducción del procedimiento penal dañará sustancialmente el sentido de justicia y equidad" (Apelación Penal 4855/02 Estado de Israel contra Borowitz, IsrSC 59(6) 776, 806-809 (2005); véase también: Criminal Appeal Authority 1201/12 Kati'i contra el Estado de Israel, en el párrafo 10 de la opinión del Honorable Juez Neil Hendel y en el párrafo 3 de la opinión del Honorable Juez Hanan Melcer [Nevo] (9 de enero de 2014)).

De hecho, en casos muy raros, las circunstancias médicas pueden servir de base para reclamar protección frente a la justicia.  Sin embargo, no es fácil para el tribunal adoptar una reclamación de protección frente a la justicia por motivos personales (y comparar: Criminal Case (Tribunal de Distrito, Tel Aviv) 63871-06-16 Estado de Israel contra Anónimo [Nevo] (7 de febrero de 2018); Caso Penal (Distrito, Jerusalén) 1470-03-20 Estado de Israel contra Berland [Nevo] (3 de agosto de 2020)).

  1. Las circunstancias personales del acusado, que son consecuencia de la condición médica y personal de su hijo, no constituyen circunstancias que justifiquen la desestimación de la acusación.

De hecho, de las opiniones presentadas en el caso del hijo del demandado, surge un panorama muy complejo y difícil.  Sin entrar en detalles de su condición, debido a la privacidad del individuo, debe decirse que el hijo del acusado sufre un retraso general en el desarrollo y una discapacidad de movilidad del 100%, sus capacidades son inferiores a su edad cronológica, está diagnosticado en el espectro autista, no funciona de forma independiente, tiene dificultades para comunicarse, sufre trastornos de conducta y está siendo tratado por un psiquiatra.  La opinión también muestra que el acusado es el principal factor terapéutico, que es el principal cuidador en cuya presencia su hijo se calma y acepta recibir tratamiento, y que se espera que la ausencia prolongada del entorno del hijo conduzca a un deterioro significativo de su estado.

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