Casos legales

Apelación Civil 1463/22 El Patriarcado Ortodoxo Griego de Jerusalén contra Himanuta Ltd. - parte 23

July 14, 2025
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Violación del Detalle Todo

  1. Volvamos al aspecto operativo de la particularidad. Una vez cumplidas las condiciones y recibidas las aprobaciones requeridas, y dado que el Patriarcado no ha anunciado su intención de elegir la alternativa del Borrador B (y no hay disputa al respecto), ¿cuál es la obligación impuesta a las partes como consecuencia? ¿Cumplieron las partes esta obligación? Para responder a estas preguntas, tendremos en cuenta las disposiciones de tres de las secciones del Detalle (énfasis añadidos a continuación).

La primera disposición se encuentra en la sección 3 del detalle citado anteriormente.  Esta disposición establece que cuando se obtiene la aprobación requerida, entonces -

"[...] Sujeto a esta aprobación, el acuerdo de conciliación (Borrador A) será firmado íntegramente por las partes, en un plazo de 7 días desde la aprobación del gobierno."

La segunda disposición se encuentra en la cláusula 6.1 del Particular, que dice lo siguiente:

"Para evitar la duda:

6.1.  Lo que se expone en los Borradores A y/o B no vinculará al Fondo Nacional Judío ni al Patriarcado, salvo mediante la firma completa de cualquiera de los documentos mencionados como se indica en la sección 3 o 4 anterior (según corresponda); y todos los derechos de las partes entre sí y contra cualquier otra parte quedan plenamente reservados."

La tercera disposición se encuentra en la sección 8 del Particular, que estipula que:

"Todas las partes se comprometen a cooperar entre sí y a hacer todo lo posible para implementar lo acordado en todos estos detalles lo antes posible."

  1. La combinación de las tres cláusulas contractuales anteriores crea un tejido que debe considerarse como un todo.

En la base de la estructura está la disposición consagrada en la sección 3 de la Cláusula.  El significado claro de las Escrituras es que esta estipulación, que utiliza el lenguaje "Será firmadoexpresa una directiva operativa del Mandato Británico impuesta a las partes Imprescindible Firma el acuerdo de conciliación dentro del plazo estipulado.  En otras palabras, las partes Comprométete entre ellos que, tras recibir las aprobaciones requeridas, firmará en el acuerdo de conciliación dentro de los 7 días posteriores a la aprobación del gobierno (o en otra fecha que se acorde).  Esto, a primera vista, es sin dejarles discreción para decidir si lo hacen o no.

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