Casos legales

Petición de apelación/Reclamación administrativa 8183/03 Israel Electric Company Ltd. contra el Consejo Regional del Golán - parte 7

August 22, 2010
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En 2002, ocurrió algo y se aprobó una legislación importante que supuso una reforma integral y muy significativa en el ámbito de los impuestos sobre la propiedad.  Como parte de esta reforma, por primera vez se estableció una disposición que exigía a una autoridad local imponer impuestos municipales en su jurisdicción de forma mínima.  Esta reforma se llevó a cabo en el contexto de una grave crisis que afectó a las autoridades locales y llevó a algunas de ellas a una situación difícil hasta el punto del colapso económico.

Según la nueva Ley Arnona, la autoridad local estaba obligada a imponer impuestos municipales dentro de sus límites por una cantidad mínima de ILS 49,99 por metro cuadrado en relación con las áreas que pertenecen a la categoría de oficinas, servicios y comercio.

Estas circunstancias, de una reforma sustancial y integral de las leyes fiscales sobre bienes prediales, y la creación de una escala arancelaria, que incluye los importes mínimos a recaudar a un residente de la autoridad local, aumentaron significativamente la brecha existente entre el régimen fiscal de arnona, vinculante por ley, y el régimen contractual del impuesto sobre la propiedad, según lo indicaba el acuerdo de liquidación, que se había concluido siete años antes.  Se creó un anacronismo llamativo entre las tasas aplicadas por la empresa bajo el acuerdo, que en 2001 eran de 10,17 ILS por metro cuadrado, y los importes mínimos de impuestos sobre la propiedad de 49,99 ILS por metro cuadrado según la nueva ley respecto a terrenos con la misma clasificación.  Esto levantó una alerta respecto al grado de justificación pública para la continuidad del acuerdo contractual de recaudación de tarifas a la empresa, que son casi cinco veces inferiores a las tarifas mínimas según la ley.  En las circunstancias que han surgido, a la luz de la reforma llevada a cabo en el concepto básico de recaudación de impuestos municipales en las autoridades locales, el cumplimiento del acuerdo contractual con la empresa respecto a la superficie de los edificios del complejo se ha convertido en un acto administrativo extremadamente difícil de conciliar y satisfacer con lo que es aceptado y vinculante por ley en el sistema general de impuesto municipal sobre la propiedad en las autoridades locales.

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