Juez Y. Cohen: 1. Estoy de acuerdo con lo que se dijo en la sentencia de mi estimado colega, el juez Ben Porat, salvo en un asunto, que es el conocimiento de Ben Shachar sobre la existencia de un contrato entre Knopf y un jasíd. En este asunto, me veo obligado a discrepar con la opinión del juez Ben Porat. En mi opinión, tal conocimiento no ha sido probado, y por tanto la condición del artículo 62(a) dela Ordenanza de Responsabilidad Civil, según la cual un incumplimiento de contrato constituye un agravio, no se ha cumplido si el demandado "conscientemente" provoca que una persona incumpla un contrato.
- El ilustre presidente de turno dijo en su veredicto que "no hay el más mínimo testimonio de que Ben Shahar supiera del cumplimiento del contrato de arrendamiento, P/2, entre Hassid y Knoopf" y que "Ben Shahar sabía como mucho que Hassid estaba interesado
Alquila al alquilado." Estos son hallazgos fácticos que estaban suficientemente fundamentados en las pruebas existentes ante el Tribunal de Distrito. Aunque Ben Shahar sabía por la carta del abogado Eiger (P/6) que Konpf quería alquilar el lugar a otro y que Ben Shahar incluso pidió al testigo Levin que preparara un documento en el que un jasid le daría permiso para continuar poseyéndolo arrendado por Ben Shahar, no creo que los dos hechos mencionados sean suficientes como prueba del conocimiento de Ben Shahar sobre la existencia del contrato. En mi opinión, el ilustre presidente tenía razón al afirmar que Ben Shachar sabía, como mucho, que un jasidismo estaba interesado en alquilar la propiedad arrendada y que Knopf, en su opinión, debía alquilar la propiedad arrendada. La preparación de un documento que debería haber sido firmado por un jasis no indica inequívocamente que Ben Shahar supiera que ya se había celebrado un contrato entre Knopf y un chassí, sino que es coherente con la aspiración de Ben Shachar de obtener la aprobación previa de un jasis para continuar poseyendo la propiedad arrendada, en caso de que un jasis firmara un contrato con Knopf. Cuando Ben-Shahar se reunió con Knopf y le pagó el alquiler el 2 de mayo de 1971, con hasta tres meses de antelación, Knopf no le dijo que había firmado un contrato con un jasídico. Knopf también recibió de Ben Shahar, en la primera mitad de mayo de 1971, pagarés de alquiler hasta el final de otro año de alquiler, sin revelar a Ben Shahar la existencia del contrato de arrendamiento con Hassid. Por lo tanto, según las pruebas en el Tribunal de Distrito, no se puede determinar que Ben Shahar supiera, en el momento en que firmó un acuerdo con Knopf para la prórroga del arrendamiento, que existía un contrato de arrendamiento entre Knopf y Hassid y que el compromiso entre Knopf y Ben Shahar constituía un incumplimiento de dicho contrato.
- En los escritos de los abogados de las partes, no encontré ninguna referencia a la cuestión de si el conocimiento requerido en la mencionada sección 62(a) debe ser conocimiento real, o si el conocimiento "constructivo" de la existencia del contrato también es suficiente. El profesor Tedeschi, en su artículo "La demanda por responsabilidad civil del deudor contra una tercera persona" (Studies in Our Private Law, p. 159), basándose en una declaración incidental en la sentencia del caso British Industrial Plastics, Ltd., y otros contra Ferguson y otros (1940) 1 All E.R. 479, 483. expresa la opinión "de que si hubiera llegado un caso adecuado al tribunal, los jueces no habrían discriminado entre el conocimiento del no acuerdo del nuevo contrato con el contrato anterior, que ya vincula a la otra parte, y el conocimiento 'constructivo' (en virtud de la ley): es decir, la sospecha de sordera voluntaria a cualquier cosa que pueda hacerlo cierto." El ilustre autor también dice que "no es imposible que, con el tiempo, el mismo criterio se aplique incluso a una tercera persona que celebre un contrato sin investigar si el segundo contratista no ha celebrado ya otro contrato contradictorio con la otra - cuando las condiciones puedan generar tal sospecha." En opinión del ilustre autor, el uso de la palabra "a sabiendas" en la sección 62(a) dela Ordenanza de Responsabilidad Civil no bloquea el camino hacia el conocimiento constructivo (ibid., p. 160).
En el artículo sobre responsabilidad civil por una huelga (14 Is. L.R. 31, 47) El Dr. Radai expresa la opinión de que basta con tener conocimiento constructivo tanto del hecho del incumplimiento del contrato como de la existencia de dicho contrato. En las sentencias de los tribunales en Inglaterra, no he encontrado una decisión clara sobre esta cuestión. Se dictaminó allí que una persona no está obligada a iniciar una investigación sobre la existencia de contratos entre otros. (William Leitch & Co. v. Leydon (1931) A.C. 90 Así como las palabras del juez Jenkins en la sentencia en el caso Thomason contra Deakin (1952) Cap. 646, 698 El erudito autor Fleming