El demandante, por su parte, alegó que los certificados de enfermedad se entregaron en el contexto de un estado mental difícil debido a la conducta de los responsables del demandado hacia él. Según el demandante, el médico le aconsejó no quedarse en casa, y él lo hizo. El demandante confirmó en su testimonio que "no me rompí una pierna."
- Cabe señalar que no hemos considerado oportuno abordar esta cuestión de la validez de los certificados de enfermedad. Primero, no hay nada que impida que una persona se ponga enferma y reciba un certificado de enfermedad que le permita salir de su casa. En segundo lugar, no existen circunstancias excepcionales en este caso que justifiquen examinar los certificados de enfermedad entregados por el médico del HMO. En este sentido, véanse las palabras de un panel presidido por el Honorable Juez Abu Kaoud en el caso Conflicto laboral (Celda) 58217-06-22 Elbaz contra Orit Financial Services enApelación fiscal (Fechado el 2 de marzo de 2025)
- En la carta de demanda antes de su dimisión, como se ha citado anteriormente, el demandante mencionó tres cláusulas que alegó que constituían un deterioro de las condiciones.
- Una de las secciones enumeradas por el demandante se cumplió sin duda. El hecho de que la demandada se jubilara a un fondo de pensiones solo con el salario base y no corrigiera la infracción aunque se le dio la oportunidad de hacerlo. Como hemos determinado antes, esto es salario a todos los efectos. Realizar contribuciones a la pensión solo con una parte del salario constituye una violación significativa de los derechos de pensión del solicitante y justifica la dimisión en circunstancias que le otorgan derecho a indemnización.
- En relación con la afirmación sobre la reducción de salarios debido a la crisis del coronavirus y el fracaso en restaurar la situación a su estado anterior- En la audiencia probatoria, el demandante adjuntó una tabla que recopila datos de las nóminas y refleja sus ingresos por comisiones durante los últimos años de su empleo. La tabla muestra claramente que ha habido una disminución significativa de las tasas, comenzando en mayo de 2020, con el regreso al trabajo tras el primer confinamiento.
Así, en diciembre de 2019 las tasas eran de 54.000 ILS, en enero de 2020 de 35.753 ILS, en febrero de 2020 de 47.943 ILS, mientras que a partir de mayo de 2020 se redujeron a 11.065, 6.326 ILS, 25.880 ILS, y así sucesivamente.