Finalmente, incluso después de ver el vídeo de reconstrucción grabado por el demandado, el perito volvió a determinar que era probable que el incidente causara la hernia discal del demandante. El testimonio del Dr. Lotan sobre el desarrollo de la hernia discal y su efecto en la intensidad del dolor en dos etapas, que puede durar varios días, es coherente con el curso de los hechos descrito por la demandante y con el hecho de que solo buscó tratamiento médico después de una semana.
- Por lo tanto, aunque el Dr. Lotan no llegó a una conclusión inequívoca respecto a las circunstancias del incidente, según su testimonio es posible establecer una conclusión razonable -e incluso la más razonable- de que existe una conexión causal entre el incidente y la discapacidad que sufre el demandante.
- Según la jurisprudencia, la determinación final sobre la condición médica de un demandante como resultado de un accidente siempre queda en manos del tribunal, que tiene discreción para decidir si se basa en la opinión experta en su nombre o la rechaza, total o parcialmente (Civil Appeal 2160/90 Raz v. Latz, IsrSC 47(5) 170, 174 (1993); Apelación Civil 2541/02 Langer contra Yehezkel, IsrSC 58(2) 583, 588 (2004)). Sin embargo, por norma general, es habitual dar mucho peso al perito -ya que es un experto objetivo que actúa como el brazo largo del tribunal- un gran peso. El tribunal no se desviará de las determinaciones y conclusiones del perito médico salvo que existan circunstancias especiales y razones convincentes (véase Civil Appeal 293/88 Yitzhak Neiman Company for Rent en Tax Appeal v. Moniti Rabi [publicado en Nevo] (31 de diciembre de 1988); Apelación Civil 3056/99 Stern contra Haim Sheba Medical Center [Nevo, 4 de febrero de 2002]; Apelación Civil 9598/05 Anonymous contra "HaMagen" Insurance Company en una apelación fiscal [publicada en Nevo] (28 de marzo de 2007); Apelación Civil 5681/19 Daoud H. Holdings and Investments inTax Appeal contra Danya Cebus in Tax Appeal [publicado en Nevo] (5 de noviembre de 2020)).
Este principio se aplica tanto para evaluar la condición médica de la parte lesionada y el grado de discapacidad que le ha causado, como para determinar la relación causal entre el incidente y la discapacidad médica (véase Civil Appeals Authority 1138/12 I.D.I. Insurance Company en Tax Appeal contra Anónimo [publicado en Nevo] (9 de abril de 2012); Civil Appeal Authority 7097/11 Phoenix Insurance Company en Tax Appeal v. Qawasma [publicado en Nevo] (5 de agosto de 2012); Asistente de A. (Haifa) 63017-06-20 Anónimo contra Lobzov [publicado en Nevo] (18 de diciembre de 2023)).
- Opino que debe atribuirse un peso significativo al testimonio del Dr. Lotan sobre el mecanismo del evento y la conexión causal con la discapacidad, ya que es un experto profesional y objetivo en nombre del tribunal, y también por el hecho de que su testimonio fue convincente y su opinión me resulta aceptable.
- El experto en neurología designado por el tribunal, el Dr. Arie Koritzky, designado en el presente procedimiento, también describió en una opinión fechada el 23 de julio de 2023 las circunstancias del incidente tal como le informó el demandante: saltar mientras pasaba una barrera para ganado en motocicleta y aterrizar con fuerza sobre las nalgas, sin caerse de la motocicleta. El perito señaló en la opinión que existe la cuestión de si la discapacidad total determinada en el caso del demandante debe atribuirse al aterrizaje en el asiento de la motocicleta, a la vista de lo indicado en la documentación médica inicial, pero no era necesario hacerlo.
- En el contrainterrogatorio del abogado del demandante, el Dr. Koritzky se refirió a la posibilidad de que el masaje de tejido profundo causara la protrusión del disco que sufre el demandante, y respondió que "la medicina lo tiene todo" y que depende de la intensidad del masaje, pero que "por regla general, si se realiza un masaje en general, no debería ocurrir." [Proc. en p. 8]. Cuando se le preguntó al experto para evaluar si era más probable que el daño fuera causado por el incidente o por un masaje, respondió que cree más lógico que el daño fuera causado por un golpe, pero que es difícil dar una respuesta precisa ya que no se sabe si el masaje fue manipulado.
- Durante su interrogatorio por parte del abogado del demandado, en relación con el daño causado al demandante, el perito declaró que parte del dolor podría explicarse por cambios degenerativos adicionales en el asunto de la lesión, y que podría haber otras causas. El perito descartó la relación entre las quejas previas de dolor de cuello de la demandante, pero confirmó que la caída de las nalgas en 2016 podría haber causado daños en la columna lumbar y, al mismo tiempo, no consideró apropiado determinar una condición médica previa.
A diferencia del experto en ortopedia, el Dr. Koritzky no se relacionó directamente en su testimonio con la razonabilidad del mecanismo del evento, pero testificó principalmente sobre el hecho de que el dolor provenía de factores implicados, por lo que consideró oportuno atribuir solo parte de la discapacidad al evento. Por lo tanto, la contribución de su opinión y testimonio no fue principalmente la existencia de un defecto médico relacionado con el incidente del cruce de ganado, sino el grado de discapacidad que debe atribuirse al evento a partir de la discapacidad total en el área del dolor, desde un punto de vista cuantitativo y teniendo en cuenta la existencia de otros factores.
- En resumen, la opinión y los testimonios de los expertos en ortopedia y neurología, la conclusión razonable es que existe una conexión causal entre el incidente del cruce de ganado y la discapacidad en la columna lumbar que fue causada al demandante y que solo apareció después del incidente, pero solo una parte de la discapacidad en la zona del dolor debe atribuirse al suceso.
Las alegaciones de las partes sobre la falta de credibilidad
- Como parte de sus resúmenes, cada una de las partes planteó numerosas reclamaciones sobre la falta de credibilidad de la otra parte. Los argumentos se presentaron en nombre de las partes con gran detalle, y un examen minucioso de ellos frente a las pruebas y testimonios muestra que al menos algunas de las afirmaciones se presentaron de manera incompleta y tendenciosa, ignorando los datos relevantes y la imagen general.
- 00La demandante alega que la demandada, que es instructora de conducción de profesión, actuó de forma irresponsable al conducirla en una motocicleta sin un seguro obligatorio válido, en violación de la ley.
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