Casos legales

Petición administrativa (Jerusalén) 36070-08-24 Maor Algali contra el Director General del Ministerio de Salud - parte 5

November 24, 2024
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Hechos principales

- Antecedentes

  1. El Demandante es el único propietario de M.S.M. Argaman Consulting and Development Ltd., el principal accionista de cuatro filiales diferentes, incluyendo a los Peticionarios 2 y 3, que poseen sucursales de la cadena de farmacias "Hoja" (En adelante también - La Red) desde 2021.  Como se describirá a continuación, a ambos peticionarios se les concedió una licencia para practicar cannabis medicinal.

La cadena tenía otras dos sucursales en Rosh Pina y Hadera, pero ninguna de ellas tenía una licencia válida para practicar cannabis.  La licencia concedida a la sucursal en Hadera fue congelada debido a la dimisión del farmacéutico responsable, y mientras tanto esta sucursal fue vendida y abierta bajo otra propiedad y bajo otro nombre.  La sucursal de Rosh Pina solicitó una nueva licencia comercial, pero fue cerrada recientemente.

Durante la audiencia, se aclaró que la petición se centraba en la sucursal de Tiberíades.  También se descubrió que esta rama no funciona como una farmacia convencional, sino que es una farmacia cuyo negocio principal, casi exclusivamente, es la venta de cannabis medicinal.

  1. En 2020 (tras su servicio regular en el ejército y su baja con el rango de sargento mayor y servicio en la policía con el rango de sargento), el peticionario comenzó a desarrollar un negocio en el campo del cannabis medicinal. En ese momento, comenzaron una serie de procedimientos burocráticos y legales, que incluyeron al menos diez peticiones presentadas por el peticionario.  La primera petición fue aceptada, después de que se determinara que el farmacéutico del distrito había retrasado los procedimientos de licencia (Petición administrativa (Nazaret) 40203-12-21, sentencia del 9 de enero de 2022) y en el asunto de la segunda petición, se emitió una orden provisional respecto a la transferencia de información (Petición administrativa (Nazaret) 54599-03-22, decisión del 17 de mayo de 2022).  El resto de las peticiones, que se detallarán más adelante, fueron rechazadas o eliminadas.

Sin embargo, parece que merece la pena mencionar que, de todos los procedimientos y de los numerosos documentos presentados, se deduce que, en el transcurso de dichos procedimientos, los demandados y quienes representaban en su nombre se vieron obligados a recurrir a conductas inusuales y agresivas por parte del demandante hacia ellos.  Así, el 12 de junio de 2022, el farmacéutico del distrito norte presentó una denuncia ante la policía por difusión de información falsa, insulto a un funcionario público, acoso y amenazas dirigidas hacia él por parte del peticionario; El 20 de junio de 2022, el Director General del Ministerio de Sanidad contactó con el peticionario sobre su conducta hacia los empleados del Ministerio, rechazando sus reclamaciones contra el Farmacéutico del Distrito; Posteriormente, el Fiscal del Distrito Norte (Civil), el abogado Eitan Lederer, contactó con el peticionario exigiendo la retirada de publicaciones ofensivas contra el Farmacéutico del Distrito, los empleados de la División de Farmacia y la gestión de los empleados de la empresa.

  1. Los procedimientos de licencia para la sucursal de Tiberíades comenzaron el 15 de febrero de 2022, con la presentación de la solicitud de aprobación inicial, y los procedimientos de licencia relativos a la sucursal en Kiryat Ata comenzaron el 7 de julio de 2022. El 26 de julio de 2022, tras completar todas las etapas, se concedió la licencia comercial a la sucursal de Tiberíades, y el 6 de octubre de 2022, la licencia fue concedida a la sucursal Kiryat Ata.

- Resumen de los hechos relacionados con el procedimiento de la audiencia relativo a la sucursal de Tiberíades

  1. El 30 de marzo de 2023 se realizó una visita rutinaria en la sucursal de Tiberíades, durante la cual se detectaron deficiencias, incluyendo las siguientes:
  2. En el sistema, la rama documentó dos operaciones de distribución de productos de cannabis en intervalos de tiempo adyacentes, a través del mismo farmacéutico en dos farmacias diferentes propiedad del peticionario, que están muy separadas entre sí; Los productos de cannabis se entregaban a nombre de un farmacéutico que no estaba presente en absoluto; Los productos de cannabis se entregaban a nombre de personas que no eran farmacéuticas, y que ni siquiera estaban registradas en la licencia de cannabis. Esta conducta generó serias preocupaciones sobre que se estaban administrando medicamentos peligrosos sin el uso de un farmacéutico titulado, o de un farmacéutico en general, haciéndose pasar por farmacéutico y violando las instrucciones Secciones 2512(b) y25XIII en la Ordenanza de Drogas y en la Sección 11A IIOrdenanza de Farmacéuticos.
  3. La rama poseía y comercializaba, por una suma de 150 ILS, utensilios prohibidos cuyo principal propósito fuera el consumo de drogas, como los bongs, en violación de la directiva Sección 10A en la Ordenanza de Drogas. Durante la inspección, la sucursal alegó que los bangs se usaban como acuario para peces, e incluso se negó a presentar un certificado de entrega o recibo de su compra, en contra de la directiva Sección 27 en la Ordenanza de Drogas.

III.       Los operadores de la sucursal de Tiberíades se negaron a permitir que se realizara la auditoría hasta que llegara el peticionario y, tras su llegada, interfirió en la auditoría, fotografió a los editores de auditoría y los atacó verbalmente.  También se negó a presentar documentos sobre los golpes encontrados, violando las instrucciones Secciones 26 y27 en la Ordenanza de Drogas.

  1. Tras la auditoría, el peticionario notificó al Ministerio el 8 de julio de 2023 la finalización del trabajo del farmacéutico responsable de la sucursal de Tiberíades (Sr. Samer Asala), y al mismo tiempo se presentó una solicitud para nombrar al Sr.  Shai Kurland como farmacéutico suplente responsable de la sucursal por un periodo de catorce días, así como una solicitud para que su nombramiento fuera aprobado como titular permanente.  La solicitud para nombrarle farmacéutico permanente fue rechazada en una decisión fundamentada del farmacéutico del distrito con fecha 20 de julio de 2023.  La razón del rechazo de la solicitud fue que el farmacéutico sustituto había violado las disposiciones de la Ordenanza de Farmacéuticos y la Ordenanza de Medicamentos y los reglamentos promulgados en virtud de dichas Ordenanzas, así como las instrucciones del Ministerio de Salud, al tiempo que revelaban negligencia grave en su labor.  Por ello, se aclaró que el nombramiento temporal finalizará el 21 de julio de 2024.  El demandante solicitó retrasar la decisión y, en respuesta, se le informó que el farmacéutico suplente podría desempeñar el cargo hasta el 31 de julio de 2023, siempre que no se dispensara medicamentos peligrosos, incluido el cannabis medicinal.

El 3 de agosto de 2023, el Ministerio recibió información de que la sucursal de Tiberíades seguiría operando incluso después del 31 de julio de 2023, incluso en ausencia de un farmacéutico responsable aprobado y a pesar de la comercialización de cannabis medicinal en las instalaciones.  En ese momento, el Subdirector de la División de Farmacia del Ministerio de Salud, el Mag.  Eli Marom, también recibió un aviso del Ministerio de Sanidad informando que no había cambios en la decisión respecto a la inhabilitación de Kurland para ejercer como farmacéutico responsable en la sucursal de Tiberíades.  Dado que, de acuerdo con las Directrices de Licencias, una condición para obtener una licencia para practicar cannabis es la presencia de un farmacéutico permanente, el Fiscal General notificó al Peticionario el 6 de agosto de 2023 la suspensión de la licencia de cannabis de la sucursal de Tiberíades, de modo que hasta que se resuelva la cuestión del nombramiento del farmacéutico responsable y se tome una decisión al respecto, está prohibido consumir cannabis en las instalaciones.

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