En su resumen, la demandante enfatiza que las horas de alerta por internet que se asociaron al trabajo realizado por el empleado que se fue (25 horas) no se añadieron al puesto de la demandante "aunque se le exigiera realizar exactamente el mismo trabajo." En los resúmenes de la respuesta, el demandante afirma que el demandado confirmó que hasta hoy las horas de alerta en redes sociales se pagan a otro empleado, aunque al demandante se le dijo que estas horas fueron canceladas. [119] Según ella, el demandado no explicó su decisión de no concederle las horas de guardia asociadas a este puesto, cuando fue realizada por el empleado que se fue, ni explicó por qué las horas "se volvieron redundantes" cuando el puesto fue transferido a ella. [120] Esta negativa a dar una explicación, junto con el hecho de que las horas de guardia se consideraron un "aumento salarial"[121], constituye una violación del deber de buena fe.
En este contexto, la demandante reclama diferencias salariales por 25 horas de espera a las que tenía derecho desde el 1 de abril de 2014.
- El demandado alega que el demandante no tiene derecho a sitios web de alertas adicionales, redes sociales ni consultas públicas, y que el demandante "lanza" las reclamaciones al aire de una manera que indica falta de comprensión o falta de buena fe. En este sentido, la demandada señala que la demandante afirma que se le "impide" recibir formación en materiales peligrosos con el fin de recibir horas de alerta de materiales peligrosos, que tiene derecho a alertas aéreas adicionales y que también tiene derecho a la alerta de sitios web y redes sociales. Según la demandada, la demandante no demostró su elegibilidad para estas alertas y no presentó ninguna base legal para sus reclamaciones.
- Tras considerar los argumentos de las partes, aceptamos la postura de la demandada de que la demandante no ha podido demostrar su derecho a recibir alertas de sitios de internet, redes sociales y consultas públicas. La impresión es que la demandante afirma tener derecho a un pago de reserva "de todo lo que se pueda alcanzar", en un intento de "pescar" una reserva que se adapte al propósito de aumentar su salario. Como señaló el demandante en la reunión de gestión del 26 de septiembre de 2017: "...Algunos empleados reciben más que yo. No pedí ser gerente, sino más salario, y me da igual cómo se llame, espera o incremento."[122] (énfasis añadido: R.G.). No está claro cómo la demandante cree que su papel debería/podría haber incluido, de hecho, 80 horas de alerta aérea, 80 horas de alerta aérea, 25 horas de alerta en sitios web y redes sociales, y más tarde, como veremos, también 40 horas de alerta informática.
- En las circunstancias del caso, aceptamos la postura de la demandada de que el argumento de la demandante de que la demandada no proporcionó una explicación de por qué las horas de guardia "se volvieron redundantes" cuando el puesto se le transfirió no debería ser aceptado, ya que en el momento en que la demandante comenzó a desempeñar el trabajo de la Sra. Mark en el 50% de las ocasiones, la demandante ya había recibido 40 horas de alerta aérea. En este sentido, la Directora General aclaró en el párrafo 90 de la declaración jurada de su testimonio principal, y esta afirmación no fue contradicha, que si la anterior empleada, la señora Mark, hubiera recibido algún tipo de alerta mensual, no se le habrían permitido horas adicionales de alerta para el sujeto de los medios. En este sentido, cabe señalar que, mientras que la demandante recibió 40 horas de guardia a tiempo parcial, la Sra. Mark recibió 25 horas de guardia a tiempo completo. Añadiremos, como ya se ha dicho anteriormente, que cuando el alcance del puesto de la demandante se amplió al 100% del puesto, se dejó claro a la demandante que durante el periodo de su empleo a tiempo completo, los términos de la remuneración serían acordes a su rango en el ámbito de un puesto a tiempo completo, y las horas de guardia serían de 40 horas de alerta aérea al mes. La demandante sabía muy bien que no se le pagaría horas de espera más allá de las 40 horas de alerta aérea a las que tenía derecho en virtud de su posición previa al aumento del ámbito del trabajo.
- Además, aunque la demandante desea atribuirle las horas completas de espera a las que tenía derecho la empleada Sra. Mark, y a pesar de que la demandante afirma en sus resúmenes que realizó "exactamente el mismo trabajo"[123], de acuerdo con la declaración de la Sra. Rosen, no se aceptó la responsabilidad de desempeñar el papel completo de la Sra. Sharon Mark. En este sentido, el Dr. Rosen testificó: "El demandante recibió algunas de las tareas asignadas a la Sra. Mark y, en consecuencia, el alcance de la posición del demandante aumentó... De un 50%... a un ritmo del 100%." [124] Además, la propia demandante confirmó en su contrainterrogatorio que no desempeñó todas las funciones de la Sra. Mark, sino más bien "la mayoría de sus deberes, no dije todo." [125] El Dr. Rosen también aclaró que la demandante había realizado tareas adicionales que anteriormente eran responsabilidad de la Sra. Mark, pero añadió que "con el tiempo" el papel de la demandante como coordinadora informática se fue reduciendo gradualmente debido a la entrada de proveedores de servicios en el campo de la informática, y que la demandante tenía libertad de acción para dividir el trabajo según las necesidades. [126] En las circunstancias del caso, la reclamación de la demandante de que tenía derecho a todas las horas de alerta a las que tenía derecho la Sra. Mark debería ser rechazada. Cabe destacar que la reclamación del demandante respecto al derecho a una alerta en la página web y en redes sociales se basa en la afirmación de que el anterior empleado recibió 25 horas de espera mientras desempeñaba este puesto, y no en la necesidad de realizar dicha alerta en el trabajo.
- Cabe añadir que el Dr. Rosen también testificó sobre las "significativas brechas en capacidades, destrezas y satisfacción" entre el trabajo de la Sra. Mark y el de la demandante. [127] El Dr. Rosen explicó que la Sra. Mark creó la página web y la actualizó de forma proactiva, a diferencia de que la demandante solo la actualizara cuando se le solicitaba. [128] LA DRA. ROSEN AÑADIÓ QUE, AUNQUE LA DEMANDANTE REALIZÓ UN CURSO DE FORMACIÓN EN EL CURSO "WORD PRESS" A UN COSTE DE 3.440 ILS A EXPENSAS DE LA ASOCIACIÓN PARA DESARROLLAR INDEPENDENCIA EN EL CAMPO, NO LO HIZO. [129] Estos argumentos tampoco fueron contradichos.
- El demandado comparó la actividad del demandante en redes sociales con la del Departamento de Educación, señalando que el Departamento de Educación publicó unas doscientas "publicaciones" originales en 2020 y abrió una cuenta de Instagram con unas cincuenta "publicaciones" y "historias". Esto contrasta con solo seis "publicaciones" publicadas por el demandante, que tampoco eran originales, según el demandado. En la práctica, la cuestión de la publicidad en redes sociales se concentra en el Departamento de Educación y la llevan a cabo el empleado del departamento y el portavoz del sindicato.
- En cuanto a la reclamación de la demandante respecto al trabajo realizado desde casa, no hay disputa de que la demandante recibió una compensación por cada hora adicional de trabajo reportada por actualizar la página web. El Dr. Rosen aclaró que el demandante no estaba obligado a estar alerta ni disponible las 24 horas del día para este puesto.
- En cuanto a la vigilancia de las consultas públicas, la demandada aclaró que la empleada que ejerció como coordinadora de las consultas públicas recibió una compensación por las 25 horas de alerta que debía atender las consultas. En cambio, la demandante no estaba obligada a gestionar las consultas en absoluto, sino solo a transferirlas al cuidado de ese empleado, por lo que no había justificación para una compensación adicional más allá de las horas extra que realmente recibió. Incluso para este puesto, el demandante no estaba obligado a estar alerta ni disponible las 24 horas del día, los 7 días de la semana.
- En el contexto de lo anterior, se desestima la reclamación de pago de sitios web y de reserva en redes sociales.
Alerta informática
- La demandante afirma que es gestora de sistemas de información y es responsable de todos los sistemas informáticos de la asociación, un puesto que incluye la gestión de servidores, redes de comunicación y equipos informáticos. Según ella, comenzó trabajando como coordinadora informática en un solo servidor, pero con el desarrollo de la tecnología, aumentó el número de ordenadores, servidores y periféricos bajo su responsabilidad. Es el único que cumple esta función y ofrece una solución para todos los ordenadores de la Asociación, incluidos móviles, líneas fijas y teléfonos móviles, así como para el centro de control del sistema de monitorización, en cualquier momento de fallo y a cualquier hora del día, incluidos los festivos. [130] Así, por ejemplo, se le exigió acudir a la asociación en Yom Kipur antes de que se presentara la declaración jurada en su nombre para resolver el fallo. El demandante alega que en el contrainterrogatorio se demostró que el demandante debía estar a disposición del demandado más allá del horario laboral y en momentos excepcionales debido a fallos informáticos, incluyendo fallos generales, problemas en el funcionamiento de los ordenadores y fallos en servidores. [131] La carga sobre ella requería que estuviera disponible a todas horas del día, incluso desde casa y en espera, para atender fallos informáticos, por lo que era necesario aumentar las horas de espera. En este contexto, la demandante solicita el pago de 40 horas de espera informática al mes a fecha del 31 de octubre de 2010, en comparación con su reclamación para el personal informático del municipio de Ashdod, que recibe entre 40 y 90 horas de espera. [132] La demandante demostró que realizaba mantenimiento informático, para lo cual es habitual recibir 40 horas de alerta en el municipio de Ashdod, que es la autoridad local de la que confía la asociación [ 133]
- El demandado alega que el demandante no tiene derecho a un pago adicional por el sistema de espera informático. Según él, las horas de alerta aérea que recibe el demandante ya están destinadas al componente informático de las estaciones de monitorización e informatización de la Asociación. La demandada alega que la demandante no realiza alertas ni muestra una responsabilidad mínima, no abre correos electrónicos desde casa ni siquiera durante ausencias prolongadas, y que sus únicos mensajes desde casa se refieren únicamente a ausencias. La mayoría de los empleados recurren al Sr. Lahav o al técnico externo en caso de fallo, y no al demandante, debido a su indisponibilidad y desagradable. El demandado rechaza la comparación del demandante con el Ayuntamiento de Ashdod y argumenta que, debido a diferencias sustanciales de tamaño entre las entidades, la comparación es irrelevante.
- En el marco de su contrainterrogatorio, la demandante no sabía cómo referirse a una fuente normativa o acuerdos que fundamentan su supuesto derecho a alertas informáticas, ni sabía cómo especificar un número fijo de horas al que tenía derecho para esta alerta. Cuando se le preguntó al demandante: "Sabes que el standby no es un componente que parezca que deba entregarse al empleado, ¿lo sabes? ¿O crees que esa alerta es algo que debe darse a un empleado?" A la pregunta del abogado del acusado, "¿Por qué virtud? ¿Por qué?El demandante respondió: "En virtud de que hoy en día sin un ordenador, la gente no puede trabajar." Además, cuando le preguntaron: "¿Y cuánto, cuánto, cuántas alertas se le dan a un gerente así? ¿Arreglado en algún sitio? ¿Dice que un gestor informático tendrá 20 horas de standby?El demandante respondió: "No, lo que se llama, lo que es costumbre, lo hay"[136], confirmando así que no existe una disposición fija respecto al número de horas. Este testimonio refuerza la posición de la demandada respecto a la falta de fundamento para su afirmación de derecho a un ordenador de reserva independiente.
- El Dr. Rosen afirmó que el papel del demandante como coordinador informático se centra principalmente en operar un sistema de subcontratistas que resuelven problemas físicos en el lugar o a distancia, y que este puesto es significativamente menos activo que el de un coordinador informático en una asociación paralela de ciudades. [137] Además, el Dr. Rosen testificó que el puesto de coordinador informático en la asociación es "un vestigio fijo del pasado", ya que hoy el mantenimiento de ordenadores en organismos del tamaño de los sindicatos municipales se realiza mediante externalización. [138] La Dra. Rosen señaló además que la demandante no realiza alertas ni muestra una responsabilidad mínima, no abre correos electrónicos desde casa ni siquiera durante ausencias prolongadas, y que sus únicos mensajes desde casa se refieren únicamente a ausencias. [139] El Dr. Rosen también testificó que la mayoría de los empleados, incluida la propia Dra. Rosen, preferían acudir al Sr. Lahav o al técnico externo en caso de fallo, en lugar de al demandante. El testimonio del Dr. Rosen sobre estos asuntos está respaldado por las acusaciones ya presentadas contra el demandante en la reunión de gestión del 26 de septiembre de 2017. La respuesta del demandante fue: "Hay un banco de horas y Binat está aprovechándose de ese grupo de horas." La demandante no negó la afirmación de que los empleados del sindicato preferían no contactarla.
- También aceptamos que la comparación realizada por el demandante entre el sindicato y el municipio de Ashdod es irrelevante, ya que el sindicato es un organismo pequeño, en el que en los momentos relevantes de la demanda trabajaban 14 empleados, frente a la cifra presentada por el demandado, que no está oculta, de más de 3.000 empleados en el municipio de Ashdod. Este asunto incluso salió a la luz ante la dirección de la Asociación en una reunión el 26 de septiembre de 2017. Cuando el demandante se giró y preguntó: "Quiero que consultes con el ayuntamiento de Ashdod qué está ocurriendo allí. Vamos conforme a las normativas del municipio de Ashdod", respondió el señor Kobi, miembro de la junta: "Les sugiero que no intenten acercarse al municipio de Ashdod. Estás aquí en el cielo. Ni siquiera intentes comparar tus condiciones con las de los empleados del Ayuntamiento de Ashdod..." En ese momento, el demandante preguntó: "¿Por qué me llaman cuando estoy enfermo?Y el señor Kobi respondió: "Aquí, en el municipio de Ashdod, la gente de la unidad medioambiental sale por la noche sin horas de alerta." Más tarde, el director general explicó las diferencias entre trabajar en el sindicato y trabajar en el municipio de Ashdod:
"...¿Cuándo viniste físicamente a arreglar un fallo en un ordenador? Recibes horas extra por los correos que envías en casa y yo no te visito. Te apruebo todas las horas extra que hagas sin comprobar si están justificadas. La asociación adopta los procedimientos adecuados del Ayuntamiento de Ashdod para no reinventar la rueda. La asociación no "copia y pega" todo lo que se hace en Ashdod. Somos un organismo pequeño con otras necesidades, y no comparo el sistema de informatización del sindicato con el de una gran ciudad. Tampoco sé quién recibe alertas por ordenador en los municipios, cuál es el salario ni la compensación. En cualquier caso, hoy en día la alerta no es una herramienta para mejorar los salarios. La alerta debe llevarse a cabo en la práctica"[142] (énfasis añadido - R.G.).