Casos legales

Liquidaciones (Tel Aviv) 2477-08-24 Yerachmiel (Yerah) Baruch contra Herbert Ezra HaSofer Ltd. - parte 13

June 29, 2025
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En otras palabras, la empresa está autorizada a empeñar sus activos, siempre que esto no contradiga los estatutos constitutivos vinculantes, y en particular los estatutos de la sociedad.  La forma en que se gravan los activos de una empresa se realiza mediante bonos según lo definido en la sección 1 de la Ordenanza de Sociedades, ya sea en serie o en unidades.  La autoridad para emitir series de bonos recae en el consejo de administración de la empresa, mientras que la decisión de emitir bonos únicos suele estar bajo la autoridad del CEO de la empresa (artículo 289 de la Ley de Sociedades).

  1. Los gravámenes sobre los activos de una empresa requieren registro para que sean válidos frente al fiduciario y los acreedores de la empresa (sección 178(a) de la Ordenanza de Sociedades).  Incluso si el gravamen resulta nulo, esto no perjudicará la obligación de devolver los fondos garantizados en el gravamen (sección 178(c) de la Ordenanza de Sociedades).  Una vez registrado el gravamen, el Registrador de Sociedades emite un certificado de registro de un gravamen o hipoteca, y el certificado será prueba concluyente de que se han cumplido todos los requisitos relativos al registro (sección 185(a) de la Ordenanza de Sociedades).  Sin embargo, la prueba concluyente mencionada solo se refiere al cumplimiento de los requisitos relativos al registro en el registro, y no se refiere al contenido ni a la validez del gravamen en sí (Civil Appeal 261/88 United Mizrahi Bank v. Rozovsky, IsrSC 48(2) 102, 137-138 (1994)).
  2. Cuando la obligación no se cumple a tiempo, el acreedor tiene derecho a realizar la prenda (artículo 16 de la Ley de Prenda).  Como se ha dicho, en nuestro caso, según los términos del bono, las fechas para el reembolso de la deuda (18 y 30 de junio de 2023) ya pasaron hace tiempo.  La ejecución de un gravamen permanente registrado sobre los activos de la empresa (en lugar de un gravamen flotante) normalmente se realizará a través de la Oficina de Ejecución (sección 17(2) de la Ley de Prenda), pero dada la expectativa de posible complejidad en el proceso de realización, el titular del gravamen tiene la opción de presentar la solicitud de realización en el Tribunal de Distrito, como se hizo en nuestro caso (véase mi decisión en este procedimiento del 10 de diciembre de 2024).
  3. En el presente caso, Herbert sostiene que el gravamen objeto de la solicitud fue realizado de forma ilegal y es inválido.  El argumento de Herbert se basa en dos canales principales, uno desde el punto de vista de Herbert (la sociedad empeñada) y otro desde el punto de vista de Souda (la sociedad cuyas acciones fueron empeñadas), en relación con la transacción de prenda, es decir, la firma del bono y su presentación al Registro de Sociedades y la creación del gravamen.  Los argumentos deben ser desestimados, por las razones que se detallarán a continuación.
  4. En vista de la transacción de gravamen desde el punto de vista de Herbert, se argumentó que la transacción en la que se creó el gravamen se realizó en contravención de las disposiciones del Capítulo V de la Parte VI de  la Ley de Sociedades, porque no se recibieron las aprobaciones necesarias para la ejecución de una transacción inusual en la que Segal tenga un interés personal.
  5. El capítulo que trata de la aprobación de transacciones con partes interesadas es uno de los arreglos más importantes del Derecho de Sociedades, y se basa en dos principios principales: el primer principio somete la validez de la transacción a la aprobación de un órgano independiente, que no se ve afectado por el conflicto de intereses de la parte interesada; el segundo principio establece diferentes niveles de ciertos requisitos procesales que varían según el tipo de transacción en la agenda y la intensidad de la preocupación por el conflicto de intereses en el que se encuentre la parte interesada (Zohar Goshen y Assaf Eckstein Derecho Societario 347 (2023)) ("Goshen & Eckstein").
  6. En nuestro caso, Herbert se refirió a los artículos 270(1) y 272(a)-(b) de la Ley de Sociedades, cuyas partes relevantes establecen lo siguiente:

"270.  Las transacciones de una empresa que se enumeran a continuación requieren aprobaciones según lo establecido en este capítulo, siempre que la transacción sea en beneficio de la empresa:

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