Así, el "papel" de la Norma 21.1, en el contexto mencionado, se limita a presentar el resultado obtenido, en relación con la rentabilidad esperada del promotor, dado un determinado plan que examina el tasador, en relación con cada una de las alternativas de compensación para los propietarios de apartamentos. La norma ayuda a las autoridades de planificación a examinar si, dentro del marco del plan particular en consideración, se ha aprobado la adición de áreas de construcción de alcance demasiado bajo o demasiado alto, dado el supuesto interés de fomentar planes de evacuación-reconstrucción que, por un lado, sean económicamente viables y, por otro, la adición de áreas en ellos será mínima."
- La sección 5.14 del Capítulo A de la norma 21.1 especifica los componentes del examen de tasación requeridos para examinar la viabilidad económica. Entre otras cosas, es necesario examinar la situación actual, la estimación de los ingresos (una estimación del valor de los nuevos apartamentos y otros usos destinados a la comercialización por parte del promotor sin IVA), los costes, así como el beneficio empresarial del emprendedor del proyecto.
- El beneficio empresarial se define en la Sección 5.14.12 del Capítulo A del Estándar:
"El beneficio empresarial es la parte obtenida al dividir los ingresos totales de la empresa por los gastos totales para su realización. El beneficio emprendedor expresa el retorno adecuado que el emprendedor merece por el riesgo que asume sobre sí mismo, por la pérdida del retorno alternativo de su capital y por su beneficio personal.
El tasador, que realice el cálculo conforme a esta norma, calculará y presentará, al concluir su opinión, el beneficio empresarial derivado de la planificación propuesta, teniendo en cuenta todos los gastos e ingresos derivados de la empresa, según se detalle en la norma."
- El Capítulo A de la Enmienda de la Directriz establece que es necesario examinar si el beneficio empresarial constituye un incentivo adecuado para la realización de un plan Pinui-Binui, cuando, para formular una opinión sobre un beneficio empresarial adecuado, el tasador tendrá en cuenta el beneficio empresarial aceptado en ese momento y en ese ámbito, de acuerdo con el documento "El beneficio mínimo emprendedor en los planes Pinui-Binui" publicado por el tasador gubernamental y actualizado periódicamente:
"Dado el beneficio derivado de la planificación propuesta como se indica en el apartado 12 anterior, es necesario examinar si el beneficio obtenido constituye un incentivo adecuado para la realización del plan particular, que el tasador presentará en su opinión. Para ello, hay que tener en cuenta que el beneficio emprendedor, que constituye un incentivo adecuado, varía de una empresa a otra y está influenciado por muchos factores. Por ello, un proyecto de evacuación-reconstrucción suele llevarse a cabo a gran escala, lleva mucho tiempo y tiene componentes de riesgo que no son típicos de otros proyectos. Por lo tanto, la tasa de beneficio empresarial en estos proyectos debe ser superior a la de la construcción en terrenos vacíos, en el mismo lugar y al mismo tiempo, y teniendo en cuenta que la fecha de cálculo, según este estándar, es la víspera del depósito, mientras que el beneficio empresarial habitual es después de la aprobación del plan.